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Cinco perpetuas que marcan un precedente en casos de violencia

Thomsen, Ciro y Luciano Pertossi, Comelli y Benicelli, con la pena máxima. Cinalli, Viollaz y Lucas Pertossi, a 15 años. La apelación ante Casación es clave.
Martes, 07 de febrero de 2023 02:31

Cinco de los ocho jóvenes juzgados por el crimen de Fernando Báez Sosa, cometido el 18 de enero del 2020 a la salida de un boliche de la localidad balnearia de Villa Gesell, fueron condenados ayer a prisión perpetua como coautores del homicidio, mientras que los otros tres recibieron la pena de 15 años de prisión por haber sido considerados partícipes secundarios.

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Cinco de los ocho jóvenes juzgados por el crimen de Fernando Báez Sosa, cometido el 18 de enero del 2020 a la salida de un boliche de la localidad balnearia de Villa Gesell, fueron condenados ayer a prisión perpetua como coautores del homicidio, mientras que los otros tres recibieron la pena de 15 años de prisión por haber sido considerados partícipes secundarios.

La condena fue dada a conocer ayer al mediodía por el Tribunal Oral en lo Criminal 1 de la ciudad de Dolores, que entendió en un fallo unánime que Máximo Thomsen (23), Ciro Pertossi (22), Enzo Comelli (22), Matías Benicelli (23) y Luciano Pertossi (21) fueron coautores del delito de "homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado por dos o más personas y por alevosía en concurso ideal de lesiones leves", cuya única pena posible es la prisión perpetua. Los jueces entendieron además que Blas Cinalli (21), Ayrton Viollaz (23) y Lucas Pertossi (23) fueron "partícipes secundarios" del mismo delito y se les aplicó una pena de 15 años de prisión.

El abogado defensor de los acusados, Hugo Tomei, pidió antes de que diera a conocer el veredicto que sus ocho defendidos pudieron escuchar la sentencia de pie, lo que fue autorizado. Seis minutos después, se escuchó el dictado de la pena máxima para cinco de los acusados y las otras tres condenas para los partícipes secundarios.

Tras oír el veredicto condenatorio y el monto de la pena, Thomsen se descompensó, mientras su madre, Rosalía Zárate, pedía que fuera asistido, lo que obligó al tribunal a interrumpir la lectura durante cinco minutos. Los magistrados pidieron, además, que se investigue a Juan Pedro Guarino (21), imputado en el inicio de la causa y luego sobreseído, y a Tomás Colazo (19), menor de edad al momento del hecho, que no fue acusado pero fue señalado por los abogados de la familia de la víctima como "el sospechoso número 11".

Apenas finalizada la audiencia, los condenados fueron trasladados nuevamente a la Unidad Penal 6 de Dolores, y a través de un oficio, el tribunal solicitó que fueran alojados nuevamente en la Alcaidía 3 del penal bonaerense de Melchor Romero, en La Plata, donde cumplían prisión preventiva desde el 13 de marzo de 2020 hasta el inicio del juicio.

El fallo fue parcialmente en línea con lo solicitado en sus alegatos por los fiscales Juan Manuel Dávila y Gustavo García, y por Fernando Burlando y Fabián y Facundo Améndola, representantes de los padres de la víctima, Silvino Báez y Graciela Sosa.

Los acusadores habían pedido que los ocho rugbiers fueran condenados a perpetua como coautores, pero el tribunal dejó fuera de la pena máxima a tres de ellos.

El defensor de los acusados había solicitado que todos los jóvenes debían ser absueltos por la "incongruencia" entre la acusación original y la planteada por la fiscalía al momento de pedir la pena. Pidió además, que en caso de ser condenados por el tribunal, el hecho sea encuadrado como un "homicidio en riña", que prevé una pena máxima de seis años de prisión. Tomei planteó que se consideren las figuras de "homicidio simple con dolo eventual" -con una pena en expectativa de 8 a 25 años- o de "homicidio preterintencional" -de 3 a 6-.

Tras la sentencia, el defensor no habló, aunque confirmó que apelará la sentencia ante la Casación provincial. La decisión de este tribunal será clave a futuro.

 

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