¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

25°
26 de Abril,  Salta, Centro, Argentina
PUBLICIDAD

Dudas sobre la moratoria

Sabado, 11 de mayo de 2019 00:00

Nora Barraza (Apolinario Saravia): el 1§ de mayo cumplí 63 años, siempre trabajé, pero nunca me hicieron los aportes. Mi preocupación surge porque me dijeron que se acaba la moratoria dentro de poco. ¿Me puedo jubilar? ¿Cómo hago? Gracias.

Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla

Nora Barraza (Apolinario Saravia): el 1§ de mayo cumplí 63 años, siempre trabajé, pero nunca me hicieron los aportes. Mi preocupación surge porque me dijeron que se acaba la moratoria dentro de poco. ¿Me puedo jubilar? ¿Cómo hago? Gracias.

Buen día Nora. Efectivamente la moratoria de Ley 26.790 finaliza en breve, el 23 de julio. Estuve analizando su caso en función de lo que nos comenta y tengo buenas noticias: sí se podrá jubilar. Le cuento cómo.

Por un lado, Ud. ya ha superado la edad que establece la ley (60 años). Para poder completar los aportes (historia laboral) puede hacer uso del plan de facilidades de pago, como máximo desde el 1/5/1974 (la fecha en que cumplió los 18 años) hasta el 31/12/2003 (fecha límite que establece la moratoria). Esto resulta en un plan de pagos por 29 años y 8 meses de aportes, claramente estos aportes son insuficientes para acceder a la jubilación que exige, al menos, 30 años de servicios con aportes. De todas formas Nora, Ud. cuenta con una ventaja, el hecho de que ya tiene 63 años de edad, es decir se ha excedido en tres años. El art. 19§ de la Ley 24.241 prevé que "se podrá compensar el exceso de edad con la falta de servicios, en la proporción de dos (2) años de edad excedentes por uno (1) de servicios faltantes". Es decir que Ud. cuenta con un año y medio de aportes (1,5) por el solo hecho de haberse excedido en la edad, con este artículo puede completar los aportes restantes.

Finalmente deberá superar un "análisis de vulnerabilidad socio-económico" para poder ingresar a la moratoria. Se trata de verificar sus ingresos, gastos y bienes.

Los ingresos mensuales declarados no deben superar los $53.829, también se revisa que sus gastos con tarjetas de crédito y débito no superen los $70.000, y también si ha declarado propiedades, vehículos, embarcaciones o aviones. Éxitos!

Elio Tacacho (capital): estoy jubilado, hace una semana pedí el préstamo en Anses y aún no cuento con el dinero, ¿qué puedo hacer?

Estimado Elio. En primer lugar le sugiero que esté atento a los movimientos de su cuenta bancaria (ya sea a través de cajero o si cuenta con home banking).

Si han pasado 5 días hábiles y aún no se acreditó el dinero en su cuenta, aconsejo acercarse hasta una oficina de Anses. Lleve el DNI, la copia del resumen de movimientos de su cuenta (desde la fecha de solicitud del préstamo), y también la constancia de CBU.

Otra alternativa para despejar sus dudas es comunicarse al teléfono 130, línea gratuita para llamadas desde teléfonos fijos donde atienden de 8 a 20. Cuando se comunique disque las opciones "0" y luego "3".

Norma Gutiérrez (La Merced): me jubilé como docente, pero mi jubilación no llega al 82%, sino al 60%. Cuando consulté me dijeron que era por los montos en negro que recibía. ¿Qué puedo hacer?

Hola Norma. Por lo que Ud. comenta el problema está vinculado a montos no remunerativos cuando estaba en actividad.

El haber mensual de las jubilaciones docentes equivale al 82% móvil de la remuneración sujeta a aportes del cargo al momento del cese. Sin embargo, en muchísimos casos los docentes reciben una parte del sueldo en negro, en ocasiones resulta ser una porción significativa, a veces cercana al 50% del total. Para solicitar el reajuste en Anses, el Ministerio de Educación deberá "blanquear" esos ítems, al menos 2 años previos al cese en la actividad.

Deberá solicitar mediante nota a personal que le "blanqueen" de manera retroactiva las 24 últimas asignaciones no remunerativas de su sueldo.

El Ministerio de Educación presentará las declaraciones juradas rectificativas ante la AFIP, y una vez que ya figuren correctamente esos aportes entonces ya puede solicitar el reajuste de su jubilación en Anses, que deberá reajustarle la jubilación al 82% móvil, con retroactividad al momento de su cese.

Temas de la nota

PUBLICIDAD