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Ley de medios

Lunes, 10 de diciembre de 2012 21:19

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó hoy por unanimidad el ‘per saltum‘ solicitado por el Gobierno nacional contra el fallo de la Cámara Civil y Comercial que prorrogó la medida cautelar para el Grupo Clarín en la causa por la Ley de Medios.

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó hoy por unanimidad el ‘per saltum‘ solicitado por el Gobierno nacional contra el fallo de la Cámara Civil y Comercial que prorrogó la medida cautelar para el Grupo Clarín en la causa por la Ley de Medios.

La resolución es de seis páginas y lleva las firmas de los siete jueces del máximo tribunal: Ricardo Lorenzetti (presidente), Elena Highton de Nolasco (vice), Carlos Fayt, Carmen Argibay, Enrique Petracchi, Raúl Zaffaroni y Juan Carlos Maqueda.

‘Se declara inadmisible el recurso extraordinario por salto de instancia interpuesto‘, sostiene el fallo de la Corte que rechazó el per saltum por considerar que no se salteó ninguna instancia judicial, sino que de la Cámara Civil y Comercial Federal se acudió directamente a la Corte.

Los magistrados recordaron que la ley habilita el per saltum para ‘las sentencias definitivas de primera instancia, las resoluciones equiparables a ellas en sus efectos y aquellas dictadas a título de medidas cautelares‘.

En ese marco, dijo que los fundamentos del proyecto aprobado por el Congreso en las últimas semanas sostienen que ‘la alternativa posible es -previo necesario fallo de primera instancia ’judicial’- el salto de la segunda, es decir la Cámara Federal‘.

‘El presente recurso no ha sido interpuesto contra una decisión dictada por un juez de primera instancia. Ello determina su improcedencia, al no adecuarse al recaudo exigido por el legislador para que sea viable el recurso extraordinario por salto de instancia‘, sostuvieron los jueces Lorenzetti, Highton y Maqueda en su voto.

Por su parte, Fayt, Petracchi y Argibay -en otro voto en conjunto- señalaron que la presentación del Gobierno ‘se evidencia contradictoria‘ porque no se salta ninguna instancia, ‘lo que debe llevar -como resulta obvio- a su desestimación in limine‘.

La Jefatura de Gabinete solicitó el viernes pasado el per saltum para que la Corte se pronuncie sobre el fallo de la Sala I de la Cámara Civil y Comercial Federal que prorrogó la cautelar que tiene frenado para el Grupo Clarín la aplicación del artículo 161 de la Ley de Medios.

El Gobierno sostuvo que la Cámara contradijo un fallo de la Corte de mayo en el que sostuvo que la cautelar vencía el 7 de diciembre.

En su voto, Zaffaroni sostuvo que ‘de verificarse la existencia de la contradicción invocada por la recurrente, podría importar un alzamiento de la instancia ordinaria contra decisiones firmes de esta Corte, con desconocimiento grave de la autoridad del Tribunal como máximo instancia de control de constitucionalidad‘.

La Corte le abrió la puerta al Gobierno a presentar un recurso extraordinario contra el fallo de la Cámara, al señalar que ‘existe en el ordenamiento procesal un remedio eficaz para la protección del derecho federal comprometido, que fue establecido por el Congreso en el año 1863, consistente en la vía del recurso extraordinario federal‘.

‘Por ese medio, el recurrente podrá formular las objeciones que estime pertinentes‘, agregó, y habilitó día y horario para que la Cámara trate el recurso.

Ahora el Gobierno podrá presentar el recurso extraordinario para volver a llegar a la Corte por esa vía, pero cumpliendo los plazos que exige la ley, que era lo que la administración de Cristina Fernández buscaba evitar con el per saltum.
Además, todavía queda abierta la resolución sobre el fondo del reclamo judicial (la constitucionalidad o no del artículo) que debe disponer el juez de primera instancia Horacio Alfonso, quien todavía tiene que esperar el dictamen del fiscal y llamar a autos para sentencia.

Por otra parte, la Corte también desestimó el pedido de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) para que revoque la decisión de la Cámara que rechazó las recusaciones contra sus integrantes para entender en la causa.

Los jueces de la Corte se habían reunido durante dos horas por la mañana pero no hubo acuerdo en el texto del fallo y en principio se pospuso la decisión para mañana.

Sin embargo, por la tarde circularon los votos de cada magistrado y se llegó al fallo definitivo con las posturas de cada juez.

 

 Fallo jefatura

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