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Repuestas a consultas previsionales

Domingo, 20 de octubre de 2024 02:07
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Francisco Campillo: trabajo en un banco comercial y el año que viene cumplo 65 años. No voy a llegar a acumular 30 años de servicios con aportes al cumplir la edad de jubilación. ¿Será que puedo utilizar alguna moratoria?

Buen día Francisco. Primeramente, sería importante analizar su historia laboral y conocer hasta cuando va a prestar servicios. Tiene disponible, por un lado, la moratoria Ley 24.476 que le permitiría cancelar aportes desde sus 18 años hasta septiembre de 1993. Si bien este esquema es muy accesible por el bajísimo valor de las cuotas, cabe la posibilidad de que no supere la evaluación socioeconómica que establece un nivel de ingresos tope de 1,8 millones de pesos brutos, también considera bienes personales y gastos con tarjetas de crédito y débito. En caso de no superar esta evaluación, está la posibilidad de pagar las llamadas Unidades de Cancelación de Aportes Previsionales (UCAP) que establece la Ley 27.705, aunque son mucho más onerosas (cada mes tiene un costo de $23.863) igualmente creo que sería importante tenerlas como segunda opción. Dependiendo de las necesidades que surjan de su caso, incluso, se pueden combinar ambos planes de regularización, para minimizar lo que debe pagar. Finalmente, quisiera destacar que analizar estas cuestiones con tiempo es fundamental, más aún teniendo en cuenta que la Ley 27.705 tiene fecha de vencimiento en marzo de 2025.

Jesús Vidaurre: he nacido en agosto de 1970. Trabajé muchos años siempre en la construcción. Tuve períodos en negro, pero desde el 2010 sigo en la misma empresa, ya blanqueado. Quisiera saber cuáles son los requisitos y, si puedo jubilarme cuando cumpla 55 años.

Buen día Jesús. Los trabajadores de la construcción disponen de un régimen previsional diferencial. Requisitos: 55 años de edad y 25 años de servicios con aportes, con, al menos 12 de los últimos 15 años, trabajados en construcción. Por lo que Ud. comenta, estaría en condiciones, pero habría que estudiarlo más en detalle. El trámite de jubilación se realiza en Anses, con turno previo. Tiene que llevar, informe de sus aportes en la construcción del Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción (IERIC), Certificaciones de servicios de las empresas donde trabajó, recibos de sueldo o libreta de la construcción. ¡Éxitos!

Marcela Birkner: tengo 56 años y soy profesora de un secundario. Cuando llegue a la edad de jubilación docente (57) no voy a tener los 25 años que piden. Me dijeron que podía comprar aportes con una moratoria para jubilarme. Pero cuando fui a hacer el trámite en Anses me rechazaron por el socioeconómico, me dijeron que es por un código "8IB". No entendí bien. ¿Qué puedo hacer?

Buen día Marcela. Muchas docentes tienen este problema de no contar con la totalidad de años de servicios docentes al momento de alcanzar los 57 años de edad. Efectivamente se puede completar con servicios comunes mediante un plan de regularización. Esto no incidirá en su haber de jubilación docente que será del 82% del ultimo salario, pero sí tiene como contrapartida un aumento en la edad a la que podrá jubilarse: cuantos mas años "compre", la edad requerida será mayor. Este código "8IB" que surgió de la evaluación socioeconómica quiere decir que el impedimento surge por el lado de los bienes personales, automotores, embarcaciones, etc. Le sugiero acercarse a AFIP y consultar por el detalle. Si puede solucionar mediante transferencias quizás pueda acceder al plan de pagos 24.476. Pero, aún en el caso de que no sea factible, creo que es una buena alternativa pagar las Unidades de Cancelación de Aportes Previsionales (UCAP), aunque sensiblemente más caras, le permitirán jubilarse dentro de poco. Es una "inversión" que vale la pena.

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