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Repatriados deben declarar domicilio para el aislamiento

El Gobierno recordó que tienen que cumplir con los 14 días de reclusión.
Domingo, 12 de abril de 2020 01:28
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El Ministerio de Salud Pública recordó a la población que está vigente la obligación de cumplir el aislamiento domiciliario obligatorio por 14 días establecido por el Decreto de Necesidad y Urgencia 260 del Poder Ejecutivo Nacional, emitido el 12 de marzo, para personas que arriben al país, en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia de COVID-19.

Dichas personas deben completar la Declaración Jurada de Cumplimiento de Aislamiento Obligatorio, que se encuentra en el sitio web oficial del Gobierno de Salta http://www.sal ta.gov.ar/

El formulario está disponible en el inicio de la página (Home). Allí se debe escribir sobre los campos con los datos personales del declarante, domicilio donde cumplirá el aislamiento, y las fechas de inicio y finalización del mismo. Una vez completados todos los datos requeridos, se debe guardar el formulario.

Más de 6.200 salteños fueron repatriados desde 12 de marzo hasta el 8 de abril, de acuerdo a los gráficos que difundió el viernes presidente Alberto Fernández, durante una conferencia de prensa donde anunció la ampliación del aislamiento social obligatorio. Con 6.282 repatriados, Salta ocupa el séptimo lugar entre las provincias que más repatriaron personas desde el pasado 12 de marzo. Los repatriados totales suman 217.105 personas. Otro de los gráficos mostraba la cantidad de repatriados desde el 25 de marzo al 8 de abril. En esta filmina, Salta ocupaba el décimo lugar con 337.

Sanciones

"El falseamiento, ocultamiento o la omisión de datos, dará lugar a la aplicación de sanciones establecidas por el Comité Operativo de Emergencia provincial en la Resolución 8/20 y con arreglo a las disposiciones del Código Penal Argentino", comunicaron desde el Gobierno.

Las personas que arriben o arribaron al país tras andar por "zonas afectadas" por el coronavirus, deberán también brindar información sobre su itinerario, declarar su domicilio en el país y someterse a un examen médico lo menos invasivo posible para determinar el potencial riesgo de contagio y las acciones preventivas a adoptar que deberán ser cumplidas, sin excepción.

"No podrán ingresar ni permanecer en el territorio nacional los extranjeros no residentes en el país que no den cumplimiento a la normativa sobre aislamiento obligatorio y a las medidas sanitarias vigentes, salvo excepciones dispuestas por la autoridad sanitaria o migratoria", remarcaron desde el Gobierno.

También en el inicio (Home) del sitio web http://www.salta .gov.ar/ está disponible la Declaración Jurada de Circulación, para personas exceptuadas del aislamiento social obligatorio por razones laborales u otras comprendidas en las medidas del Gobierno nacional.

 

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