¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

18°
26 de Abril,  Salta, Centro, Argentina
PUBLICIDAD

Rechazan pedidos de prisión domiciliaria para reclusos

Las solicitudes fueron realizadas incluso entre los que se encuentran en “grupos de riesgo”.
Sabado, 28 de marzo de 2020 01:37

El Tribunal Oral Federal Dos (TOF 2) de San Martín sostuvo ayer que estar incluido en un grupo de riesgo, tras la declaración de la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus, no es suficiente para que a un detenido se le conceda en forma automática la prisión domiciliaria.

Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla

El Tribunal Oral Federal Dos (TOF 2) de San Martín sostuvo ayer que estar incluido en un grupo de riesgo, tras la declaración de la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus, no es suficiente para que a un detenido se le conceda en forma automática la prisión domiciliaria.

Fuentes judiciales aseguraron que en el mismo sentido están resolviendo en las últimas horas distintos tribunales nacionales y locales del fuero Penal Económico y Criminal y Correccional, ambos con sede en la Capital Federal.

"La única circunstancia de estar incluido objetivamente en un grupo de riesgo frente a la situación de pandemia no basta para disponer en forma automática el cese de su encierro", consideró el TOF 2 de San Martín ante el pedido de prisión domiciliaria efectuado por un particular con condena -no firme- a seis años de cárcel por transporte de estupefacientes y tenencia ilegal de armas de guerra.

La defensa había argumentado que el detenido, de 59 años, tiene serios problemas cardiológicos, hipertensión arterial crónica y padece dolores lumbares y en las rodillas.

"La parte debe acreditar cuán grave resulta ser la situación de salud del interno frente a una situación de daño inminente de contagio del virus COVID-19 y encuadrar en la ley para obtener el beneficio, pero en este caso no ocurre una cosa ni la otra", evaluó el TOF 2 al rechazar el pedido. El Tribunal recordó que con el avance de la crisis sanitaria, el Poder Ejecutivo Nacional dictó el decreto 297/2020 que dispone la cuarentena obligatoria de todos los habitantes de la nación con mínimas excepciones, entre las que no se encuentra, claro está la población carcelaria de la República Argentina.

No son enfermos terminales

“El imputado no es un enfermo terminal y su patología está recibiendo el tratamiento adecuado por los galenos del Servicio Penitencia Federal”, destacaron los camaristas Daniel Cisneros, Walter Venditti y Eduardo Farah, quienes ordenaron reforzar el área sanitaria con el fin de controlar y asistir en forma exhaustiva a RDP. Con similares razones se expidió el Tribunal Oral en lo Penal Económico 1 ante la solicitud formulada por F.C., de 58 años, quien, ante la actual situación de pandemia del COVID-19, alegó padecer EPOC, enfermedades cardiovasculares, antecedentes de hipertensión y sobrepeso.

PUBLICIDAD