¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

17 de Mayo,  Salta, Centro, Argentina
PUBLICIDAD

Publicidad electoral: el caballo del comisario

Jueves, 28 de marzo de 2013 00:02

.

Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla

.

.

Concluida la elección nacional de octubre de 2011, en la cual la Presidenta de la Nación fue reelecta, el Poder Ejecutivo Provincial envió a la Legislatura de Salta un proyecto de ley con el objetivo de adecuar la legislación electoral local a la ley nacional 26.571, denominada de “Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral”.

Con un rápido trámite legislativo, se sancionó así, por mayoría, la ley provincial 7.697, que dispuso que las elecciones primarias de candidatos a cargos provinciales sean obligatorias para todos los partidos, aun cuando tengan candidatos únicos, debiendo votar todos los ciudadanos inscriptos en el padrón; se prohíbe a los partidos políticos contratar publicidad, la que será provista por el Estado; se establecen aportes por campaña, y se fija la elección primaria para el primer domingo de octubre y la general para el segundo domingo de noviembre, entre otros aspectos.

El punto es que entre la ley nacional 26.571 y la provincial 7.697 se plantean diferencias en temas clave. Algunas de las más notorias son:

1. La publicidad electoral en televisión, radio, gráfica e internet, en la provincia se limita a (15) quince días antes de la fecha de los comicios. Si se llegan a descontar los (2) dos días de veda electoral, serán apenas solo (13) trece días. En cambio la legislación nacional fija un plazo de (20) veinte días para publicidad en medios audiovisuales. Está claro que el plazo fijado en el orden local es insuficiente para hacer conocer candidatos y propuestas, por lo que debería adoptarse el plazo nacional.

La elección presidencial y de legisladores nacionales del 2011 demostró que la elección primaria es tan importante como la general, por lo tanto debe dársele la misma importancia. Además, el oficialismo y sus potenciales candidatos tienen presencia constante en los medios de comunicación social, por los cargos que desempeñan, a lo que se suma la influencia que la publicidad oficial tiene en la agenda de los medios. Frente a esta realidad de clara desventaja para los partidos de oposición, es necesario por lo menos unificar el plazo de publicidad local con el nacional y suspender la propaganda de gobierno durante la campaña, para centrarnos en la elección.

2. La ley nacional prevé que en los medios audiovisuales se transmita publicidad electoral durante el plazo de campaña, por un tiempo igual al (10%) diez por ciento de la programación. La ley provincial no fija tiempo alguno, de manera que a un partido le puede corresponder desde un pase en televisión hasta una cantidad suficiente. Lo lógico es prever espacios suficientes a distribuir con equidad. La ley no puede dejar de precisar este aspecto.

3. Otro problema es que la elección general de senadores y diputados nacionales será el 27 de octubre, mientras la ley provincial prevé como fecha de los comicios locales el 10 de noviembre. De esta manera, la campaña provincial en los medios audiovisuales solo duraría sin superponerse con la elección nacional (11) once días, lo que constituye un tiempo absolutamente inaceptable por insuficiente.

Además, durante los (2) dos días de veda previos al comicio nacional no podrá publicitarse la elección provincial y en los días restantes en los que la campaña nacional se superpone con la provincial, la radio y la televisión, por disposición de la ley 26.571, tendrán afectados sus espacios publicitarios a la elección de legisladores nacionales, por lo que materialmente no habrá espacios disponibles para los candidatos locales y sus propuestas.

En consecuencia, la elección debe prorrogarse como mínimo una semana, aunque lo ideal serían dos.

Los temas expuestos vienen siendo planteados desde hace meses, incluso se presentaron proyectos de ley en la Legislatura. La solución requiere de una ley, ya que como surge de la mera lectura de lo planteado, la reglamentación no puede modificar la ley vigente. Lo ideal en materia de reglas electorales es la construcción de consensos, algo por cierto difícil en una sociedad sin equilibrio político.

Temas de la nota

PUBLICIDAD