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Cánepa y Leiva siguen y Serrano reemplaza a Lihué

Ayer eligieron a las autoridades del Concejo Deliberante. Hubo un solo cambio.
Martes, 04 de diciembre de 2018 02:14

Solo un cambio hubo ayer en la elección de autoridades del Concejo Deliberante. Matías Cánepa (UCPS) seguirá como presidente y David Leiva (MMS) como vicepresidente primero.

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Solo un cambio hubo ayer en la elección de autoridades del Concejo Deliberante. Matías Cánepa (UCPS) seguirá como presidente y David Leiva (MMS) como vicepresidente primero.

Aunque días atrás se daba por hecho que Lihué Figueroa sería la vicepresidenta segunda, el cargo finalmente fue para Claudia Serrano (FCPV).

El mandato de la mesa de conducción se extiende hasta febrero próximo, oportunidad en la que deberá ser ratificada o modificada por simple mayoría de votos. La elección fue ayer al mediodía en el recinto. Según lo dispuesto en el segundo punto del orden del día, los ediles también ratificaron la composición de las comisiones de Labor Parlamentaria y de Disciplina, Juicio Político y Responsabilidad Patrimonial, integradas por los presidentes de los distintos bloques políticos.

La sesión especial arrancó con el izamiento de las enseñas nacional y provincial. El secretario legislativo, Gerónimo Amado, hizo lectura de la resolución de presidencia 169/18 de convocatoria. Al inicio de la ceremonia se dio además lectura a una nota de aviso de inasistencia por parte de la concejal Rosa Herrera (PPS).

El procedimiento

Posterior a ello se dio lectura al Proyecto de Resolución que postulaba a Matías Cánepa (UCPS) como presidente del Concejo Deliberante; David Leiva (MMS) como vicepresidente primero y Claudia Serrano (FCPV) como vicepresidenta segunda, y se dispuso la votación del mismo.

Resultando aprobado por el voto positivo de 18 ediles y el negativo de la concejal Cristina Foffani (PO). Acto seguido, Cánepa juró ante el cuerpo legislativo, procediendo a hacer lo propio con Leiva y Serrano.

El reglamento interno del Concejo Deliberante de la ciudad de Salta dispone dos convocatorias para elección de autoridades. Establece que el cuerpo debe elegir autoridades el 3 de diciembre de cada año y, además, constituir las comisiones de Labor Parlamentaria y de Disciplina y Juicio Político y Responsabilidad Patrimonial. Además, establece que entre el 20 y el 28 de febrero del año siguiente se debe efectuar otra convocato ria.

 

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