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Carece de toda explicación lógica el recorte dispuesto por el Gobierno nacional en el régimen de asignaciones familiares (mediante decreto 702/18), salvo la lógica del Hood Robin (sacarle a los más pobres para beneficio de los más ricos). Si existen zonas de desamparo social en nuestro país ellas son precisamente en las que desde hace décadas se viene aplicando -pacíficamente- un régimen diferenciado de asignaciones familiares. En el mensaje del decreto -como alguien que trata de explicar lo inexplicable- se expresa en forma incoherente y contradictoria que "El Estado nacional (sic) debe impulsar políticas públicas destinadas a lograr equidad y solidaridad social en atención al uso racional, eficaz y eficiente de los recursos públicos. Que el Sistema de Seguridad Social es una herramienta indispensable para la redistribución de los recursos y sus procesos de modificación resultan una herramienta fundamental para asegurar que la cobertura alcance a la población para la cual se han diseñado las políticas públicas, actualizando las decisiones a la realidad imperante, tomando en consideración la sustentabilidad del régimen. Que, en este orden de ideas, deviene necesario adoptar un criterio uniforme que otorgue mayor homogeneidad en los beneficios asignados a las distintas jurisdicciones". Con aviesa intención se está omitiendo que el concepto de igualdad como lo sostiene tanto la Corte Suprema de Argentina, como la de EEUU no se reduce a un mero igualitarismo. Para la jurisprudencia constitucional argentina y estadounidense, el principio de igualdad también impone que situaciones desiguales sean tratadas de modo desigual por el legislador, el que se encuentra obligado a efectuar un tratamiento desigual respetando así la igualdad proporcional. Con relación a ello, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha sostenido que el principio de igualdad resultaría vulnerado "... si se contemplare en forma idéntica casos que entre sí son diferentes". Según la Corte Suprema de EEUU, a veces la mayor discriminación puede consistir en tratar cosas que son diferentes como si fueran exactamente iguales.
Tal es el estado de anomia en que vivimos los argentinos que hasta olvidamos leer (y obviamente aplicar) nuestra Constitución. Legisladores de distintas provincias, haciéndose eco del reclamo de las fuerzas vivas de sus regiones, han presentado proyectos para la "derogación inmediata" del decreto de marras. Olvidan que la cuestión es más profunda, ya que los distintos gobiernos nacionales continúan en una perpetua violación del artículo 14 bis de la Constitución Nacional. Efectivamente, el tercer párrafo de este artículo nos dice: "El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado...". Es decir, se está omitiendo la necesaria participación de las provincias y -lo que es más grave- que la administración de los entes de seguridad social esté a cargo de "los interesados" (con "participación" del Estado). En el debate de esta norma, el convencional constituyente Mario Giordano Echegoyen enfatizó: "La que el despacho propone no va a ser una entidad del Estado, sino que será administrada por los propios beneficiarios". Los memoriosos recordarán que hasta 1991 (cuando Menem crea la Anses), existían las Cajas de Asignaciones Familiares, que eran administradas por representantes de los trabajadores y de los empleadores.
Cabe agregar que el Gobierno mete mano en el único subsistema de la seguridad social que se autofinancia con sus propios recursos. Prueba de ello es que inicialmente las asignaciones familiares se financiaban con un 12% de contribución patronal. Años después se redujo al 9% ,y, hacia 1995, se le redujo el 1,5% que se destinó al seguro de desempleo. Con ese 7,5% no solo se continuaron pagando las asignaciones familiares de origen contributivo, sino que también absorbió (a partir de octubre 2009) la asignación universal por hijo (AUH) que le significa más del 40% de las erogaciones. Cabe aclarar que el recorte zonal no llegó a las AUH; pero no deja de resultar poco equitativo que se le recorte a quienes contribuyen con su trabajo a la existencia de esta asignación mientras no se modifica a quienes lo reciben como un beneficio asistencial.