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21 de Mayo,  Salta, Centro, Argentina
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Información y justicia ambiental

Martes, 18 de agosto de 2020 00:00

El Senado de la Nación aprobó por unanimidad de 57 senadores el "Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe". El mismo que Adoptó las Naciones Unidas en Costa Rica Ezcazú, el 4 de marzo de 2018 y que firmara la Argentina el 17 de septiembre de 2018. Este acuerdo tiene como objetivo garantizar la implementación plena y efectiva en América Latina y el Caribe de los derechos de acceso a la información ambiental, participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y acceso a la Justicia en asuntos ambientales, así como la creación y el fortalecimiento de las capacidades y la cooperación, contribuyendo a la protección del derecho de cada persona, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible.

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El Senado de la Nación aprobó por unanimidad de 57 senadores el "Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe". El mismo que Adoptó las Naciones Unidas en Costa Rica Ezcazú, el 4 de marzo de 2018 y que firmara la Argentina el 17 de septiembre de 2018. Este acuerdo tiene como objetivo garantizar la implementación plena y efectiva en América Latina y el Caribe de los derechos de acceso a la información ambiental, participación pública en los procesos de toma de decisiones ambientales y acceso a la Justicia en asuntos ambientales, así como la creación y el fortalecimiento de las capacidades y la cooperación, contribuyendo a la protección del derecho de cada persona, de las generaciones presentes y futuras, a vivir en un medio ambiente sano y al desarrollo sostenible.

Es el único acuerdo vinculante emanado de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Desarrollo Sostenible (Río+20), el primer acuerdo regional ambiental de América Latina y el Caribe y el primero en el mundo en contener disposiciones específicas sobre defensores de derechos humanos (art. 9) .

El tratado Escazú apunta a luchar contra la desigualdad y la discriminación, y garantizar los derechos de todas las personas a un ambiente sano y al desarrollo sustentable, dedicando especial atención a las personas y grupos en situación de vulnerabilidad. Se trata de derechos reconocidos en nuestra Constitución Nacional y de la Provincia de Salta. Y que cada vez se hace más visible en diferentes fallos tanto de la CSJN como de fallos de los poderes judiciales provinciales.

Lamentablemente en la provincia de Salta no existe un juzgado especializado en temas ambientales ni fiscalías especializadas, lo que sí sucede por ejemplo en la provincia de Jujuy. Sería muy importante que la Legislatura salteña sancionara una ley en ese sentido, dada la cantidad de problemáticas ambientales que existen en la provincia, desde desmontes, contaminación de la tierra, aire y del agua. basurales a cielo abierto, la destrucción de lugares históricos, entre otros.

La incorporación de este instrumento requiere que los gobiernos de la región establezcan nuevos estándares para cumplir con el Principio 10 de democracia ambiental, incluido en la Declaración de Río de 1992 sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo.

Este mecanismo llama a garantizar el acceso adecuado a la información pública ambiental; promover la participación ciudadana, individual o colectiva en las cuestiones ambientales en general y en particular; y al acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos.

El Acuerdo Escazú busca garantizar los derechos de todos los habitantes a la información, participar en la construcción de decisiones que puedan afectar su calidad de vida, y contar con mecanismos adecuados para el acceso a los procedimientos administrativos y judiciales vinculados a tales derechos.

Este acuerdo se propone generar las herramientas para mejorar la aplicación de sus normas y el cumplimiento de las previsiones que le permiten a la población:

* Acceder a información, oportuna, adecuada y completa.

* Participar en procesos, como los de evaluación del impacto ambiental, en especial lo más vulnerables, como las comunidades indígenas.

* Controlar el cumplimiento de las decisiones que puedan adoptarse en materia ambiental.

* Facilitando el acceso a la Justicia, y la resolución judicial, cuando estos derechos sean vulnerados.

El acuerdo establece estándares regionales que deberán ser regulados a nivel nacional, promueve la creación de capacidades, sienta las bases de una estructura institucional de apoyo y ofrece mecanismos para mejorar la formulación de políticas y la toma de decisiones.

Estos principios que ya rigen en la Argentina en virtud de la Ley General del Ambiente, y su aplicación ha sido dispuesta por numerosos fallos de la CSJN y de tribunales provinciales.

Es de destacar que la Argentina ha legislado, sobre presupuesto mínimos, sobre acceso a la información, sobre derecho de las comunidades indígenas, más este tratado torna obligatorio los principios, que se ocupa de enumerar.

Es importante señalar que este tratado establece una importante red de cooperación y capacitación.

Se destaca que en un artículo se ocupara de los defensores del ambiente, lo que significa de la dignidad humana, y defensores del derecho humano a un ambiente sano; los que tantas veces han sido atacados de diferentes formas.

Es un paso muy importante que dieron los senadores de la nación, esperemos que pronto rija obligatoriamente en nuestro país. Por ello recomiendo la lectura completa del acuerdo, y reitero la esperanza de que prontamente sea de cumplimiento obligatorio.

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