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El cuidado de la casa común

* Columna de opinión de María Cristina Garros Martínez.
Sabado, 05 de junio de 2021 11:28

En este aniversario del medio ambiente, dispuesto por las Naciones Unidas, para recordarnos a todos los humanos que no somos los dueños y señores del planeta, sino simplemente habitantes de la tierra, en la que existe toda una biodiversidad que hay que cuidar. Y que esta “casa común”, como la denominó el papa Francisco, comienza en el hogar, el pueblo, la ciudad, el país y el planeta. Que si seguimos destruyéndolo como se lo hace hasta ahora, con los residuos de todo tipo, la emisión de gases efecto invernadero, la deforestación desmedida, la contaminación de las aguas, tanto de efluentes, río y océanos, la matanza de animales, el crecimiento de la pobreza, las guerras, este mundo desaparecerá como un lugar que favorezca la vida digna.
La democracia es fundamental para que la vida digna sea posible.
Pero esta democracia se va transformando, de aquella simplemente representativa, en que los habitante éramos simples ciudadanos y que solo votamos para elegir a quienes decidirán las políticas públicas, en la que el pueblo no delibera ni gobierna sino a través de sus representantes, por otra democracia donde se le incorporaron otros principios y valores, ha ido mutando desde hace ya un mediano tiempo y pasó a ser una democracia participativa, así lo declara nuestra Constitución Nacional al incorporar los tratados de Derechos Humanos , y nuestra Constitución provincial en varios de sus artículos.
Como consecuencia de esta incorporación de Tratados, y Acuerdos, en los que intervino Argentina, que afianzan el respeto a los derechos humanos de cumplimiento obligatorio, no solo es participativa, sino que las resoluciones que toman los representantes deben ser consensuadas, con la ciudadanía.
Así lo dice claramente el Principio 10 de Río+20, de la Conferencia de las N.U, de junio de 2012, en el que participaron representantes de nuestro país, y últimamente el Acuerdo de Escazú, ratificado por la Argentina con la ley 26.206, (aprobada por el Congreso por unanimidad, y que comenzó a regir el 22 de abril de 2021).
Este acuerdo tiene por objetivo profundizar la democracia latinoamericana, la cohesión social, afianzar la confianza en las decisiones adoptadas, eliminar asimetrías y prevenir conflictos ambientales. Contribuir a la implementación de la agenda 2030 para el desarrollo sostenible.
Es un Acuerdo Regional sobre acceso a la información, la participación pública, el acceso a la Justicia en asuntos ambientales en América Latina y el Caribe que señala cómo debe ser consultado el ciudadano, qué participación tiene que darse por parte de los gobiernos, y cómo acceder fácilmente a la justicia, si la administración no informa y garantiza la participación.
Ahora los representantes, tienen que consultar a los ciudadanos y, sobre todo, a los más vulnerables, entre los cuales están los pobres, las comunidades indígenas, las mujeres -tanto en casos particulares como generales- cuando tomen decisiones que involucre al ambiente. Y para que ello sea efectivo, debe informarles, claramente, no solo en casos particulares, sino cuando se dicten normas, reglamentos, o se tomen decisiones que los involucre y que el ambiente pueda ser afectado.
Los funcionarios no deben negar información salvo en casos excepcionales, previamente declarados, por una norma. No deben temerle a la opinión pública, si las cosas están bien hechas, y bien justificadas, claramente proyectas, y si se persigue el bien común.
El funcionario tiene la obligación de informar de manera clara, entendible, antes de tomar decisiones ambientales, durante la gestión, durante los controles. No hay razón valedera para esconder información cuando un ciudadano la requiera.
Cuando los ciudadanos acceden a la justicia, es porque ha fracaso la administración. O ésta a vulnerado claramente derechos que son constitucionales.

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En este aniversario del medio ambiente, dispuesto por las Naciones Unidas, para recordarnos a todos los humanos que no somos los dueños y señores del planeta, sino simplemente habitantes de la tierra, en la que existe toda una biodiversidad que hay que cuidar. Y que esta “casa común”, como la denominó el papa Francisco, comienza en el hogar, el pueblo, la ciudad, el país y el planeta. Que si seguimos destruyéndolo como se lo hace hasta ahora, con los residuos de todo tipo, la emisión de gases efecto invernadero, la deforestación desmedida, la contaminación de las aguas, tanto de efluentes, río y océanos, la matanza de animales, el crecimiento de la pobreza, las guerras, este mundo desaparecerá como un lugar que favorezca la vida digna.
La democracia es fundamental para que la vida digna sea posible.
Pero esta democracia se va transformando, de aquella simplemente representativa, en que los habitante éramos simples ciudadanos y que solo votamos para elegir a quienes decidirán las políticas públicas, en la que el pueblo no delibera ni gobierna sino a través de sus representantes, por otra democracia donde se le incorporaron otros principios y valores, ha ido mutando desde hace ya un mediano tiempo y pasó a ser una democracia participativa, así lo declara nuestra Constitución Nacional al incorporar los tratados de Derechos Humanos , y nuestra Constitución provincial en varios de sus artículos.
Como consecuencia de esta incorporación de Tratados, y Acuerdos, en los que intervino Argentina, que afianzan el respeto a los derechos humanos de cumplimiento obligatorio, no solo es participativa, sino que las resoluciones que toman los representantes deben ser consensuadas, con la ciudadanía.
Así lo dice claramente el Principio 10 de Río+20, de la Conferencia de las N.U, de junio de 2012, en el que participaron representantes de nuestro país, y últimamente el Acuerdo de Escazú, ratificado por la Argentina con la ley 26.206, (aprobada por el Congreso por unanimidad, y que comenzó a regir el 22 de abril de 2021).
Este acuerdo tiene por objetivo profundizar la democracia latinoamericana, la cohesión social, afianzar la confianza en las decisiones adoptadas, eliminar asimetrías y prevenir conflictos ambientales. Contribuir a la implementación de la agenda 2030 para el desarrollo sostenible.
Es un Acuerdo Regional sobre acceso a la información, la participación pública, el acceso a la Justicia en asuntos ambientales en América Latina y el Caribe que señala cómo debe ser consultado el ciudadano, qué participación tiene que darse por parte de los gobiernos, y cómo acceder fácilmente a la justicia, si la administración no informa y garantiza la participación.
Ahora los representantes, tienen que consultar a los ciudadanos y, sobre todo, a los más vulnerables, entre los cuales están los pobres, las comunidades indígenas, las mujeres -tanto en casos particulares como generales- cuando tomen decisiones que involucre al ambiente. Y para que ello sea efectivo, debe informarles, claramente, no solo en casos particulares, sino cuando se dicten normas, reglamentos, o se tomen decisiones que los involucre y que el ambiente pueda ser afectado.
Los funcionarios no deben negar información salvo en casos excepcionales, previamente declarados, por una norma. No deben temerle a la opinión pública, si las cosas están bien hechas, y bien justificadas, claramente proyectas, y si se persigue el bien común.
El funcionario tiene la obligación de informar de manera clara, entendible, antes de tomar decisiones ambientales, durante la gestión, durante los controles. No hay razón valedera para esconder información cuando un ciudadano la requiera.
Cuando los ciudadanos acceden a la justicia, es porque ha fracaso la administración. O ésta a vulnerado claramente derechos que son constitucionales.

"Debemos ser solidarios con nuestros hijos, nietos, vecinos y todos los seres humanos que vivimos hoy y cuidar el planeta". 

Para que esto sea efectivo, en este año se sancionó la ley 27.592 denominada ley Yolanda (por Yolanda Ortiz, quien fuera la primera ministra de Ambiente de la Nación, durante el gobierno del general J. D. Perón) que establece la formación integral en ambiente para las personas que se desempeñan en la función pública. Formación en valores, conocimientos y actitud para generar un modelo de desarrollo sostenible en el cambio climático, la protección de la biodiversidad, los ecosistemas, economía circular y desarrollo sostenible, más acceso a la información.
Es importante la existencia de un gobierno democrático con respeto de los poderes del Estado, en que la Justicia tenga real independencia para el ejercicio cabal de sus funciones.
Cuando la Justicia manda a cumplir con las leyes, no cogobierna, ejerce el derecho que tiene de hacer cumplirlas por la administración y por los particulares. Una circunstancia particular de este acuerdo de Escazú es la protección de los defensores del medio ambiente.
En un comunicado conjunto, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), su Relatoría Especial sobre Derechos Económicos, Culturales y Ambientales (Redesca) y las presencias de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en América Latina exhortaron a los Estados a cumplir con su deber de proteger la vida y la integridad personal de quienes defienden los derechos humanos y el medio ambiente.
Nuestra Constitución provincial tiene una particularidad que la distingue: pone la obligación de cuidar en primer lugar, y luego el derecho a un ambiente sano.
Debemos ser solidarios con nuestros hijos, nietos, vecinos y todos los seres humanos que vivimos hoy, aún con pandemia, y cuidar el planeta, y seamos solidarios con los hijos y todos los que van a nacer, las generaciones futuras. No les dejemos un planeta invivible, con más pobres, con guerras, sin paz, sin agua, sin bosques, sin alimentos, sin desarrollo sostenible, contaminado. Seamos responsables, seamos protectores de la vida de todos. Es un mandato legal, y también de valores, de principios, de amor por el prójimo.


* Abogada, directora del Instituto de Derecho Ambiental y de la Sustentabilidad de la Universidad Católica de Salta (Ideas), especialista en Derecho Administrativo y Derecho Ambiental.

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