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La jueza de Primera Instancia de Personas y Familia de Orán, Ana María Carriquiry, acompañada por el Secretario Federico García, tienen a cargo la tramitación de acción de amparo colectivo contra el Instituto Provincial de la Salud (IPS). La nombrada magistrada homologó el acuerdo arribado entre los amparistas y la Obra Social demandada, Instituto Provincial de Salud de Salta. La causa iniciada por los amparistas (26 titulares y/o beneficiarios del IPS) tuvo lugar en fecha 08 de Septiembre de 2023.
El 13 de noviembre de 2023, se llevó a cabo una audiencia pública a la que asistieron las partes, los adherentes y público en general. En la misma se dispuso suspender los plazos del proceso hasta fecha de 28 de noviembre de 2023, a los fines de que las partes arrimen un acuerdo. El 27 de noviembre del 2023, el Instituto Provincial de Salud de Salta acompañó un Convenio de Servicio con su respectivo Anexo I, Anexo II y Anexo III con CAERUS S.A.S., firmado por el representante legal del Centro de Rehabilitación, Rubén Ferreyra y la presidenta del Instituto Provincial de Salud de Salta, Gladys del Socorro Sánchez.
Audiencia
Se continuó trabajando en nuevas tratativas a los fines de que las partes arriben a un acuerdo y en consecuencia, el 27 de diciembre de 2023, se llevó a cabo una nueva audiencia conciliatoria en el Juzgado de Personas y Familia 2, distrito Orán, a la que asistieron los apoderados de los amparistas, Diego Marcelo Quintana y Luciana Torres Genes; los representantes del IPS., Graciela Salazar, y Mariana Celeste Figueroa; el Asesor de Incapaces 2, Cristian Babicz, por sí mismo y en representación de la Asesoría de Incapaces 1, y la Fiscal Civil Comercial y del Trabajo, Marcela de los Ángeles Fernández.
La Magistrada instó nuevamente a las partes, llamándolas a la reflexión a los fines de acordar lo que resulte más beneficioso para todos teniendo presente la situación particular que atraviesa el país y que nos involucra a todos. Fue así que, luego de un intercambio de palabras entre los presentes, se llegó a un acuerdo donde se dispuso lo siguiente:
Homologar lo acordado por las partes en relación al objeto del amparo respecto del reconocimiento de la cobertura integral (100%) por parte de la demandada, para cubrir los tratamientos médicos de rehabilitación y transporte, cualquiera fuera el tipo y grado de discapacidad, por el tiempo y las etapas que cada caso requiera conforme a la discapacidad padecida. Con respecto a las prestaciones de traslado, serán reconocidas por la Obra Social en la medida de su correspondencia y lo serán por la vía de reintegro, contra presentación de facturas legales, y con la debida auditoria, esta modalidad será hasta tanto el IPS cuente con un convenio con una entidad prestadora de ese servicio como ya existe en otras localidades.
Otro de los puntos definidos es el reconocimiento retroactivo respecto a las prestaciones supuestamente brindadas. El instituto reconocerá su reintegro en la medida en que se acredite debidamente su existencia, contituyendo un reconocimiento de la obligacion de pago de prestaciones realizadas.