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La huelga general

Sabado, 17 de noviembre de 2012 23:56
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Heqaiunu, encarnación terrenal del dios Horus, hijo de Hathor-Isis, y dios halcón de Hieracómpolis, fue como todos sabemos- el faraón Ramsés III, (Rammy para los amigos). Fue el último de los grandes faraones, que rigió los destinos de Egipto desde 1184 a 1153 a. C.

Como su abuelo, (Ramsés II), tuvo un ímpetu constructor que lo llevó a levantar edificios en cada rincón de su vasto imperio. Todo era un derroche de: “quiero cinco pirámides por allá”, “dos mastabas por acá”, “tres esfinges cerca del Nilo”; hasta que se cortó la soja; perdón la soga que ataba la economía egipcia al viento de cola proveniente de la masiva llegada de tributos procedentes de las provincias asiáticas y nubias. Como en todos los sufridos gobiernos de la historia, abundan los ingratos y esos “muertos de hambre” (literalmente) de los obreros fueron a poner a Rammy en la historia por ser el receptor de los reclamos de las tres primeras huelgas documentadas de la historia de la humanidad. La crónica de esos sucesos fue recogida en un papiro que está en el Museo Egipcio de Turín, por el cual sabemos que trabajadores cualificados, nada menos que de la tumba del faraón, en el famoso Valle de los Reyes, llevaban más de veinte días sin recibir el sustento. Cuatro meses después, el conflicto se reavivó. La entrega de alimentos se había demorado de nuevo, esta vez dieciocho días, y los obreros se vieron obligados a reclamar lo que era suyo, pero recibieron partidas insuficientes. Por esta razón interrumpieron el trabajo y se dirigieron al templo de Thutmose III en Medinet Habu, donde presentaron sus quejas, exigiendo que el propio rey fuera informado y proclamando: “Tenemos hambre, han pasado dieciocho días de este mes... hemos venido aquí empujados por el hambre y por la sed; no tenemos vestidos, ni aceite, ni pescado, ni legumbres”.

Recordemos que el salario, en esa época, estaba compuesto fundamentalmente por raciones alimenticias.

Pero ¿Que ocurrió para que se desencadenaran estos acontecimientos y los obreros dejaran de trabajar? Según el egiptólogo alemán Arne Eggebrecht: “La corrupción y la mala administración de los recursos debilitaban la economía del país, ya afectada por el gasto en las monumentales tumbas en el Valle de los Reyes que absorbían buena parte del potencial de trabajo de la población. El excesivo y consecuente crecimiento de la burocracia estatal así como de una demanda de bienes de consumo que no podía ser satisfecha, llevaba la situación hasta el límite. Al empezar la inflación en los últimos años de Ramsés III, el sistema de trabajo se desarticuló como consecuencia de los retrasos del gobierno en pagar a los obreros”.

“Corrupción, mala administración, gasto excesivo, burocracia creciente, consumismo, inflación…”; felizmente, son problemas lejanos en el espacio y en el tiempo, para esta dichosa Argentina de hoy. Sin embargo, dos mil años después de aquellos sucesos, nuestra presidente, Cristina Vda. de Kirchner, se identifica con las faraónicas construcciones, expresando: “Amo construir, debo ser la reencarnación de un gran arquitecto egipcio”. Por esas vueltas de la historia, también hoy le toca soportar las protestas de los ingratos, de quienes hasta -hace poco- eran sus aliados incondicionales.

Consecuencias jurídicas

Desde la restauración democrática se han realizado 35 paros generales. Durante el gobierno de Néstor Kirchner y en el primer mandato de Cristina, no se produjo ninguno. Recién este año Cristina Kirchner debió afrontar dos tibios paros generales, también convocados por Hugo Moyano. El paro anunciado para el próximo martes, cuenta con mayores auspiciantes (CTA Micheli, CGT Azul y Blanca, Corriente Clasista y Combativa, Federación Agraria, etc), pero se ignora cuál será la real repercusión ya que los gremios más grandes están alineados con el Gobierno.

El principal motivo de la huelga es la elevación del piso de Ganancias. También pedirán el 82% móvil para jubilados y universalizar la asignación por hijo.

El estar poco acostumbrados a los paros generales, también produce una modorra jurídica, que nos priva de su discusión en los foros especializados. Hay varios interrogantes que intentaremos dilucidar. Se habla de “lagunas del derecho” cuando el orden jurídico no contempla determinadas situaciones, creando un vacío legislativo. El fenómeno de la huelga presenta muchos de esos charcos, pero, cuando de huelga general hablamos, nos enfrentamos a un innavegable océano jurídico. Tan difícil ha sido receptar jurídicamente la huelga, que la centenaria Organización Internacional del Trabajo (OIT), aún no ha logrado que gremios, empresas y gobiernos se pongan de acuerdo para incluirla expresamente en algún Convenio o Recomendación. Hasta la Constitución justicialista de 1949, la excluyó expresamente del texto constitucional.

Un importante filósofo del derecho, del siglo pasado, Otto Kahn Freund, sostiene que “El Derecho es una fuerza de importancia secundaria en las relaciones humanas, y, especialmente en las relaciones laborales”. De por sí es muy difícil de integrar al pensamiento jurídico la admisión de una conducta (la huelga) destinada a causar daño (no existe huelga sin ese elemento), llegando inclusive a convertirla en un derecho de rango constitucional.

Pero el tema es aún más complicado, porque las dificultades señaladas se presentan ya en la huelga común; la que enfrenta a trabajadores con la empresa, por reclamos principalmente laborales. Pero se agudiza la cuestión cuando el paro no es contra las empresas, sino contra el Gobierno. Con las dificultades que hemos señalado, trataremos de acercar algunas precisiones:

¿El paro del 30N, puede ser considerado ilegal?

Las huelgas comunes tienen un procedimiento regulado por la ley de conciliación obligatoria (N§14786); la inobservancia de sus disposiciones puede acarrear una declaración de ilegalidad. Pero, pensamos que la huelga general que se dirige contra los poderes públicos, no está sometida a ese régimen. Directamente goza de la garantía constitucional del derecho de huelga. Pero para ello en nuestro criterio- debemos sumar un componente de éxito: la huelga debe alcanzar un razonable nivel de acatamiento

¿Podrá ser causal de despido adherir al paro general?

Decididamente, no. En general las huelgas no son causal de despido por sí mismas, si no en cuanto implican un abandono de trabajo. Para configurar ese abandono nuestra legislación exige una intimación previa (generalmente de 48 horas), resultando imposible cuando como en este caso- el paro es de 24 horas.

¿Podrá acarrear sanciones al trabajador huelguista?

Pensamos que no. En todo caso se trataría de una inasistencia, con aviso. Su justificación podrá ser discutida, pero es razonable que el trabajador pueda adherir a un paro en el que se reclaman por políticas que lo afectan.

¿Corresponde descontar los días de huelga?

En esto no hay dudas, el empleador podrá descontar el día no trabajado, a menos que no lo haga por solidaridad política o bien porque él mismo dispuso que no se trabajara, en una especie de “lock out”. Si cierra el establecimiento, los trabajadores podrán alegar que no pudieron acceder al mismo y tendrán derecho a percibir el salario respectivo.

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