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El achatamiento de la pirámide salarial

Miércoles, 04 de diciembre de 2019 02:10

El achatamiento de la pirámide salarial es un fenómeno que viene manifestándose sutilmente en nuestro país sin que aparentemente sea advertido por los propios interlocutores sociales ni sea motivo de investigaciones académicas. De hecho, este comentario no está respaldado por trabajos previos que hayan examinado la situación y se trata de una pesquisa propia realizada por quien esto escribe.

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El achatamiento de la pirámide salarial es un fenómeno que viene manifestándose sutilmente en nuestro país sin que aparentemente sea advertido por los propios interlocutores sociales ni sea motivo de investigaciones académicas. De hecho, este comentario no está respaldado por trabajos previos que hayan examinado la situación y se trata de una pesquisa propia realizada por quien esto escribe.

No debemos confundir el tema con la descarada desigualdad que se produce al distanciarse cada vez más- los ingresos de los ricos frente a los que menos tienen. Lógicamente los grandes titulares de los medios de comunicación y los estudios económico-sociales han denunciado esta inicua situación, pero, por el contrario, no han advertido la tendencia a la igualación a la que nos estamos refiriendo que no es justa, ni lógica, ni beneficia a un sector determinado. Estamos hablando de que no resulta justo que el mayor esfuerzo, la mayor capacidad de un trabajador, su diligencia no tengan un aliciente en una mejor remuneración.

Tampoco es lógico porque la empresa no podrá incentivar a sus trabajadores para que se esmeren en pos de mejorar sus calificaciones profesionales.

Diferencias solapadas

Este achatamiento, también llamado "solapamiento", a nuestro entender tiene dos expresiones: la que diferencia entre quienes están dentro o fuera de convenio y los que se producen dentro de un mismo convenio. A la primera nos hemos referido en otras oportunidades, advirtiendo que muchas veces los empleados de confianza terminan relegados salarialmente en relación a sus subordinados. Pero es la segunda a la que -extrañamente- nadie ha prestado atención: la que hace que la diferencia entre la categoría más alta y la más baja establecidas en los convenios colectivos de trabajo (CCT) tienda a resultar insignificante. Veamos un ejemplo: en el convenio de Comercio (130/75), la categoría más baja de un administrativo es la A y la más alta es la F. En 1994, un trabajador F percibía $425.90 y un trabajador A, $355.00, lo que nos da una diferencia porcentual de 16% (diferencia que tampoco es muy grande). En 2003 ya la brecha se había reducido a un 12% (F: $598.80 y A: $528.00). En la última escala salarial (diciembre de 2019) ya el "wage gap" se reduce a un 7% (F: $34.961,10 y A: $32.902,24). Esto significa que un jefe puede tener bajo sus órdenes a 50 trabajadores, ­pero su diferencia salarial respecto a ellos será solo de un siete por ciento más!

En otras actividades del sector privado la brecha es un poco más amplia, pero en ningún caso superan un 15 o 20% las diferencias entre la categoría más baja y la más alta. A pesar que este achicamiento de la brecha salarial puede tomarse muchas veces como una reducción de los costos de la mano de obra directa e indirecta o como una mejora de la productividad marginal de la mano de obra, lo cierto es que es muy perjudicial para la empresa por distintas razones como ser la distorsión de la jerarquía de los empleados, una menor oferta y el descontento de los trabajadores calificados.

Es cierto que, actualmente, los juicios por diferencias salariales por diferencia de categoría son relativamente pocos y que los montos son poco significativos, pero paralelamente se evidencia el desinterés de los trabajadores por mejorar su calificación profesional.

El sector público

Este solapamiento no aplica para el sector público, donde por el contrario las diferencias pueden ser escandalosas (teniendo en cuenta que los salarios, generalmente, no responden al mérito de cada trabajador). La escala salarial de UPCN (junio de 2019) fija un salario de $50.824,62 para la máxima categoría (A) y de $16414,86 para la categoría menor (F). ­Casi tres veces de un sueldo a otro! Y eso que no hacemos la comparación con los sueldos de legisladores, jueces y ministros.

 

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