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Para combatir el crimen lo que hace falta es voluntad

Viernes, 22 de noviembre de 2013 02:18

El proyecto intenta justificar cualquier cosa con el pretexto de combatir la droga y la ola de inseguridad.

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El proyecto intenta justificar cualquier cosa con el pretexto de combatir la droga y la ola de inseguridad.

La Legislatura provincial convirtió anoche en ley una aberración ética y jurídica. El texto sancionado el martes en la Cámara de Diputados y avalado anoche por el Senado para reformar el Código Procesal Penal de Salta otorga superpoderes a la Policía para dejarla actuar sin control de jueces ni fiscales.

Ese control no es una traba para los que deben combatir el delito sino una forma de defender a la gente inocente de cualquier forma de abuso. En la Argentina, en Salta y en todo el mundo, la Policía, sin control judicial y como brazo armado del Poder Ejecutivo, puede ser utilizada para incriminar a cualquiera y por muy diversas razones.

El texto, que responde al estilo del procurador Pablo López Viñals es, literalmente, una legitimación del “semblanteo”, práctica policial que atribuye a quien la ejecuta facultades adivinatorias. Se habilita la requisa por “portación de cara”, lo cual es equivalente a darles a los agentes la facultad de convertir en sospechoso a quien use pelo largo, trenzas, piercing, esté sucio, coqueando, parezca borracho o exteriorice cualquier otra forma de estigmatización social.

Claro está, se supone que los delincuentes tienen cara de delincuentes y, en consecuencia, los que tienen cara de delincuentes son delincuentes.

Aunque así fuera, los delincuentes tienen derecho a ser detenidos por una orden judicial y a contar con la defensa de un abogado. Pero no es así.

El código salteño propuesto por Juan Manuel Urtubey y López Viñals aniquila los derechos elementales. “La policía procederá a la requisa personal, sin orden judicial, en todos los casos en que se lleva a cabo una aprehensión en flagrancia”. Este texto es lógico. Pero lo que sigue es antijurídico: “También podrá requisar sin orden judicial a las personas e inspeccionar los efectos que lleven consigo, así como el interior de vehículos, aeronaves y buques, de cualquier clase, con la finalidad de hallar cosas probablemente provenientes o constitutivas de un delito...”.

Esa es la aberración de la ley, que convierte a la policía de Salta en un grupo de tareas. Y contrarias a la ley son las dos condiciones que lo acompañan: que el elegido como sospechoso esté en la vía pública y que haya “circunstancias previas y concomitantes que razonablemente permitan justificar dichas medidas...”.

Esto significa que la policía cuenta ahora con amplio margen para, por ejemplo, plantar pruebas o encontrar chivos expiatorios.

Así como está redactado el texto, el semblanteo permite convertir a una sospecha en flagrancia y concluir con “un preso por portación de cara”.

Es casi un calco de las atribuciones extraordinarias para las fuerzas de seguridad establecidas en las primeras resoluciones anunciadas el 24 de marzo de 1976.

Es fácil decir después que, si detuvieron a alguien, “por algo será”.

Los pretextos

El proyecto intenta justificar cualquier cosa con el pretexto de combatir la droga y la ola de inseguridad que desborda a la provincia, pero de ese modo envía un fuerte mensaje de autoritarismo.

El poder del Estado sobre las personas queda así sujeto a la voluntad del gobernante, y no en los jueces, que deben actuar siempre con los límites que impone la Ley. Frente a una Legislatura que aceptó esa premisa y renunció a su capacidad de pensamiento crítico, se aprobó la reforma del Código como un instrumento para proteger a la sociedad.

Para detener a un dealer no hace falta reforma. La policía no puede ignorar lo que saben todos los adolescentes de un barrio; esto es, quiénes y dónde venden la droga. Si quieren combatir el delito, los investigadores tienen tiempo de sobra para pedir la orden de allanamiento o de requisa al juez. La requisa de un auto en la zona de frontera es razonable. En la vía pública, como dice el proyecto, es otra cosa, porque da lugar a la cacería “al voleo”.

En Italia, cuando sugirieron facultades especiales para la policía frente al secuestro del ex primer ministro Aldo Moro, el jefe de la fuerza, general Carlo Alberto Dalla Chiesa, respondió: “Italia puede permitirse perder a Aldo Moro, pero no puede permitirse implantar la tortura”. Las Brigadas Rojas fueron neutralizadas dentro de la Ley.

Hay derechos que son intangibles. No se trata de si la policía que va a aplicar el Código es buena o es mala: la ley debe impedir que se faciliten métodos arbitrarios para inventar culpables, anunciar falsos esclarecimientos de crímenes o, lo que no es nada desdeñable en la Salta actual, aprovechar los “superpoderes” para inventar causas contra adversarios políticos.

Para luchar contra la droga no hace falta cambiar leyes, sino tener decisión para hacerlo.

 

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