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26 de Abril,  Salta, Centro, Argentina
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Robos de caños del GNEA: confirmaron la prisión para el exintendente de Aguaray Enrique Prado 

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena de 6 años y 6 meses de prisión efectiva para el exjefe comunal  y para los  empresarios Diego Andrés Alos (6 años y 3 años) y Adrián Antonio Vera  (3 años 8 meses de prisión), por el delito de robo agravado en despoblado y en banda. La Cámara también revocó las absoluciones.
Jueves, 07 de julio de 2022 20:06

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó las condenas de más de 6 años de prisión dictadas por el tribunal oral de Salta conforme el nuevo Código Procesal Penal Federal en el marco de la causa conocida como “Gasoducto NEA”. Entre los condenados se encuentra quien fuera el intendente de la localidad de Aguaray al momento de los hechos, Jorge Enrique Prado.

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La Cámara Federal de Casación Penal confirmó las condenas de más de 6 años de prisión dictadas por el tribunal oral de Salta conforme el nuevo Código Procesal Penal Federal en el marco de la causa conocida como “Gasoducto NEA”. Entre los condenados se encuentra quien fuera el intendente de la localidad de Aguaray al momento de los hechos, Jorge Enrique Prado.

La audiencia fue celebrada en la nueva Sala “Malvinas Argentinas” bajo los lineamientos que promueve el nuevo Código Procesal Penal Federal, oportunidad en que las defensas presentaron sus argumentos contra la sentencia del tribunal oral.

La Cámara Federal de Casación Penal integrada por los doctores Mariano Hernán Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo H. Hornos, confirmó las condenas impuestas por el Tribunal Oral de Juicio Nro. 2 de Salta al ex intendente de la localidad salteña de Aguaray, Jorge Enrique Prado a 6 años y 6 meses de prisión y a los empresarios Diego Andrés Alos y Adrián Antonio Vera a 6 años y 3 años y 8 meses de prisión, respectivamente, por el delito de robo agravado en despoblado y en banda.

En la misma oportunidad, los magistrados hicieron lugar al recurso del Ministerio Público Fiscal y condenaron a Andrés Ayala como autor del delito de robo agravado en despoblado y en banda y a Matías José Rossi como autor del delito de encubrimiento agravado por el ánimo de lucro por haber adquirido caños provenientes del GNEA.

Los camaristas tuvieron por acreditada la responsabilidad penal de los imputados en la sustracción de 228 caños del Gasoducto del Noreste Argentino conocido como GNEA -pertenecientes al Estado Nacional- durante el período que va de diciembre 2019 a abril de 2020. 

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