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Un fallo que sienta precedente. La Cámara Civil decretó el divorcio vincular por culpa exclusiva del marido porque maltrató físicamente a su esposa, so pretexto de sus supuestas infidelidades.
La Sala M de la Cámara, con las firmas de los jueces Elisa Díaz de Vivar, Mabel de los Santos y Fernando Posse Saguier, sostuvo que el marido tuvo la “culpa exclusiva” en la ruptura, y le imputó “injurias graves y abandono voluntario y malicioso del hogar conyugal”. Los jueces entendieron que los golpes que el hombre aplicó a su esposa, que quedaron acreditados en una causa penal por violencia familiar, eran motivo suficiente para el divorcio por su exclusiva culpa, y desoyeron sus explicaciones sobre hechos “aislados” y disparados por las infidelidades de la mujer. “La aislada conducta responde a un hecho disparador de su actitud pues fue consecuencia del reproche de infidelidad, no descartado por la señora juez de primera instancia”, argumentó el marido.
Pero la Cámara replicó que “las injurias de un cónyuge no justifican los malos tratos del otro, por cuanto ambos soportan vulnerar postulados en los que se basa la convivencia matrimonial.
Así, la culpa de uno de los cónyuges no autoriza al otro a compensar la suya propia”.
Para los jueces, “la prueba testimonial producida, valorada conjuntamente con lo que resulta del expediente por violencia doméstica, da cuenta del temperamento agresivo (del marido) y la violencia explícita.