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Empresas de gas no pueden cortar el servicio por falta de pago

En medio del debate tarifario, la Justicia Federal prohibió los cortes por 90 días.Fundamentó la resolución en la protección de los sectores sociales más vulnerables.
Martes, 22 de mayo de 2018 00:00

La Justicia Federal de Dolores ordenó ayer a las prestatarias de gas de todo el país que se abstengan de realizar cualquier corte o suspensión del servicio por falta de pago, al dictar una medida cautelar a partir de una presentación realizada por la Asociación Consumidores Argentinos.

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La Justicia Federal de Dolores ordenó ayer a las prestatarias de gas de todo el país que se abstengan de realizar cualquier corte o suspensión del servicio por falta de pago, al dictar una medida cautelar a partir de una presentación realizada por la Asociación Consumidores Argentinos.

Una fuente judicial explicó que la medida la adoptó el juez Federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, quien dispuso que "todas las prestatarias del servicio de gas del país se abstengan de llevar adelante cualquier corte o suspensión del servicio de gas a partir del día de la fecha derivado de la falta de pago".

En el fallo, el magistrado sostuvo que la cautelar interina se dictó "debido a que se trata de sectores socialmente vulnerables o se encuentra comprometida la vida digna" presupuestos que a su criterio quedaron acreditados en la presentación.

La medida tendrá una vigencia de 90 días hasta que se presenten el Gobierno y el organismo de control para debatir sobre la cuestión de fondo.

En la presentación judicial, realizada por los apoderados de Consumidores Argentinos, José Elvis Toto y Gustavo Luis Aballar Stiep, se había solicitado "la inconstitucionalidad y la nulidad de los aumentos de gas por falta de audiencia pública en el valor del Precio de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST) del gas".

Sin embargo, el magistrado rechazó ese planteó hasta tanto "se dé traslado a las partes intervinientes" para que hagan el descargo correspondiente y ordenó también comunicar la causa al Registro Público de Procesos Colectivos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Beneficiarios

Tras el fallo, el Defensor del Pueblo de la provincia de Buenos Aires, Guido Lorenzino dijo que esa decisión "va en línea con lo que le reclamamos a todas las firmas que prestan el servicio en la Provincia".

"Se trata de una decisión que tiene en cuenta la situación de vulnerabilidad de las familias, sobre todas las que menos tienen, jaqueadas por estas subas irrazonables", expresó Lorenzino.

Agregó que el reclamo "tiene que ver con defender a la gente para que pueda desarrollarse dignamente, que se les garanticen los servicios públicos elementales y que las razones estrictamente económicas no condicionen su calidad de vida".

Bloqueo

La Corte Suprema debe pronunciarse sobre una presentación del Gobierno nacional que apunta a bloquear las cautelares por aumentos tarifarios, realizada por el ministro de Medio Ambiente, Sergio Bergman, con el patrocinio del procurador del Tesoro, Bernardo Saravia Frías.

El planteo gubernamental fue contra una cautelar presentada por la ONG Cepis, aceptada en primera instancia por un juzgado contencioso administrativo, y elevada luego por la Cámara Federal de La Plata a la consideración del máximo tribunal de la Nación.

La Defensoría del Pueblo bonaerense, el Cepis y el municipio de Leandro N. Alem pidieron a la Corte Suprema que rechace la pretensión gubernamental de cerrar el camino a nuevos fallos judiciales que admitan cautelares por incrementos tarifarios.

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