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El juez de la Sala II del Tribunal de Juicio de Metán, Sebastián Fucho, llevó adelante distintos juicios en la sede del juzgado de Garantías de Joaquín V. González, ciudad cabecera del departamento Anta. En ese marco, Emanuel Ramón Ibáñez fue condenado a la pena de seis meses de prisión condicional por el delito de lesiones leves agravadas por la convivencia. Le impuso como reglas de conducta la prohibición absoluta de ejercer cualquier tipo de acto de violencia contra la denunciante y su grupo familiar. Todo ello, bajo apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la pena.
En el mismo fallo, Ibáñez fue absuelto de los delitos de amenazas, al aplicar en su beneficio el principio de la duda, “in dubio pro reo”, contemplado en la Constitución Provincial y el Código Penal. El hecho juzgado ocurrió el 17 de junio pasado, en El Quebrachal.
En tanto, a Luis Alfredo Montenegro lo condenó en juicio abreviado a la pena de dos años de prisión condicional, por considerarlo autor voluntario y responsable de los delitos de robo simple y encubrimiento en concurso real, por dos hechos ocurridos en Joaquín V. González en junio de 2017. Le impuso como regla de conducta la prohibición de cometer actos ilícitos, so pena de revertir la condicionalidad de la pena ante el incumplimiento injustificado de la medida.
Además, a Rafael Eduardo Castillo lo condenó a seis meses de prisión condicional por ser autor voluntario y responsable del delito de lesiones leves agravadas por el vínculo y la violencia de género. Castillo deberá cumplir con la prohibición absoluta de ejercer actos de violencia en contra de la víctima y la prohibición de contacto por cualquier medio con la denunciante, todo ello bajo apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la pena impuesta, en caso de incumplimiento injustificado. En el mismo fallo, el magistrado lo absolvió de culpa y cargo de los delitos de amenazas con arma de fuego y tenencia y portación de armas de fuego sin autorización, por el beneficio de la duda, “in dubio pro reo”.
Y en una audiencia de juicio abreviado fue condenado Joaquín Bernardo González por los delitos de hurto simple (dos hechos), hurto calificado, evasión y resistencia a la autoridad, a dos años de prisión condicional. Le impuso como reglas de conducta la prohibición absoluta de cometer nuevos delitos y de realizar disturbios en la vía pública, con la advertencia de revocar la condicionalidad de la pena en caso de que incumpla con alguna de las medidas. Los hechos juzgados ocurrieron en Joaquín V. González, en agosto pasado.
Por último, Víctor Daniel Dávila fue absuelto de los delitos de amenazas y daños en concurso real con desobediencia judicial, por hechos ocurridos en 2017 en Las Lajitas, departamento Anta. Aplicó en su beneficio el principio de la duda, “in dubio pro reo”, contemplado en la Constitución Provincial y el Código Penal.
Y, asimismo, Pedro Antonio Iturre fue absuelto de culpa y cargo del delito de “lesiones leves agravadas por el vínculo y la violencia de género”, por el beneficio del principio de la duda.