No todos los abogados están de acuerdo con la ley de femicidio. En noviembre del 2012 en el Congreso de la Nación se aprobó una norma que agrava la pena del homicidio de una mujer o persona trans cuando esté motivado por su condición de género. Figura que no fue incorporada como autónoma al Código Penal y es considerada un agravante. En Salta, la primera condena -prisión perpetua- con dicho agravante se dio en el marco del crimen que Héctor Ramón Ávila provocó contra Norma Argentina Ledesma en un barrio de El Bordo el 30 de diciembre del 2012, apenas unos días después de aprobada la ley.
En 2014 Salta fue la provincia con más femicidios en 2014 respecto al número de habitantes
El abogado salteño Daniel Luna expresó que no está en contra de la ley, sí en disidencia con algunos puntos que la hacen "injusta y anticonsitucional" (ver opinión). El letrado presentó un recurso de "inconstitucionalidad" al agravante de la pena considerada en el marco de un femicidio, en la causa del crimen de Gabriela Zurita en villa Lavalle. Luna es el defensor legal de Gustavo Herrera, el hombre que confesó haber matado con un bloque de cemento en la cabeza a la mujer.
Otro de los que planteó un recurso de inconstitucionalidad frente a la figura del femicidio fue el doctor René Gómez, quien asumió la defensa técnica de Ramón Ávila en la primera condena que hubo en Salta con el agravante de la
violencia de género. En medio del juicio el letrado planteo la inconstitucionalidad de la ley debido a que, entre otros fundamentos, va en contra del artículo 16 de la Constitución Nacional, donde señala que "todos somos iguales ante la ley".
#NiUnaMenosEl tres de junio pasado el país se movilizó para apoyar a las mujeres víctimas de maltrato. Una movida multitudinaria se generó a lo largo y ancho del país, una bandera nacional capaz de levantarse en un solo grito. Sin embargo, todo ese ruido generado en la sociedad también hizo que se trajera a colación una vieja frase del ahora exjuez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Raúl Eugenio Zaffaroni. "En Argentina nadie sale a la calle a matar a una mujer porque es mujer", había dicho el letrado en una entrevista con Tiempo Argentino, en 2012.
En aquel artículo los argumentos fueron: "El homicidio por odio se produce contra minorías. La característica que tiene es que no importa el individuo. Hay dos lesiones: una al muerto y otra, por el metamensaje, a toda la colectividad. Y acá en la Argentina nadie sale a la calle a matar una mujer porque es mujer. Es una locura, no existe".
"Es parte de los cambios sociales" (Por Pablo Cuéllar, abogado)
Parecería afectar el principio de igualdad ante la ley, porque coloca a la mujer como un ser con un valor superior al del hombre. Pero, creo, se ubica más que nada en un contexto sociocultural en el que la mujer es la parte vulnerable, lo que fundamenta el agravamiento de la pena por femicidio. Hay muchos casos en los que la ley penal agrava las sanciones considerando la situación de indefensión de la víctima. El femicidio es consecuencia de cambios que se vienen dando en sociedades tradicionales, donde los roles estaban más o menos definidos.
"Protege el bien más preciado: la vida" (Por Román Caxal, abogado)
"Está muy bien la ley porque protege la parte más vulnerable de una relación y protege el bien más preciado, que es la vida. Pero, además, va más allá porque hay casos donde un hombre mató al hijo de su ex por venganza, en esos casos también se aplica el agravante. En nada me parece que perjudica al hombre, por más severa que sea la condena nada asegura que este tipo de delitos o crímenes dejen de existir, como ocurre con la pena de muerte en algunos países. La tasa de crímenes no disminuye por eso.