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Tarifazo de la luz: Una tasa abusiva en perjuicio de los usuarios

¿Con qué interés se recargan las moras al comercio?
Miércoles, 03 de abril de 2024 02:12

Los pesados aumentos con los que llegaron las facturas de Edesa el mes pasado sumieron a muchos usuarios del sector comercial en la imposibilidad de poder afrontarlos. Lejos de las reconsideraciones de fondo que pidió ante la situación de ahogo de muchos de sus asociados, la Cámara de Comercio de Industria de Salta solo obtuvo de parte de Edesa y del Enresp ofrecimientos que corrieron el foco del reclamo. Una de las opciones puestas sobre la mesa fue la posibilidad del pago de las facturas vencidas en tres cuotas sin recargos o hasta en seis con intereses. A muchos usuarios, como lo puso de manifiesto la dirigencia del sector gastronómico, les llamó la atención ese ofrecimiento, que implicaría una aceptación sin reservas de los conceptos facturados, a la par de suponer un creciente endeudamiento en el tiempo, dado los intereses moratorios que deberían afrontar los usuarios, a la par de las facturas que llegarían tan pesadas como las del mes vencido o acaso más cargadas por los aumentos adicionales que siguen latentes.

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Los pesados aumentos con los que llegaron las facturas de Edesa el mes pasado sumieron a muchos usuarios del sector comercial en la imposibilidad de poder afrontarlos. Lejos de las reconsideraciones de fondo que pidió ante la situación de ahogo de muchos de sus asociados, la Cámara de Comercio de Industria de Salta solo obtuvo de parte de Edesa y del Enresp ofrecimientos que corrieron el foco del reclamo. Una de las opciones puestas sobre la mesa fue la posibilidad del pago de las facturas vencidas en tres cuotas sin recargos o hasta en seis con intereses. A muchos usuarios, como lo puso de manifiesto la dirigencia del sector gastronómico, les llamó la atención ese ofrecimiento, que implicaría una aceptación sin reservas de los conceptos facturados, a la par de suponer un creciente endeudamiento en el tiempo, dado los intereses moratorios que deberían afrontar los usuarios, a la par de las facturas que llegarían tan pesadas como las del mes vencido o acaso más cargadas por los aumentos adicionales que siguen latentes.

Analizando los "intereses moratorios" que tendrían que abonar comercios en mora, se supo en estos días que Edesa vino aplicando durante años topes que superaron ampliamente el límite legal que impone la Ley 24240 de defensa del consumidor en servicios públicos domiciliarios, sin realizar ninguna diferenciación entre usuarios. Una fuente bien informada y digna de crédito afirmó que Edesa sí hizo diferencias entre usuarios residenciales y no residenciales para aplicar solo sobre los primeros el tope fijado en la citada norma de orden público (un 50% máximo por encima de la tasa pasiva para depósitos del Banco Nación) e imponer sobre usuarios de los sectores del comercio, la industria, la producción y los servicios intereses de hasta un 50% mayores que la tasa activa (para descubiertos) del mismo Banco. Si bien el Enresp se expidió al respecto en diferentes resoluciones, como la 1031 de 2009 y la 576 de 2016, la fuente señaló que la distribuidora siguió cobrando a usuarios comerciales intereses superiores a los que fija la Ley 24240.

En 2020, a través de su gerencia económica, el Enresp nuevamente constató la continuidad de cobros de intereses moratorios por encima del tope establecido en el artículo 31 de la citada ley, pero desde entonces se desconoce si la distribuidora persistió en lo mismo. Por esa conducta, desde el propio Ente se le había ordenado respetar el tope máximo fijado por la ley de defensa del consumidor, en julio de 2009, y aplicarlo para todos los usuarios del servicio, sin hacer diferencias, en julio de 2016.

 

 

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