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Respuestas a dudas previsionales

Lunes, 14 de junio de 2021 02:24

Elda Lamas (Rosario de Lerma): en septiembre cumplo 65 años. Tengo la pensión de mi esposo fallecido, es una mínima. Aunque no tengo aportes hechos, me dijeron que puedo jubilarme como ama de casa. ¿Es así?

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Elda Lamas (Rosario de Lerma): en septiembre cumplo 65 años. Tengo la pensión de mi esposo fallecido, es una mínima. Aunque no tengo aportes hechos, me dijeron que puedo jubilarme como ama de casa. ¿Es así?

Buen día Elda. Sí, Elda, ya está en condiciones de jubilarse. A través de la moratoria Ley 26.970 podría cancelar deudas previsionales desde septiembre de 1974 hasta diciembre de 2003, es decir por un máximo de 29 años y 4 meses. Pero además, como ha superado la edad jubilatoria en más de 4 años, obtiene una bonificación en los aportes. El hecho de tener una pensión no la excluye dado que se trata de un haber mínimo. Puede comenzar los trámites. No se demore porque, de acuerdo a la normativa, si llega a cumplir los 65 años ya no podrá utilizar la moratoria.

Alfredo Agudo (Capital): estoy por cumplir 65 años de edad. Tengo aportes como municipal, en comercio y como monotributista. De joven trabajé 7 años en Zapla, como laminador. En total son más de 30 años de servicios. ¿Tengo algún beneficio por el trabajo insalubre en Zapla?

Estimado Alfredo. Los requisitos para jubilarse son 65 años de edad, el varón, y 30 años de aportes. Ud. ya casi los cumple. Los aportes como laminador de metales en Altos Hornos Zapla tienen un carácter diferencial. Las tareas en procesos de producción como laminación, acería y fundición son causantes agotamiento prematuro porque se realizan en ambientes de radiación y altas temperaturas. La normativa (Decretos 4257/68 y 2338/69) prevé que los trabajadores pueden acceder a la jubilación a los 50 años de edad siempre que tengan 25 años de servicios en dicha tarea. En los casos en que los años servicios en estos regímenes sean inferiores (por ejemplo Ud. trabajó 7 años en Zapla) se puede completar lo que resta con servicios comunes y se prorratea la edad. Sin embargo, para Ud., este beneficio, de jubilarse antes es redundante, y no lo beneficia ya que pronto cumple 65 años.

Rosana López (Capital): me jubilé como docente en abril. Este mes me correspondía el aguinaldo y me pagaron la mitad. ¿A qué se debe?

Buen día Rosana. El aguinaldo es equivalente al 50% de la mayor remuneración mensual de cada semestre. Sin embargo, a Ud., como ha estado jubilada tres meses del semestre (abril, mayo y junio), le corresponde proporcionalmente la mitad. Es correcta la liquidación de su aguinaldo. En diciembre ya lo cobrará completo.

Luciana Alancay (La Silleta): tengo tres hijos de 6, 9 y 12 años y recibo la asignación universal. ¿Cuánto me tienen que pagar? Además, quisiera que explique de este plus de $7.000 que se está hablando.

Buen día Luciana. Los beneficiarios de la asignación universal por hijo tienen una cobertura de $4.500 por cada hijo. Sin embargo, le van a pagar el 80% de ese monto (son $3.600); el 20% restante se acumula para el 2022. Sobre el plus, le comento que no es algo nuevo, sino que se trata del 20% acumulado del año pasado, son $7.083 por cada hijo. El pago no es automático, debe presentar una declaración jurada a través de la página de Anses, sección Mi Anses, con clave de la seguridad social. Es muy sencillo. Quienes la presentaron en abril están cobrando desde el viernes pasado; si la presenta en este mes, cobrará en agosto. Finalmente, tenga presente que, como sus hijos son menores de 14 años, le corresponden $12.000 de la tarjeta alimentar.

 

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