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Un matrimonio en la ciudad de Rosario tuvo en guarda a una nena por más de diez años. Al tiempo los cónyuges se divorciaron y la mujer obtuvo la adopción definitiva. Ahora el hombre deberá pagar por su cuidado al ser declarado ‘padre solidario‘ por la Justicia.
Es la primera resolución judicial que toma en cuenta la figura de “padre solidario”, que está incluida en el anteproyecto de unificación del Código Civil y Comercial y de Familia que se tramita en el Congreso Nacional.
El hombre, que no es considerado padre adoptivo ni padrastro, deberá destinar el 15 por ciento de sus haberes netos a la hija de 18 años que adoptó su ahora exmujer y cuya guarda tuvieron por más de diez años.
La nena había sido hallada en la calle con su madre biológica en estado de total abandono y fue derivada a un hogar de menores. Al tiempo la mujer solicitó la adopción pero la menor pidió llevar el apellido de su padre biológico y a continuación el de su madre adoptiva.