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El caso de Ivana es increíble por donde se lo mire. Ella es una mujer que siempre trabajó. Cuando era soltera presentó su carpeta en el IPV, en el año 2007. Su papá había trabajado durante toda su vida y con ahorros de ella compraron un terreno para una vivienda. Entonces le solicitaron al Estado la construcción de una casa.
Al año siguiente se casó y sumó a su esposo en la carpeta de solicitud. Tuvo dos niños con ese hombre, pero en 2012 la convivencia se complicó por la violencia de su esposo.
"En el segundo semestre de 2012 decidieron separarse y suscribieron un convenio, quedando la tenencia de los niños para la madre, debiendo el padre pasar los alimentos", dijo su abogada, Susana Aramayo.
Fue entonces que intervino la jueza de Familia I y se dispuso lo siguiente: la casa sería el hogar donde vivirían los niños, en compañía de su madre, y cuando estuviera en condiciones, sería escriturada a favor de los menores. Es decir que, aún cuando se trataba de un inmueble cuya naturaleza jurídica era un bien propio de la madre, ella acuerda con el padre de los niños que sería para ellos.
"Este convenio está homologado judicialmente por la Justicia, es decir que tiene fuerza de ley", aclaró Aramayo.
Tras un pedido de divorcio traumático, con promesas del hombre acusado de violento, con abandono de hogar y sin pasar la cuota alimentaria por seis meses, en julio de 2013 Ivana es llamada por el IPV para la adjudicación de su casa.
Ella pensaba que por fin salía "un arco iris en medio de tanta tormenta". Sin embargo, aquí comenzaron las verdaderas razones de este informe; más allá de la repudiable violencia de género que sufrió Ivana.
En las oficinas del Instituto Provincial de la Vivienda le exigieron a Ivana la firma de su exesposo en todos los requerimientos burocráticos.
Eso fue lo que resultó increíble y cuando comenzó a accionar Aramayo, en base a lo que establece la Ley 26.485; en especial en el artículo 6, párrafo B, donde habla específicamente de "violencia institucional".
"No sabés la humillación que es para una mujer que fue violentada física y emocionalmente, con un divorcio caótico, que le digan que tiene que buscar al exesposo para que firme y le entreguen la casa. Eso es violencia institucional", dijo la letrada.
Lo cierto es que la desidia y la falta de humanidad del IPV sirvieron como principal prueba para comprobar la violencia que sufrió la mujer por parte de un organismo estatal.
El 29 de julio de 2013 se dedujo el amparo ante el Juzgado Civil N´ 11, juez que denegó en primera instancia el mismo. La mujer fue por más y fue a la Corte de Justicia de Salta, que revocó la sentencia haciendo lugar al amparo, el pasado 5 de junio.
El IPV recibió entonces la primera sentencia sobre "violencia institucional" en contra de las mujeres y se ordena la entrega inmediata de la vivienda a Ivana.