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17 de Mayo,  Salta, Centro, Argentina
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Claves de la propuesta de reforma constitucional

Miércoles, 17 de febrero de 2021 01:23

En abril del año pasado, el Gobernador de la Provincia remitió a la Legislatura un proyecto de ley declarando la necesidad de reforma de la Constitución local en diversos aspectos. Transcurridos diez meses el mismo no ha sido considerado, pero ahora por decreto se lo ha incluido en una convocatoria a sesiones extraordinarias, lo que hace presumir su pronto tratamiento. Por lo expuesto es útil referirse a los temas claves de la iniciativa de reforma, según el siguiente detalle:

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En abril del año pasado, el Gobernador de la Provincia remitió a la Legislatura un proyecto de ley declarando la necesidad de reforma de la Constitución local en diversos aspectos. Transcurridos diez meses el mismo no ha sido considerado, pero ahora por decreto se lo ha incluido en una convocatoria a sesiones extraordinarias, lo que hace presumir su pronto tratamiento. Por lo expuesto es útil referirse a los temas claves de la iniciativa de reforma, según el siguiente detalle:

1.- Límite a las reelecciones: es encomiable que el Gobernador, al inicio de su mandato, proponga limitar las mismas y está claro que esta iniciativa tiene un amplio consenso en la sociedad. Uno de los elementos que mejor define a la República es la renovación periódica de los gobernantes. La alternancia es fundamental en el devenir de la democracia.

2.- Régimen Municipal: las propuestas son varias pero se pueden sintetizar en las siguientes:

a) Crear el cargo de Vice Intendente: solo 5 de las 23 provincias Lo contemplan. Creo que es inconveniente crear más cargos políticos. Los municipios ya destinan la mayor parte de sus recursos al pago de salarios y queda muy poco para la realización de obras que beneficien a los vecinos.

 

b) Renovación por mitades de los Concejos Deliberantes: 25 municipios cuentan con solo 3 concejales y 10 tienen 5, para citar dos ejemplos, de manera tal que si se renovaran como se propone se elegirían 1 y 2 concejales o 3 y 2 concejales cada 2 años. Con estos números no funciona el sistema de representación proporcional, se afectaría gravemente la pluralidad en la representación política, y además es imposible que funcione la ley de paridad de género. Por caso, Orán (un municipio grande) elige 12 concejales. Si se renuevan por mitades se elegirían 6 cada dos años. Si a esa cantidad, le aplicamos los resultados de la última elección del año 2019, ingresarían 5 hombres y 1 sola mujer. Esto es así, porque cuando disminuye la cantidad de cargos a cubrir, ingresan fundamentalmente quienes encabezan una lista, en un tiempo en que se ha multiplicado la cantidad de partidos y existen además partidos municipales.

Los ejemplos que citamos, explican las razones por las cuales en Salta desde el siglo XIX a la fecha, los Concejos Deliberantes se renuevan en su totalidad cada 2 años, y porque no se innovó en 1986 y 1998.

Si se quiere que los concejales duren en su cargo 4 años, el camino posible a debatir es el de renovar en la provincia la totalidad de los cargos electivos cada 4 años, como ya lo hacen 12 de las 23 provincias.

c) Delegados municipales electos por el voto popular: actualmente los mismos son representantes de los Intendentes y por lo tanto estos los designan. Si fueran electos por el voto popular podría darse el caso de intendentes de un signo político y delegados de otro, lo cual constituiría una fuente inagotable de conflictos. Hay que tener en claro que la Constitución Nacional solo contempla tres niveles de gobierno Nación, Provincia y Municipio, por lo que parece inconveniente crear un cuarto.

3.- Poder Judicial: actualmente los Jueces de la Corte de Justicia duran en sus cargos 6 años y el Gobernador puede permanecer en funciones hasta 12 años. Es insostenible que durante su mandato un Gobernador pueda designar la totalidad de miembros de la Corte, porque ello afecta sustancialmente la necesaria independencia que debe tener el máximo órgano judicial, por lo tanto es acertado debatir un nuevo régimen de estabilidad de sus miembros y, sumado a ese debate, volver a discutir las distintas funciones que se atribuyen a miembros del Alto Tribunal. Convendría también fijar el número de miembros en la Constitución y estudiar una presidencia rotativa. También se deberá fijar un criterio en el caso del Ministerio Público. Sería adecuado además incorporar modificaciones en lo que respecta al Consejo de la Magistratura, a fin de disponer que las pruebas de oposición sean calificadas de manera anónima por jurados técnicos especializados, ya que hoy participan de su corrección personas que no tienen formación en derecho. Convendría también despolitizar el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.

4.- Auditoría de la Provincia: Es necesario replantear su funcionamiento. El proyecto con acierto propugna que la Presidencia sea cubierta por la oposición, de manera similar al orden nacional, y también propicia garantizar la participación de la misma en la nominación de los Auditores Generales.

5.- Sistema de elección de Convencionales: el artículo 185 de la Constitución de la Provincia, establece que el "número" de Convencionales será igual de Diputados, pero el sistema de elección debe ser definido por ley. En este sentido es necesario determinar un método que respete el artículo 37 de la Constitución Nacional, el cual dispone que el sufragio debe ser "igual", es decir cada ciudadano tiene derecho a un voto de igual valor para generar representación. Actualmente ello no sucede con el sistema de elección de Diputados Provinciales, que penaliza con sub-representación el voto urbano, con lo cual se viola el artículo citado, y además Tratados de Derechos Humanos, que ahora tienen jerarquía constitucional por el artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacio nal.

6.- Cláusula transitoria 14´ de la Constitución Provincial vigente: todavía está pendiente de cumplimiento por la Legislatura, la autorización dada por el constituyente de 1998 para que por vía de enmienda se establezca un sistema electoral para la elección de Diputados Provinciales que "asegure la igualdad del sufragio de los ciudadanos, la representación de las minorías y que la distribución de las bancas se haga en forma proporcional a los votos obtenidos por cada partido político". Sobre este punto el proyecto en viado nada dice.

Conclusión: se ha planteado un temario, hay propuestas en las cuales el camino está claro, como lo es el límite a las reelecciones, mientras en otras es necesario diseñar las mejores soluciones, en el marco de un proceso participativo que posibilite el consenso y que más allá de la coyuntura mire el futuro.

 

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