Su sesión ha expirado

Iniciar sesión
12°
26 de Junio,  Salta, Centro, Argentina
PUBLICIDAD

Cálculo del salario del personal doméstico o la "navaja de Ockham"

Sabado, 22 de octubre de 2022 02:39
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla

La llamada "navaja de Ockham" o ley de la parsimonia es un principio filosófico enunciado por el erudito Guilllermo de Ockham, monje franciscano y filósofo del siglo XIV que defendía el principio que sostiene que la explicación más sencilla suele ser la correcta. Concretamente ese principio establece que: "En igualdad de condiciones, la solución más sencilla suele ser también la más probable". Esta ley se popularizó mucho con el paso del tiempo y ha acabado aplicándose en campos muy variados, como la economía o el método científico. Como curiosidad, Umberto Eco se basó en Ockham para crear a Guillermo de Baskerville, el monje protagonista de "El nombre de la rosa".

Ahora bien, se preguntará el lector ¿qué tiene que ver la "navaja de Ockham" con el cálculo del salario del personal doméstico? Ocurre que ese enunciado tiene una excepción que se llama República Argentina; aquí nunca se opta por la solución más económica o más sencilla. Un ejemplo de ello es el cálculo del salario del personal doméstico en su modalidad de trabajo por hora.

El problema comenzó con la publicación de la resolución 886/13 del Ministerio de Trabajo, que estableció las categorías profesionales y sus remuneraciones mensuales mínimas para el personal comprendido en el Estatuto del personal de casas particulares (Ley Nº 26.844). Una digresión: aquí encontramos una situación similar a la del lenguaje inclusivo y su fracaso, en la medida que se quiere imponer desde arriba.

Al sancionarse el estatuto se suprimió la clásica mención a "servicio doméstico", por considerarla denigrante (a mi modo de ver, servir no es denigrante y doméstico menos; ya que se refiere al hogar). Lo cierto es que no he encontrado ninguna trabajadora que se identifique como "empleada de casa particular" ni ninguna empleadora que utilice esa expresión.

La referida resolución apareció con la novedad de establecer un salario "por hora", que no está previsto ni regulado en el estatuto ni en norma alguna. A pesar de tratarse de una modalidad tan difundida, el trabajo doméstico por hora no mereció ninguna regulación en el estatuto.

Ese valor hora no coincide con la simple división del salario mensual en 200 horas (como el salario mínimo) o en 192 (establecida en varios convenios y que surge de 4 semanas de 48 horas). Se trata de un valor mucho más alto, que no se sabe cómo se determina. En el momento de la resolución (septiembre 2013) el salario mensual se fijó en $3.220 y el nuevo valor hora en $25. Aparentemente se dividió el salario mensual por 192 y se lo incrementó un 50%. Este en realidad sería el valor de la hora extra, pero aquí no estamos hablando de un tema de horas extraordinarias.

Debieron transcurrir siete años para que otra resolución (N°1/2020) aclarara (a medias) la cuestión, estableciendo que quienes trabajen 24 o más horas semanales para un mismo empleador percibirán el importe establecido para la modalidad retributiva "mensual", en forma proporcional a la cantidad de horas efectivamente trabajadas."

Es decir, no con el valor hora (que se aplicará a quienes trabajen menos de 24 horas), sino aplicando una simple regla de tres simple (redundancia intencional). Pero la incongruencia sigue existiendo: alguien que trabaje 23 horas, ganará más que alguien que trabaje 24 o 30.

Lo podemos ver en un ejemplo: el salario mensual para este mes de octubre es de $ 56.537 y el valor hora es de $460,50. Si se trabaja mitad de jornada (24 hs. semanales) corresponderán $ 28.000, pero si trabaja 23 horas semanales ípercibirá $ 42.320!, ílo mismo que si trabajara 35 horas! Un disparate. El error está en no haber caracterizado la modalidad de trabajo por hora. ¿La "navaja de Ockham" no servirá para pasar a degüello a tanto imbécil que legisla?

 

 

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD