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El juez de Violencia Familiar y de Género de Metán Carmelo Paz fijó la cuota alimentaria que deberá abonar un padre en una causa donde fue denunciado por violencia de género.
El monto que deberá abonar es el del índice de “Crianza” que publica el INDEC y conforme a la edad de las dos hijas. De esta forma y durante seis meses el hombre deberá pagar la suma de 542.183 pesos por cada una de sus hijas teniendo en cuenta para ello la franja etaria de las mismas y las respectivas actualizaciones que publica el INDEC.
El juez aclaró en su resolución que durante este plazo se deberá ejercer la acción de alimentos correspondiente en el fuero Civil, de Personas y Familia.
El hombre deberá acreditar en la causa en trámite el cumplimiento de los depósitos correspondientes bajo apercibimiento de ser tenido como responsable del delito de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar y ser incluido en el registro de deudores alimentarios con las restricciones que establece la ley 7411.