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La Justicia ordenó a una obra social cubrir el cien por ciento de un tratamiento

Es para una joven que necesita prestaciones de psicopedagogía, psicología, fonoaudiología y kinesiología.
Lunes, 05 de junio de 2017 17:34
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La jueza de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Verónica Gómez Naar, hizo lugar parcialmente a un amparo y ordenó al Instituto Provincial de Salud de Salta que otorgue cobertura integral de las prestaciones de psicopedagogía, psicología, fonoaudiología y kinesiología en el centro “Anidar” a favor de una joven, quien es afiliada forzosa de la obra social.

Puntualizó la jueza que “no cabe duda alguna, de que la acción de amparo resulta la vía idónea para la efectiva protección del derecho constitucional a la vida y en particular para el acceso a la salud de las personas”.

Y consideró inapropiado privar a la amparista de la cobertura de las prestaciones requerida todavía más cuando ha evolucionado favorablemente en dicho centro permitiéndole avanzar en sus estudios. “La interrupción de un tratamiento que está brindando buenos resultados médicos y terapéuticos podría resultar nociva, generando un retroceso en la rehabilitación y evolución de la afiliada; lo cual en modo alguno puede ser admitido sino que se debe prevenir daños mayores a la salud y capacidades de la afiliada”, agregó.

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