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6 de Septiembre,  Salta, Centro, Argentina
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Asignaciones familiares y discapacidad

Viernes, 09 de agosto de 2019 23:46
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Marcela Delgado (Tartagal)
Por favor informe sobre los nuevos valores de asignaciones familiares.

Hola Marcela: Desde el 1 de septiembre aumentan las asignaciones familiares. Se trata del tercer aumento del año de acuerdo a la vigente Ley de Movilidad.

Es un aumento del 12,2% que modifica tanto los montos como las distintas franjas de ingresos familiares. El monto mensual que los trabajadores en relación de dependencia y monotributistas reciben por hijo pasará de los $ 2.250 actuales a $ 2.525. Esto, para aquellas familias cuyos ingresos familiares no excedan los $ 39.139. La segunda franja de ingresos llega ahora hasta los $57.403 y la cobertura por hijo será de $1.515. La siguiente franja llega a $ 66.724 y la cobertura asciende a $914. 

En tanto el máximo, lamentablemente, no ha aumentado y seguirá en $107.658 de ingreso familiar mensual, siempre y cuando ninguno de los cónyuges cobre más de la mitad de esa cifra, es decir $53.829. 

Lo que ocurre es que con los aumentos que surgen de paritarias cada vez más familias superan ese monto y dejan de percibir el salario familiar.

Finalmente es importante mencionar que las asignaciones universales no tienen aumento en septiembre. 

Recuerde que el Gobierno de la Nación dio en marzo un aumento anticipado de 46% para todo el año para los beneficiarios de las asignaciones universales, que de corresponder será revisado en diciembre próximo.

Elida Villa (Capital)
Falleció mi madre jubilada y en la familia hay un hermano con discapacidad, ¿mi hermano podrá recibir la pensión?

Buen día Elida: Lamento mucho su pérdida, en principio podría recibir la pensión derivada de su madre. Le comento. La Ley 24.241 establece que los hijos con discapacidad pueden recibir la pensión aunque sean mayores de 18 años.

Algunas cuestiones para considerar. En primer lugar, el hijo debe encontrarse incapacitado a la fecha de fallecimiento del jubilado o bien al momento de cumplir los dieciocho (18) años de edad. 

También debe haber estado a cargo del beneficiario fallecido. Esto último se acredita con alguna de estas condiciones: 1) vivir en casa del causante, 2) encontrarse bajo su cuidado exclusivo, 3) no desempeñar tareas laborales (sí se aceptan aquellas tareas remuneradas, en el marco del sistema integral de protección integral a personas con discapacidad).

Para tramitar la pensión, antes de pedir el turno, deberá estar acreditada en Anses la defunción de su madre y el vínculo de ésta con su hermano discapacitado (mediante el acta de nacimiento).

Esther Díaz (Rosario de Lerma)
Quisiera que informe si ya se sabe algo del aumento próximo para jubilados docentes.

Buen día: Aún no está publicado de cuánto será el segundo aumento del año para jubilados docentes que se paga a partir del 1 de septiembre. 

El aumento que no es equivalente a la movilidad general se conocerá en las próximas semanas. Usualmente Anses lo publica en los últimos días del mes de agosto. Le estaremos informando Esther.

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