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La dolarización es una quimera anticonstitucional

Jueves, 27 de abril de 2023 02:50

No decimos ninguna novedad si expresamos que la inflación destruye el valor de la moneda, y con ella la propiedad, los frutos del ahorro y el trabajo, todo en su sustancia constitucional.

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No decimos ninguna novedad si expresamos que la inflación destruye el valor de la moneda, y con ella la propiedad, los frutos del ahorro y el trabajo, todo en su sustancia constitucional.

Tampoco que la Constitución protege contra la confiscación inflacionaria y existe frondosa jurisprudencia de nuestra Corte, que no cabe analizar aquí, que fija las pautas contra la confiscación y que sin establecer una doctrina de política económica determinada en la Constitución, permite aseverar que cuando esta ha establecido que es atribución del Congreso fijar y preservar el valor de la moneda (hacer sellar moneda, fijar su valor y el de las extranjeras), en verdad está fijando un límite a la relación entre las políticas económicas de cualquier Gobierno y la propiedad privada, que el primero no debe trasvasar.

Pero el tema sobre el que quiero reflexionar es si en verdad la dolarización, que parece estar tan en boga como propuesta de un eventual futuro gobierno para terminar con el mal de la inflación, no implica en verdad un fenómeno a la vez de-constituyente (haría desaparecer el Banco Central y la institución moneda de la Constitución, junto al deber de preservarla, sin reforma constitucional). Por lo pronto, moviliza previamente un proceso ultrainflacionario (en esto hago ya un poco de suposición de sentido común, más experiencias históricas que refrendan la intuición) y, en consecuencia, destructor de la propiedad, por una decisión de un Gobierno que ante un mal endémico, directamente amputa un miembro vital del paciente (la moneda es constitutiva del Estado), para empezar de cero, por preferir esto a las medicinas que en el mundo funcionan y sobre las que hay que insistir una y otra vez, porque son preferibles a la muerte del paciente.

El plan Ocampo Cachanosky

He seguido con atención la propuesta de un candidato presidencial que parece apoyarse en el plan diseñado por los economistas Emilio Ocampo y Nicolás Cachanosky.

No voy a opinar desde la ciencia económica. Incluso entre calificados especialistas hay abismales diferencias sobre el efecto en el cuerpo social y económico de tamaña decisión, de dolarizar nuestra economía.

Me voy a referir simplemente al probable descalabro que, sin hesitación, ocurriría en con un plan que imponga la privación del derecho de propiedad de millones de argentinos, por vía de amputar la moneda nacional de las relaciones económicas y, en lo que más me preocupa, de la Constitución, sin reformarla.

Veamos: el plan consistiría en reemplazar la moneda nacional por dólares para todas las transacciones civiles y comerciales (aproximadamente 4 billones de pesos más los denominados pasivos remunerados, básicamente), todo lo cual da un tipo de cambio altísimo de conversión, muy alejado del oficial o del blue actual, que arrojaría a millones de personas a la desesperación y la pobreza, por una eventual corrida contra ese peso en desaparición. Los arquitectos del plan no aseguran que no sucedería; solo lo ponen en una condición suspensiva, estabilización condicionada, a una baja del riesgo país y a la conversión pacífica de todo el pasivo del Banco Central al tipo de cambio denominado contado con liquidación.

Dólar a $2.000

Y, además -afirman-, la dolarización solo debe hacerse a un tipo de cambio que refleje la libre interacción de la oferta y demanda, es decir, sin cepo, lo que permite con facilidad prever que, si este se levanta, la corrida cambiaria sería no masiva sino total, hacia cualquier forma o instrumento de dolarización (o cualquier moneda extranjera fuerte), lo que además importaría una devaluación de escala nunca vista. El repudio al peso sería total y absoluto, lo cual lleva a los límites del plan, que según sus autores no podría hacerse a un tipo de cambio que supere hoy los $2.000.

Concomitantemente, la corrida bancaria es de manual, con toda la gente desesperada sacando sus ahorros en pesos de los bancos para comprar el dólar a cualquier precio, como siempre ocurre en Argentina.

Capítulo aparte merece el problema de la deuda soberana. Afirma el economista en base al cual se está realizando una propuesta que la dolarización "no solo no implica ni un dólar de aumento de la deuda pública sino que implicaría la reducción de deuda pública más grande de la historia sin un default". Algo que es excesivamente dudoso.

El denominado "riesgo país", vital para la confianza de los mercados, fácil es de prever que no caería en picada, sino todo lo contrario: crecería exponencialmente, por más que se proponga que toda la deuda sería reestructurada y monetizada en la moneda extranjera.

Nadie computa un componente importante del denominado riesgo país, relativo al riesgo institucional, relativo al maremágnum de juicios y las intervenciones del Congreso, que claramente no sancionaría ninguna de estas iniciativas sin caos social y protestas en las calles, para regular pacíficamente el arduo tema del descalabro sobre contratos y propiedades de los argentinos y extranjeros, que rápidamente sobrevendría.

La doble irrazonabilidad

La dolarización como propuesta de un plan de política económica de un gobierno constituye entonces -como se observa a simple vista- una irrazonabilidad económica solo pergeñada para conjurar un mal que en sus ribetes parece específicamente argentino (aquí, por ejemplo, con emisión cero del BCRA, la aguja de la inflación ni siquiera se movió a la baja) y existiendo la cláusula que otorga al Congreso la atribución de establecer un Banco Federal para emitir moneda, fijar su valor en relación a las extranjeras -que no es otro que el de tener una herramienta de intervención económica, para situaciones como la pandemia- y el deber de preservar y coordinarla con objetivos de desarrollo económico (art. 75 inciso 19), constituye entonces una irrazonabilidad constitucional que la priva de toda validez.

La fórmula constitucional "Banco Federal con facultad de emitir moneda + Facultad de sellar la moneda y fijar su valor + defender el valor de la moneda" (Andrés Gil Domínguez, 2022) arroja como resultado la obligación constitucional de tener una moneda propia, que sin reforma constitucional no puede imponerse ni por Congreso ni por decreto ni por consulta popular vinculante o no. Coincido finalmente con Gil Domínguez, que afirma que la dolarización de la economía implicaría transferir las facultades que el artículo 75 de la Constitución argentina otorga al Congreso argentino, a la voluntad del Capitolio y al sistema de la Reserva Federal de los Estados Unidos de América.

Existe entonces una clara imposibilidad constitucional de imponer como circulante obligatorio una moneda que no emite el Estado nacional, que no cuenta con el respaldo de las reservas de riqueza locales y que implicaría la pérdida de soberanía económica, pues se transfiere a un Estado extranjero una herramienta vital para influir en los mercados y en la economía. Algo hoy por hoy vedado por la Constitución.

 

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