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PASO: infectados no deben ir a votar, pero serán multados si no justifican la inasistencia

Tendrán un plazo de 70 días para poder justificar la no emisión del voto. Así lo decidió el Gobierno nacional, después del pedido enfático para que los positivos se queden en sus casas, las autoridades buscan evitar faltas injustificadas a las urnas. Cuáles son las recomendaciones.
Sabado, 04 de septiembre de 2021 09:27

La titular de la Dirección Nacional Electoral, Diana Quiodo, informó que los ciudadanos que no concurran a votar en las PASO del 12 de septiembre por estar contagiados de coronavirus, ser contactos estrechos o sospechosos de la enfermedad, deberán justificar la inasistencia por vías remotas dentro de los 70 días posteriores al comicio.

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La titular de la Dirección Nacional Electoral, Diana Quiodo, informó que los ciudadanos que no concurran a votar en las PASO del 12 de septiembre por estar contagiados de coronavirus, ser contactos estrechos o sospechosos de la enfermedad, deberán justificar la inasistencia por vías remotas dentro de los 70 días posteriores al comicio.

“La recomendación general es que no concurran a votar todas las personas que tengan caso confirmado de Covid-19, sean contactos estrecho o sospechosos o estén en cuarentena”, explicó Quiodo en declaraciones a radio Continental.

La funcionaria, que depende del Ministerio del Interior -cartera encargada de la organización de las elecciones, dijo que esos ciudadanos “están exceptuados” de votar en esas condiciones de salud y apuntó que el Código Electoral prevé la ausencia de las “personas enfermas”.

La funcionaria detalló que hay un plazo “dentro de los 70 días para poder justificar la no emisión del voto” y puntualizó que se puede hacer “de una manera ágil por internet en la página infractores.padron.gob.ar para poder cagar el certificado correspondiente”.

De esa forma, el elector quedará “eximido del pago de la multa y de las sanciones” que establecen las leyes electorales para las personas que no concurran a votar.

Quiodo recordó que, días atrás, la Cámara Nacional, en acuerdo con su cartera, aprobó el “protocolo general de la votación” en medio de la pandemia por coronavirus, que aconsejaba no ir a votar a los ciudadanos con coronavirus.

Al respecto, la funcionaria sostuvo que “no se previó un mecanismo específico” para los que igualmente quisiesen votar “sino que otorgó a cada juez de primera instancia poder definir” la forma “para voto Covid”.

La Dirección Nacional Electoral dispuso también una “franja prioritaria” en el horario de votación para las personas mayores, será de 10.30 a 12.30, aunque también informó que podrán hacerlo cuando ellos deseen, y  que sólo se trata de una recomendación.  

Quiodo aclaró que esa medida rige en la Ciudad para los “mayores de 70 años y en la provincia de Buenos Aires para los mayores de 60 y también para los grupos de riesgo durante toda la jornada”.

Por último, la titular de la Dirección Nacional Electoral aseveró que “no es obligatorio un (análisis) PCR para ser autoridad de mesa” y que, en el caso de la Ciudad de Buenos Aires, la jueza electoral hizo la “recomendación de presentación de hisopado”.

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