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El juez de garantías

Miércoles, 30 de agosto de 2023 02:49
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La idea de escribir un texto que tuviera como objeto principal al juez de garantías en el nuevo Código Procesal Penal Federal, surgió aproximadamente a mediados del año 2021. La inspiración estaba a mano, en las notas y citas que debieron hacerse cuando el destino quiso que cumpliera esa función en la Justicia federal de Salta. Eso pasó desde el año 2019 y terminó en abril de 2021. Fue así porque desde el año 2019 se decidió que ese Código empezara a regir en nuestra provincia y en la vecina Jujuy.

La idea inicial empezó a tomar forma, como pasa en toda obra jurídica. Una vez que están los temas que necesitan una explicación, se los ordena y se los escribe, de principio a fin.

Lo que quedó es lo que está en el libro. Si debiera caracterizarlo, diría que no es un comentario del Código que mencioné, sino una memoria y puesta al día de un instituto procesal del que empezó a hablarse en la Argentina en el año 1989, con el Proyecto de Código Procesal Penal de la Nación que redactó una comisión que presidía el notable Julio J. B. Maier. No fue tratado en el Congreso.

Pasaron los años y en nuestros días las ideas de ese y de otros proyectos se hicieron realidad. En la CABA y en la gran mayoría de las provincias, incluida la nuestra, hay códigos procesales penales del sistema acusatorio. Fue un proceso que llevó años y en el cual fue determinante el doctor Alberto Bínder y los discípulos que ha formado en todo el país.

En pocas palabras, estamos ante un sistema como ese si el fiscal es el que investiga y un juez -que se llama de Garantías- lo controla. Justamente a la inversa de lo que pasaba en los códigos del sistema anterior, llamado mixto, porque la instrucción era escrita y el juicio era oral. En esos códigos estaba -y de alguna manera sigue estando- el mítico juez de instrucción.

Sigue estando, por ejemplo, en el Código Procesal Penal de la Nación, que conserva su vigencia en todo el país, para la Justicia federal y nacional de la CABA, con las excepciones de Salta y Jujuy.

En el nuevo proceso penal federal, el fiscal es quien conoce el caso y quien construye lo que se llama una teoría en torno a él, que deberá justificar desde el primer momento. Los datos de esa teoría constan en un legajo que se llama de investigación, al que solo pueden acceder las otras partes, pero no el juez. La idea es cuidar al extremo la garantía de imparcialidad, que surge de la Constitución Nacional. La defensa tendrá su propio legajo. Llegado el caso, quedará a su cargo el demostrar en qué sustenta su teoría, de atenuación o de exculpación de la responsabilidad del imputado. No está obligado a hacerlo. Pero en este sistema procesal no hay comunidad de la prueba.

En el nuevo proceso penal federal es clave una dependencia administrativa novedosa, llamada Oficina Judicial. Es la que fija días y horas de las audiencias, jueces, fiscales y defensores que intervendrán, en qué sala se harán, etc. Puede decirse que, en los hechos, ordena la agenda de jueces, fiscales y defensores públicos.

En la práctica, el nuevo Código crea un sistema ágil, que se hace oralmente, que se graba en audio y video y al que las partes pueden acceder con solo pedirlo. Es común el uso de herramientas informáticas de comunicación virtual, como Skype y Zoom, entre otras. La idea es que los procesos empiecen y terminen en el menor tiempo posible. Con esa finalidad, las decisiones del juez de garantías pueden ser controladas con celeridad en un proceso de revisión, que sigue los mismos lineamientos antes citados.

El nuevo proceso está diseñado para los casos que el gran público ya conoce: alguien acusa, alguien se defiende y un tribunal resuelve. A la vez, permite que las partes acuerden modalidades aun más rápidas, como los juicios abreviados y los acuerdos de colaboración.

Este nuevo proceso ya fue tema de campaña en Santa Fe, donde el candidato más votado pidió su puesta en vigencia para contribuir a la solución del grave problema que hay en Rosario. Puede encontrársela entre las propuestas de los equipos de campaña de varios precandidatos antes de las PASO.

En el año 2019, ya se sabía que sería muy difícil que este nuevo sistema procesal rigiera en todo el país. Se propendía a un gradualismo, que todavía no pudo avanzar.

Desde diciembre de este año, con las nuevas autoridades electas, habrá que empezar por designar un nuevo procurador general, el jefe de los fiscales federales de todo el país. Después, habría que verlo funcionar en provincias de mayor extensión territorial y población. Será un gran esfuerzo, que valdría la pena.

 

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