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Respuestas previsionales

Domingo, 04 de junio de 2023 02:32

Sonia Caballero: recibo una jubilación mínima y desde este mes también la pensión por viudez de mi esposo, que también es una mínima. Quisiera que informe sobre los bonos de refuerzo si es que voy a recibir.

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Sonia Caballero: recibo una jubilación mínima y desde este mes también la pensión por viudez de mi esposo, que también es una mínima. Quisiera que informe sobre los bonos de refuerzo si es que voy a recibir.

Buen día Sonia. Esta semana se publicó la norma que pauta cómo será el refuerzo previsional para los próximos meses.

En el caso de aquellos beneficiarios que reciben hasta dos mínimas inicialmente era de 7.000 pesos hasta febrero, luego se redujo a 5.000 pesos en marzo y desde esa fecha no tendrá aumento al menos hasta agosto de este año. Es decir que en junio recibirá 5.000 pesos de refuerzo.

Edith Veleizan: me jubilé en Salud Pública y mi haber es del 40 por ciento de mi sueldo en actividad. Según me dijeron, es por los montos no remunerativos.

Buen día Edith. Para el cómputo del haber previsional se toman en cuenta los últimos 10 años de remuneraciones. Se toman solo los montos sujetos a aportes. Aunque actualmente se ha comenzado con un proceso de blanqueo para aquellos trabajadores que se acercan a la edad de jubilarse, se observa que muchos trabajadores de la salud pública provincial tienen montos en negro que representan en ocasiones el 30 por ciento del total.

Es preocupante la situación porque esto redunda en haberes previsionales muy bajos. Una vez jubilada la solución es hacer un reclamo administrativo y luego judicial.

Oscar Mamaní: tengo aportes como chofer de colectivos, calculo que tengo 27 años hasta que quedé cesante. Después seguí como chofer en turismo y tengo otro tanto. Cumplo 57 en agosto, ¿será que ya puedo jubilarme?

Buen día Oscar. La normativa vigente establece que "el personal que se desempeñe habitualmente como conductor de ómnibus o vehículos de transporte colectivo de personas, perteneciente a líneas regulares urbanas, interurbanas o de larga distancia", tendrá derecho a la jubilación con 55 años de edad, los varones, siempre que acrediten al menos 30 años de servicios con aportes en dicha tarea. Los aportes como conductor en turismo le van a servir pero como servicios comunes, es decir de 65 años de edad. De todas formas, por lo que usted comenta, como ya ha cumplido 57 años, ya estaría en condiciones de iniciar los trámites de su jubilación.

Roberto Cata Cata: siempre trabajé como peón rural. Quisiera saber los requisitos para jubilarme y qué documentación se requiere.

Buen día Roberto. Los trabajadores rurales tienen un régimen previsional con características especiales y pueden jubilarse a los 57 años (tanto varones como mujeres) si cuentan al menos con 25 años de servicios con aportes como trabajador agrario. Para acreditar el carácter rural de sus servicios tiene que presentar certificaciones de servicios y remuneraciones de las fincas donde trabajó en las que conste que era peón rural, también le servirán como prueba los recibos de sueldo o los comprobantes de afiliación a la obra social.

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