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Caso Galleguillos: admiten recurso de inconstitucionalidad

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Domingo, 28 de julio de 2019 00:03
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La Corte de Justicia de Salta concedió, con efecto suspensivo, el recurso de inconstitucionalidad que fuera planteado por los concejales Griselda Galleguillos y Guillermo Galleguillos contra la resolución 61/18 del Concejo Deliberante de la Municipalidad de Rosario de Lerma.

La resolución había sancionado al concejal Guillermo Galleguillos con la quita del 25 por ciento del total que percibe en concepto de remuneración, por diciembre de 2018 y enero de 2019, en tanto que dispuso también que Guillermo Galleguillos y Griselda Galleguillos deberían presentar un certificado de aptitud psicológica.

Ambos impugnaron dicha disposición por la vía del recurso de inconstitucionalidad.

La Corte de Justicia recordó que "los cuestionamientos contra las decisiones adoptadas por los concejos deliberantes en el proceso político de remoción o sanción de concejales tienen prevista, en el recurso de inconstitucionalidad del artículo 297 del Código Procesal Civil, la vía idónea para demandar el control sobre actos de esta naturaleza".

¿Y ahora quién arregla el desastre ?

Por Daniel Chocobar

Si bien la Corte de Salta no se expidió sobre la cuestión de fondo en el escándalo político ocurrido en el seno del Concejo Deliberante de Rosario de Lerma, la admisibilidad que el órgano de Justicia le dio al recurso interpuesto por los concejales Galleguillos es un claro indicio de las arbitrariedades que podrían estar ocurriendo en ese cuerpo deliberativo.

La Justicia entiende que el pedido de inconstitucionalidad sobre una resolución emitida por el Concejo en contra de los dos ediles es, por lo menos, atendible y el fallo de carácter suspensivo establece que, en adelante y hasta que el caso se dilucide, deberán pagarle a los hermanos Galleguillos la totalidad de sus dietas y que no será necesario que presenten un certificado de salud mental.

Este primer triunfo que consiguieron los concejales afectados por la determinación mayoritaria de sus pares no establece, sin embargo, que deben reintegrarles los montos que ya les fueron descontados y que, increíblemente, fueron donados a una institución benéfica. 

Pero es ese punto sin dudas el que traerá de arrastre las consideraciones más inauditas sobre una actitud que surgió desde un estamento democrático, pero con una pasmosa evidencia de autoritarismo e intolerancia en contra de dos representantes elegidos por el voto popular. 

Mal que le pese a la mayoría de los concejales de Rosario de Lerma, los hermanos Galleguillos fueron votados por un importante número de vecinos de esa localidad. Y si no cumplen con las funciones para las que fueron elegidos, existen mecanismos que la Constitución establece para removerlos de sus bancas. La cuestión de fondo quedará para más adelante y seguramente sentará jurisprudencia. 

Una actitud corporativa e inoperante desencadenó este escándalo que ahora deberán subsanar con la misma celeridad con la que tomaron la negligente decisión. Sería un absurdo pedirle a la institución benéfica que devuelva los fondos que le fueran donados. Es de suponer que, una vez más, el Estado deberá pagar por las actitudes irresponsables de quienes lo administran. 

Pero sería bueno que paguen aquellos que se precian de democráticos, pero que usan a la democracia como instrumento para cumplir con su cuota de intolerancia y ocultar su enorme incompetencia.

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