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Confirman que la búsqueda de Sulca sigue bajo el protocolo vigente

Miércoles, 06 de octubre de 2021 17:57

El fiscal penal de Rosario de Lerma, Federico Jovanovics, quien dirige la búsqueda para dar con el paradero del muchacho de 21 años, pidió este miércoles a la Policía de la Provincia que actualice el plan y que lo haga, basándose en el Protocolo de Búsqueda de Personas actualmente vigente.

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El fiscal penal de Rosario de Lerma, Federico Jovanovics, quien dirige la búsqueda para dar con el paradero del muchacho de 21 años, pidió este miércoles a la Policía de la Provincia que actualice el plan y que lo haga, basándose en el Protocolo de Búsqueda de Personas actualmente vigente.

Jovanovics afirmó además que “ante la hipótesis de que siga vivo, también hacer una búsqueda en toda la zona de los puestos, las localidades y la parte urbana”, es decir que esté en otro lugar y aclaró que esa hipótesis nunca se descartó y, por lo tanto, debe enfocarse la búsqueda en esos lugares.

El fiscal sostuvo que si David Sulca logró bajar a alguna localidad o algún puesto, puede seguir con vida. Según el fiscal, las posibilidades son que haya logrado bajar y siga con vida o que se haya quedado arriba y haya fallecido y que su cuerpo no se haya encontrado todavía, por la inaccesibilidad del terreno. Por lo tanto, no se descarta la posibilidad de que él haya logrado bajar y que probablemente se haya refugiado, en estado de confusión.

También destacó que de los peritajes hechos al teléfono celular encontrado, no surgió ningún elemento de utilidad o pista de relevancia para la investigación.

Finalmente, el titular de la fiscalía de Rosario de Lerma reiteró que sigue la búsqueda  de acuerdo a los pasos del Protocolo de Actuación para Búsqueda de Personas Extraviadas, aprobado mediante Resolución N°423 del Ministerio de Seguridad de la provincia de Salta, el 30 de mayo de 2016.

El Protocolo

El Protocolo establece que el Estado tiene el deber de investigar efectiva y adecuadamente el extravío de personas, en el marco de los compromisos internacionales asumidos por la República Argentina (Artículos 8°, 25° y 1.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos).

Dentro del Protocolo se establecen y especifica el Procedimiento a seguir para el caso de extravío de una persona, entre los que se cuentan: 1. Alerta de extravío; 2. Registro de denuncia; 3. Autorización de publicación de imágenes de la persona extraviada; 4. Intervenciones inmediatas: aquí, una vez radicada la denuncia, se indica que deberá darse inmediata y simultánea intervención al Centro de Coordinación Operativa (CCO), a la Unidad de Análisis Criminal (UNAC), al jefe de la dependencia policial que corresponda al lugar del hecho, al fiscal penal que por jurisdicción corresponda y a la Secretaría de Niñez y Familia del Ministerio de Primera Infancia y a la Asesoría de Menores e Incapaces, si la persona extraviada fuera un menor de edad; 5. Registro de Personas Extraviadas: pertenece a la Unidad de Análisis Criminal y se encarga de concretar las denuncias de extravío de personas que ocurran en toda la provincia y que se registran en un Único Sistema Informático de Registro de Denuncias; 6. Inicio del Proceso de Búsqueda: en este ítem se indica que las denuncias de extravío de personas se inician de manera inmediata y reciben tratamiento urgente (código rojo), en todas las instancias del procedimiento.

Por último, en su Anexo II, la resolución enumera una serie de Diligencias policiales listadas por el Ministerio Público Fiscal.

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