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31 de Marzo,  Salta, Centro, Argentina
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La Justicia suspendió gran parte de la reforma laboral

Un juez frenó, en forma provisoria, más de 80 artículos tras una cautelar de la CGT.El fallo advierte un posible perjuicio para trabajadores y para sindicatos.
Martes, 31 de marzo de 2026 01:28
La Justicia avaló a postura de la CGT y suspendió una parte sustancial de la reforma laboral aprobada el 27 de febrero.

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La Justicia laboral suspendió, de manera provisoria, más de 80 artículos de la reforma laboral impulsada por el Gobierno Nacional, luego de una medida cautelar presentada por la CGT.

El texto firmado por el triunvirato de la central obrera, Jorge Alberto Sola, Octavio Argüello y Cristian Jerónimo, logró frenar una parte significativa de la Ley de Modernización Laboral (27.802) sancionada el pasado 27 de febrero.

El juzgado nacional del Trabajo, a cargo de Raúl Horacio Ojeda, advirtió sobre la posible "afectación de derechos constitucionales" y el riesgo de "perjuicio inminente" para los trabajadores. Por ese motivo, indicó la suspensión provisoria de los artículos cuestionados, hasta el momento en que se dicte la "sentencia definitiva".

En esa línea, Ojeda aseguró que esta cautelar tiene fundamentos por la "verosimilitud del derecho calificada" y porque, en el caso de aplicarse las normas establecidas en la ley, podría producirse una ruptura en los derechos laborales adquiridos.

En la cautelar, se aseguró que la CGT "posee legitimación activa para impugnar los artículos señalados", vinculados a los "derechos de sindicalización, negociación colectiva y huelga", teniendo en cuenta, también, los aspectos "individuales comunes y homogéneos" de los grupos de trabajadores, "cuya prestación se encuentra regulada" por las normas vigentes en nuestro país.

Por el momento, esta suspensión continuará siendo de carácter "provisorio", mientras se resuelve la cuestión de fondo sobre la constitucionalidad de la norma.

"Se peticiona la declaración de inconstitucionalidad de un grupo de disposiciones de la reciente ley 27.802 cuya determinación no corresponde al prieto marco de una medida cautelar. En esta etapa corresponde emitir una prudente consideración general que permita adoptar una decisión provisoria, para aguardar con paz social hasta la sentencia definitiva, luego de un debate más intenso", concluye el texto.

El cosecretario general de la CGT Cristian Jerónimo respaldó la decisión judicial y sostuvo que se trata de un fallo "contundente" en defensa de los derechos de los trabajadores. "Esta es una presentación que hizo la CGT y, como lo habíamos dicho cuando se aprobó la ley, íbamos a ir a la Justicia porque entendíamos que era inconstitucional y totalmente regresiva", dijo en declaraciones radiales.

"Esta ley tiene una redacción maliciosa y va en contra de la Constitución Nacional. Es algo muy alocado lo que hicieron", continuó Jerónimo.

Finalmente, apuntó contra gobernadores y legisladores que acompañaron la ley: "Muchos no cumplieron con su palabra, ya que habían dicho que no iban a acompañar nada que afectara a los trabajadores y terminaron votando esta ley tal cual la planteó el Gobierno", se quejó.

Capital Humano anticipó que apelará el fallo

El lunes comenzó con un revés en el terreno judicial para el Gobierno: el Juzgado Nacional del Trabajo N° 63 suspendió cautelarmente un conjunto de artículos de la Ley N° 27.802 de Modernización Laboral a raíz de una presentación de la CGT. El oficialismo promete trabajo con ejes puntuales para revertir el escenario.

"Vamos a ir hasta las últimas consecuencias", dijeron ayer fuentes libertarias al tanto de la estrategia jurídica tras el fallo. Al mismo tiempo, recalcaron la legitimidad parlamentaria de la normativa.

Por eso, la decisión será apelada, tal como comunicó el Ministerio de Capital Humano, con el patrocinio de la Procuración del Tesoro de la Nación. Trascendió que el Ejecutivo planteará objeciones formales y sustanciales contra la demanda de la CGT. Entre los argumentos, figuran la falta de legitimación activa de la central obrera para representar a todos los trabajadores, la inexistencia de un "caso o controversia" concreta y la defensa de la presunción de legitimidad de la actividad legislativa.

"El Ministerio rechaza los intentos de quienes, priorizando intereses corporativos y sectoriales, pretenden obstaculizar las reformas necesarias para superar el desempleo y el estancamiento que caracterizaron etapas anteriores de nuestra historia", recalcó la cartera a cargo de Santa Pettovello.

Lo que dijo el juez

El juez laboral Raúl Horacio Ojeda basó su decisión de suspender más de 80 artículos de la reforma laboral en cinco ejes: advirtió que aplicar la norma podría generar perjuicios graves y de imposible reparación ulterior; consideró adecuada la presentación judicial de la CGT; señaló la verosimilitud del derecho invocado en el control de constitucionalidad y convencionalidad reclamado por la CGT; detectó indicios serios y graves de ilegitimidad en los artículos cuestionados por la central obrera; y sostuvo que la medida no afecta el interés público, sino que aporta seguridad jurídica.

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