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El 4 de agosto de 2023, Mercedes Kvedaras (37) fue hallada sin vida en su vivienda del barrio privado El Tipal. Su esposo, el abogado José Eduardo “Jota” Figueroa (45), quedó inmediatamente bajo sospecha y fue imputado por homicidio doblemente calificado (por la relación de pareja preexistente y por mediar violencia de género). La autopsia reveló que Mercedes murió por asfixia mecánica, específicamente por ahorcamiento y sofocación, descartando cualquier versión de accidente. Además, presentaba más de 40 lesiones en el cuerpo, mientras que Figueroa solo tenía algunos arañazos en un brazo que habrían sido causados cuando la víctima intentó defenderse. Desde un primer momento, los investigadores calificaron el hecho como un femicidio brutal, en el marco de una historia de violencia de género: la propia Mercedes había manifestado a familiares tenerle miedo a su esposo y sufrir escenas de celos y acoso constantes.
La Fiscalía Penal de la Unidad de Femicidios, a cargo de la fiscala Mónica Poma, inició la investigación del caso. Poma imputó formalmente a Figueroa pocos días después del crimen y reunió pruebas forenses y testimoniales para esclarecer lo sucedido. Entre ellas, se destacó el informe del Cuerpo de Investigaciones Fiscales que determinó que la causa de muerte fue una “asfixia mecánica mixta”: el agresor obstruyó simultáneamente las vías respiratorias de la víctima (boca y nariz) y le comprimió el cuello durante un lapso estimado de 6 a 10 minutos, sin dar posibilidad de sobrevivir.
autopsia indicó que Mercedes murió por estrangulamiento y sofocación, con más de 40 lesiones visibles, definidas como un crimen de extrema brutalidad .
El día del crimen, Figueroa fue trasladado al hospital San Bernardo tras presentar autolesiones en cuello y muñecas, fue operado y dado de alta al tercer día; el 7 de agosto fue imputado por homicidio doblemente calificado por el vínculo y por mediar violencia de género.
El 11 de agosto declaró ante la jueza Victoria Montoya, reconociendo participación, pero sostuvo una versión en contradicción con el informe médico forense.
Concluida la etapa investigativa, en febrero de 2024 la fiscala Poma requirió la elevación a juicio de la causa ante el Juzgado de Garantías 6, presentando un detallado resumen de las pruebas recolectadas que demostraban la muerte violenta de Mercedes Kvedaras por violencia de género. A su vez, solicitó que Figueroa continuara detenido preventivamente, considerando la gravedad del hecho.
Maniobras de la defensa
Desde un inicio de la causa, la defensa técnica de José Figueroa –a cargo del abogado Juan Casabella Dávalos– desplegó múltiples planteos y recursos con el objetivo de morigerar la situación del imputado o cuestionar aspectos del proceso. Ante esas pretensiones, hubo oposiciones de la Fiscalía y la querella de la familia de la víctima (representada por los abogados Jorge Javier Ovejero y Carlos Cayetano Oliver).
Cuestionamiento al “Plan Piloto de Oralidad”: La defensa impugnó que el caso Figueroa se tramite bajo un nuevo esquema procesal implementado en Salta (un plan piloto de juicios orales más acelerados). En agosto de 2024 interpuso un recurso de inconstitucionalidad por salto de instancia (“per saltum”) argumentando que dicho plan constituía una reforma encubierta del Código Procesal Penal y violaba garantías como el juez natural. Tras seis meses de análisis, la Corte de Justicia de Salta (Sala II) rechazó el planteo por inadmisible, al considerar que no se demostraba una excepcional gravedad institucional ni se habían agotado las vías ordinarias de impugnación. En consecuencia, el proceso continuó adelante bajo las reglas del plan piloto.
Intento de prisión domiciliaria por razones de salud: A fines de febrero de 2025, Figueroa sufrió una lesión en el penal (una luxofractura de tobillo mientras realizaba actividad física) y fue intervenido quirúrgicamente. Su defensa solicitó entonces que se le concediera la internación domiciliaria temporal para el postoperatorio, proponiendo que cumpliera la recuperación en su casa de El Tipal con tobillera electrónica y custodia. El pedido fue evaluado en marzo de 2025 por el juez Ángel Amadeo Longarte (vocal del Tribunal de Juicio) y resultó denegado. La fiscala María Luján Sodero Calvet –quien para entonces había asumido la acusación en representación de la Unidad de Femicidios durante la etapa oral– se opuso firmemente al beneficio: destacó que los informes médicos confirmaban que Figueroa podía recuperarse adecuadamente dentro de la cárcel, requiriendo solo reposo y controles ambulatorios, sin necesidad de cuidados especiales en el hogar. Además, subrayó el riesgo procesal que implicaría concederle la domiciliaria, dado el elevado peligro de fuga y de entorpecimiento: Figueroa cuenta con recursos económicos y, enfrentando la perspectiva de una pena de prisión perpetua, podría fugarse o incluso intentar influir sobre testigos clave. El juez Longarte coincidió con estos argumentos y resolvió que el acusado continuara en prisión preventiva en la cárcel de Villa Las Rosas, donde permanece desde su arresto en 2023.
Pedido de “autopsia psicológica” de la víctima: Durante la audiencia de admisión de pruebas previa al juicio, realizada en abril de 2025, la defensa de Figueroa sorprendió al proponer un informe de autopsia psicológica sobre la personalidad de la víctima, Mercedes Kvedaras. Tanto la fiscal Sodero Calvet como los abogados querellantes manifestaron una rotunda oposición, denunciando que se trataba de una maniobra revictimizante e irrelevante: “No tiene sentido una autopsia psicológica en un caso donde hay una muerte violenta y un acusado identificado; eso se utiliza solo ante muertes dudosas, por ejemplo para verificar un supuesto suicidio” enfatizó la fiscalía. Asimismo, señalaron que indagar cómo “se comportaba” la víctima implicaría caer en estereotipos y responsabilizarla de su propia muerte, lo cual es inadmisible. Finalmente, ante el rechazo general, el propio Figueroa pidió a su abogado desistir de esa prueba “por una cuestión de humanidad” –según expresó el defensor– y el planteo fue retirado de la lista de evidencias.
Reconstrucción de los hechos e intervención de un perito de parte: Otra de las pruebas ofrecidas por la defensa y admitidas en la audiencia preliminar fue la realización de una reconstrucción del hecho en el domicilio donde ocurrió el crimen, así como una eventual reconstrucción virtual, con participación de un perito experto contratado por la defensa. No obstante, este punto dio lugar a un serio incidente procesal en mayo de 2025. Según denunció la querella, el martes 6 de mayo el perito de parte –el Lic. Enrique Prueger, conocido por intervenir en casos resonantes como el del fiscal Nisman– intentó llevar a cabo la reconstrucción en la casa de El Tipal sin notificación ni presencia de las demás partes, aparentemente con anuencia del juez de trámite, Ángel Longarte. Ovejero reveló que ese día recibieron mensajes de WhatsApp desde la Oficina Judicial solicitando el contacto de los actuales inquilinos de la vivienda “porque esa misma tarde” se realizaría un relevamiento en el lugar. Ni la fiscalía ni la querella habían sido formalmente anoticiadas ni hubo una orden judicial debidamente notificada para efectuar la medida, lo que a su entender vulneró totalmente el debido proceso. Tanto la fiscal Sodero como los abogados de la familia de Mercedes reaccionaron de inmediato: presentaron sendos recursos de nulidad para invalidar cualquier acto realizado en esas condiciones. “Lo que ocurrió es de una gravedad institucional enorme –denunció Ovejero–. Se pretendía ejecutar la diligencia sin control de nadie, ni Fiscalía ni peritos oficiales, todo de manera improvisada y fuera de la ley. Lo que buscan es instalar una versión falsa de los hechos, como si hubiera sido un accidente, cuando acá hubo un femicidio brutal”. En paralelo, la fiscala Sodero Calvet presentó un escrito similar remarcando otra irregularidad: se enteró de que en la preparación de esa medida el juez Longarte participó personalmente entrevistando al perito Prueger en Tribunales, formulándole preguntas técnicas, sin dejar constancia formal de ello en el acta. Para la acusación, la conducta del juez excedió sus atribuciones y podría constituir mal desempeño. Tras estos reclamos, la polémica reconstrucción exprés no se concretó y quedó bajo evaluación de instancias superiores su posible nulidad.
Recusaciones y demora en la conformación del tribunal de juicio: La etapa final previa al juicio oral se complicó por la dificultad para integrar el tribunal colegiado que debe juzgar a Figueroa. Originalmente, por sorteo la causa fue asignada a la Sala IV del Tribunal de Juicio (Distrito Centro), compuesta por las juezas María Cecilia Flores Toranzos, Norma Beatriz Vera y el juez Maximiliano Troyano. Este último se excusó de intervenir alegando que conoció al imputado en el pasado, excusación que fue aceptada sin objeciones… excepto por la propia defensa de Figueroa, que paradójicamente se opuso a que Troyano se apartara del caso (sin éxito en su protesta). En julio de 2025, antes de la feria judicial, se realizaron nuevos sorteos para cubrir la vacante: primero fue designada la jueza Mónica Faber (Sala V), quien también se apartó argumentando que décadas atrás había coincidido en un grupo de estudio con la madre del acusado. La defensa de Figueroa, por su parte, pidió excluir preventivamente a todos los jueces de la Sala VI del Tribunal, aduciendo que ya los había recusado en otras causas, petición que increíblemente fue admitida reduciendo el universo de magistrados disponibles. En un siguiente sorteo fue seleccionada la jueza Gabriela Romero Nayar (Sala V), quien inicialmente no puso reparos en integrar el tribunal. Sin embargo, Casabella Dávalos la recusó alegando que en un juicio previo por abuso sexual Romero Nayar había actuado con “perspectiva de género” al condenar a un acusado, lo cual –según el defensor– evidenciaba una supuesta falta de imparcialidad hacia su cliente. Cabe destacar que ese motivo no está contemplado como causal válida de recusación en el código procesal (que solo admite apartar jueces por vínculos directos, prejuzgamiento concreto u otras razones tasadas). Aun así, ante la polémica, la jueza Romero Nayar optó por inhibirse voluntariamente para evitar mayores cuestionamientos. Esta excusación fue aceptada por las dos juezas titulares restantes, pero la fiscal Sodero Calvet presentó un planteo de nulidad contra dicha decisión, considerando que se había cedido indebidamente a una recusación infundada y que aquello sentaba un precedente riesgoso.
Las sucesivas recusaciones y excusaciones dilataron la fijación de la fecha de juicio. “El debate sigue sin fecha por una secuencia de incidencias planteadas, en su mayoría, por la defensa”, resumieron fuentes del caso a mediados de 2025. Recién el 28 de julio de 2025 se logró destrabar parcialmente la situación en una audiencia clave: allí se definió finalmente la integración del tribunal, designándose al juez Eduardo Sángari (Sala IV) como tercer miembro para completar la terna juzgadora. De forma sorpresiva, en esa misma audiencia se realizó además un segundo sorteo para determinar quién presidiría el tribunal –ya que, por disposición general, la presidencia hubiese recaído en Flores Toranzos por antigüedad–. Sin razones procesales claras, se volvió a extraer una bolilla y el resultado asignó la presidencia al propio juez Sángari, desplazando a la jueza natural. Tanto la fiscal Sodero como el querellante Ovejero impugnaron ambos sorteos por sospechar que esa mecánica abría la puerta a manipulaciones arbitrarias en la designación de jueces. No obstante, sus reclamos fueron rechazados en lo inmediato, dejándose abierta la vía de un recurso de casación para revisión posterior. Según trascendió, la tensión marcó esa audiencia: el abogado Casabella llegó a perder la compostura, tildando de “insoportable” la situación ante las críticas de la contraparte, en un cruce verbal poco habitual en estrados.
Hacia el juicio oral
Tras sortear numerosos escollos procesales, la causa por el femicidio de Mercedes Kvedaras finalmente tiene fecha de debate: el juicio oral y público se realizará entre el 1 de abril y el 4 de mayo de 2026, según confirmó la Sala IV del Tribunal de Juicio. Para entonces habrán pasado casi tres años del crimen que conmocionó a Salta. Mientras tanto, José Eduardo Figueroa permanece con prisión preventiva en la Unidad Carcelaria 1 de Salta, luego de que el tribunal resolviera extender esta medida cautelar hasta el inicio del juicio, al considerar que es la única forma de garantizar su comparecencia dado el riesgo de fuga ante la posible pena de prisión perpetua. En la audiencia que resolvió dicha prórroga, la fiscal Sodero reiteró la gravedad del hecho imputado y la alta expectativa de pena como factores determinantes para no concederle al acusado ningún alivio de la detención. La querella de la familia Kvedaras y la Asesoría de Incapaces (en representación de los hijos menores de Mercedes) estuvieron de acuerdo con la postura fiscal.