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El lunes el gobernador Juan Manuel Urtubey y el jefe de Gabinete, Fernando Yarade, presentaron la nueva ley de “Promoción y Estabilidad Fiscal para la Generación de Empleo”. Ambos se refirieron a la “industria del juicio”, y señalaron que se contempla bajar la conflictividad laboral y abaratar los costos judiciales que puedan surgir, mediante el sistema de conciliación administrativa de conflictos laborales y la adhesión a la Ley nacional 27.348, complementaria de la ley sobre riesgos de trabajo. El gobernador destacó que en Salta ya se venían dando estas negociaciones, pero ahora tendrán un marco legal.
No se puede pretender que los altos funcionarios del Gobierno sean especialistas en derecho del trabajo y la seguridad social, pero sí que quienes los asesoran les transmitan una correcta información, para que a su vez no llegue distorsionada a los medios y sus audiencias.
A modo anecdótico señalemos que se “presentó” una ley que técnicamente no era tal, ya que recién fue publicada dos días después de tal presentación. Lo notable es que se ha confundido esta ley (que es la que adhiere a las modificaciones de la ley de riesgo de trabajo) con un proyecto (que aún no fue votado por ambas cámaras) que también busca la adhesión a otra ley nacional que establece el sistema de conciliación obligatoria. Veamos la ley que se aprobó y la que todavía está en la gatera.
Riesgos de Trabajo
Al referirse a esta ley el gobernador y el jefe de Gabinete hicieron referencias a la “industria del juicio”. Lamento desilusionarlos: nuestra provincia no solo carece -prácticamente- de industrias productivas: ni siquiera tenemos la “industria del juicio”. Basta con leer las estadísticas que suministra la Superintendencia de Riesgos de Trabajo (SRT) para advertir que Salta está entre las tres provincias, junto con La Rioja y Santa Cruz, con menor tasa de litigiosidad (0,5 juicios por cada mil trabajadores). Jujuy nos sextuplica (3,4); Misiones diez veces más (5,2); Córdoba 36 veces más (18,7) y CABA 42 veces (21,2). Al contrario, en Salta habría que preguntarse por qué tan pocos trabajadores acceden a la Justicia.
Esta ley de adhesión no favorece, como se pretende, -ni siquiera- a los empleadores. Las únicas beneficiarias son las ART, que el año pasado declararon ganancias fabulosas. En la mayoría de las provincias donde se produjo la adhesión a la referida ley se han producido fallos declarando su inconstitucionalidad. Como señalamos, el mandatario provincial señaló que (se reduciría la industria del juicio) “...mediante la adhesión de la Provincia a una ley nacional que pone como instancia obligatoria a la conciliación laboral antes de ir a juicio”. Destacó que Salta ya tiene un sistema similar, pero que ahora tendría un marco legal.
Aclaremos que nuestras provincias no tienen un sistema similar, ya que las audiencias de conciliación que lleva a adelante el Ministerio de Trabajo son totalmente voluntarias y funcionan con gran eficacia.
Lo que se propone el proyecto de ley (reitero: proyecto) es adherir a un sistema similar al que rige en Buenos Aires (extendido luego a otras provincias) y que fuera estatuido por Ley 24.635. Esta ley estableció el Seclo (Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria), que ha provocado gran controversia en las jurisdicciones en las que se aplicó. Muchos entienden que se trata de un paso meramente dilatorio, que diluye los créditos laborales, que se ven licuados gradualmente por la inflación.