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Los mismos jueces de la causa Rangeón juzgarán a su primo

Federico Sánchez está imputado de abuso sexual con acceso carnal. El modus operandi es el mismo por el que el productor de moda fue condenado.
Jueves, 04 de agosto de 2022 02:36

Luego del polémico fallo que el lunes 25 de junio dictó el tribunal de juicio compuesto por los magistrados Gabriela Romero Nayar (presidenta), Mónica Faber (vocal) y Pablo Farah (vocal interino) sobre la culpabilidad del productor de moda Pablo Marcelo Rangeón, a quien condenaron a siete años de prisión efectiva, ayer se dieron a conocer los fundamentos de la causa pero también otra información no menos importante: se sorteó el tribunal que juzgará a Federico Sánchez, primo hermano de Rangeón, y se trata de la Sala V, la misma que absolvió al productor de moda en cinco de los seis hechos de abusos sexuales por los que llegó a juicio.

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Luego del polémico fallo que el lunes 25 de junio dictó el tribunal de juicio compuesto por los magistrados Gabriela Romero Nayar (presidenta), Mónica Faber (vocal) y Pablo Farah (vocal interino) sobre la culpabilidad del productor de moda Pablo Marcelo Rangeón, a quien condenaron a siete años de prisión efectiva, ayer se dieron a conocer los fundamentos de la causa pero también otra información no menos importante: se sorteó el tribunal que juzgará a Federico Sánchez, primo hermano de Rangeón, y se trata de la Sala V, la misma que absolvió al productor de moda en cinco de los seis hechos de abusos sexuales por los que llegó a juicio.

En la nueva causa que ya fue elevada a juicio y ayer se conoció el tribunal que estará a cargo de las audiencias, tiene a un exrelacionista público conocido en la noche salteña, primo hermano de Pablo Rangeón, con quien mantenía un vínculo a pesar de que este último dijo en las audiencias no tenerlo, lo cierto es que más de una testigo dijo haberlos visto en los mismos boliches.

Federico Sánchez, quien actualmente goza del beneficio del arresto domiciliario, fue acusado por al menos tres mujeres de haberlas violado. Según expedientes investigativos a los que El Tribuno tuvo acceso, es grave el modus operandi que según las denunciantes utilizaba Sánchez para perpetrar el delito.

Encargado de la relaciones públicas de los boliches donde trabajó, personajes que en el ambiente de la noche suelen llamar RRPP y se encargan de llevar personas -mujeres y hombres- a los locales bailables, Federico Sánchez fue descripto por sus denunciantes como un hombre "buena onda", quien a través de su carisma lograba persuadir a sus víctimas hasta mantener cierta confianza.

Solía llevarlas al sector vip de los boliches donde les ofrecía tragos -bebidas alcohólicas- para luego retirarse y seguir "la fiesta" en otro ámbito. Sin embargo, en medio de esa odisea el sujeto fue denunciado de drogar a sus víctimas para luego abusar de ellas.

Esa misma modalidad fue la que terminó pesando en contra de Pablo Rangeón, condenado a siete años de prisión por ser autor material del delito de abuso sexual con acceso carnal a una joven a la que conoció una noche por intermedio de una amiga y a la que violó aprovechándose de su estado de indefensión.

Fundamentos

Los jueces de la Sal V del Tribunal de Juicio que condenó a Rangeón a siete años de prisión dieron a conocer los fundamentos del polémico fallo por el que fue absuelto por el beneficio de al duda en cinco hechos. Estaba acusado por abuso sexual con acceso carnal continuado contra S; abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de C: abuso sexual con acceso carnal y estafa contra Y; abuso sexual simple en perjuicio de L; abuso sexual simple continuado contra M y abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de C, todo en concurso real.

Los magistrados concluyen en sus fundamentos es que la primera denunciante se encargó de buscar al resto de las víctimas para llevar a Rangeón a juicio. Resaltan la falta de contundencia en las pruebas relacionadas a esos cinco hechos y que eso  no les permitió "erradicar las dudas" a la hora de emitir un fallo.

Hace un año y cuatro meses que Pablo Rangeón está privado de su libertad, tras la pena impuesta se prevé que el productor de moda podría estar preso unos dos o tres años y luego comenzar a gozar de beneficios -libertad condicional- previsto por la Constitución Nacional. Deberá pasar de la Alcaidía General al penal de Villa Las Rosas.    

"En conclusión, la decisión adoptada en los cinco hechos hasta aquí analizados, es producto de un examen racional y en mérito a considerar todas las pruebas legalmente incorporadas a juicio, porque en definitiva, como enseña Cafferata Nores, son las pruebas y no los jueces las que condenan (Cafferata Nores, José. "La prueba en el proceso penal", Ed. Depalma, pag. 6), pruebas que no solo no resultan concluyentes, sino, en muchos aspectos, contradictorias y por ello resultaron insuficientes para derribar el estado de duda del tribunal", sostienen los fundamentos.

"Nos encontramos ante un marco de duda insuperable, y, en función de la regla in dubio pro reo del artículo 1 inc. f del ordenamiento procesal, corresponde estar a la interpretación más favorable al imputado", fundamentaron los jueces en alusión a lo expresado por la primera denunciante.

El horror que sufrió una de las víctimas y fue condenado

Para los magistrados, el único hecho que con certeza quedó probado fue el abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de una de las seis mujeres que denunció a Pablo Rangeón y la única que no pertenecía al círculo de exalumnas o modelos del productor de moda.
Para los jueces fue un testimonio el que terminó confirmando las mentiras de Rangeón respecto al hecho, dado que la testigo en el Salón de Grandes Juicios dejó en evidencia “la falsedad de la declaración del imputado, de que él solo acercó a la denunciante hasta su domicilio, quedando expuesta también su mentira sobre el recorrido que hizo para dirigirse desde la plaza de la Legislatura (Balcarce y Leguizamón) hasta el barrio Tres Cerritos, ello en atención a las antenas que receptaron las llamadas”.

  Rangeón, primero se mostró quebrado y luego se fue insultando a las víctimas. Jan Touzeau  

Además, otra de las pruebas contundentes fue el peritaje del celular del imputado, donde se obtuvo un registro de llamadas salientes y entrantes del día del hecho -9 de noviembre de 2019- a partir de las 8. “Esta, prueba técnica y objetiva evidencia otra falsedad de los dichos de Rangeón”, apuntaron los jueces en sus fundamentos.
Tras aquella noche de horror, donde la víctima recuerda hasta que le dieron de beber un trago y fue al baño del boliche -Hakuna- donde se descompuso. Dijo haber despertado con un llamado telefónico de Rangeón que le dijo “te tengo filmada cómo gritaste anoche”. Se levantó asustada. Tenía cortes en sus piernas y un ojo morado, entre otras pruebas.     
 

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