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Por acordada 14.273 la Corte de Justicia de Salta, afortunadamente, ha establecido a partir del presente año 2025, luego de muchas idas y vueltas, "el pleno acceso de todas las personas al expediente digital en condiciones de igualdad", excepto en lo que respecta a los fueros de Familia, de Violencia Familiar y de Género, Penal y en los casos en que las leyes dispongan expresamente lo contrario.
Es algo que hemos requerido desde hace tiempo – que se pueda acceder y conocer libremente, por parte de toda la ciudadanía, todo el contenido de un expediente judicial- y si bien la Corte lo enmarca en el plan de modernización del Poder Judicial y en la igualdad, creo que la decisión tiene mucho de una saludable concepción republicana del funcionamiento del Estado y acerca de conocer a ciencia cierta cómo actúan y qué deciden los funcionarios judiciales, para evaluarlos.
Curiosamente la resistencia no vino solamente de parte de la corporación judicial sino de muchos abogados que ven – con temores razonablemente fundados, o no- que esta apertura de una fuente profusa de información atenta contra el trabajo profesional y con los derechos de las partes que litigan. He escuchado las razones más disímiles en los chats de información del foro, todo muy respetable.
Creo que por encima de estos temores está la consideración del verdadero carácter de los expedientes y las actuaciones judiciales. Públicas, de acceso al conocimiento público de los ciudadanos en materia de trámite al que se somete el ejercicio de un derecho, pero en especial, en una República, para mejorar los mecanismos de control sobre el funcionamiento del Poder Judicial.
Los tiempos que insume el proceso, las razones de las demoras (las dilaciones indebidas y las justificadas) la eficiencia de los actores que libran su contienda en los juzgados, el ritmo del trabajo judicial, todo ello a partir de ahora puede conocerse con solo hacer un click en las plataformas en que opera el Sistema del Expediente Digital. Claramente sirve para el control social. Sin embargo, en mi opinión, algo más importante va a ser de conocimiento público: las razones de las decisiones judiciales van a ser conocidas por el pueblo.
Todo esto viene a cuento por el divorcio que se observa entre ciudadanía y Justicia. Un poco por lo que acontece a nivel nacional (en la Corte Suprema de Justicia de la Nación y este desaguisado del presidente con el Senado) pero también con lo que ocurre en la Provincia. Hablar una y mil veces sobre la crisis de confianza y legitimidad del Poder Judicial se ha vuelto un lugar común. Cada día más evidente.
Por mi parte, es bueno recordar las razones que en su momento se expresaron para dar a conocer el primer libro de sentencias, que un Tweet en X, de un conocido historiador y constitucionalista, trajo recientemente a la memoria, con motivo de los brutales desaciertos en torno a la integración de dos nuevos jueces en la Corte Nacional.
Recuerda el profesor Jorge Diegues que el primer secretario de la Corte Suprema fue José Miguel Guastavino, responsable de la publicación del tomo inaugural de los fallos "de la Suprema Corte de Justicia nacional con la relación de sus respectivas causas", tal como se leía en la portada del libro que inició la serie, en septiembre de 1864. Editado en Buenos Aires en la antigua imprenta de Pablo E. Coni, que funcionaba en Perú 101, el Tomo está encabezado por un prefacio del propio Guastavino que le asigna al Poder Judicial "la augusta y delicada misión de interpretar y aplicar (...) la Constitución y las leyes, dando a los individuos y a los pueblos los derechos naturales y políticos que la ley fundamental les reconoce".
Me interesa destacar este imperecedero párrafo, que ojalá sirva para connotar la importancia republicana que hoy tiene poder acceder por el Sistema de Expediente Digital, como si fuera un libro, a cada una de las sentencias de cualquier juzgado de nuestra provincia (con las excepciones que hemos apuntado). Allí Guastavino señala a la Corte como la "encargada de hacer que la Constitución desarrolle hondas raíces en el corazón del pueblo, se convierta en una verdad práctica y los diversos poderes, nacionales o provinciales, se mantengan en la esfera de sus facultades".
Sobre las decisiones del Máximo Tribunal, anuncia, "es preciso que sean conocidas del pueblo". Y explica: "Al lado de la influencia y poder que ejercen sobre la garantía de los derechos y sobre la suerte y organización del país es necesario agregar la publicidad, no solo porque todos los que habitan el suelo de la República pueden ser en ellas heridos o respetados en sus derechos, sino también para levantar ante el tribunal de la Corte Suprema el poder de la opinión del pueblo". El poder de la opinión del pueblo, necesario para ponderar y corregir el funcionamiento de todo el Poder Judicial.