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Debate sobre la edad de imputabilidad

Este es uno de los temas que se reinstalan en la agenda.
Domingo, 10 de diciembre de 2023 01:32
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El nuevo código que rige en Salta tiene que ver con los procedimientos que se aplican al tramitar las causas y, por lo tanto, no modifica aspectos que deben debatirse en el Congreso de la Nación, como la edad a partir de la cual un adolescente puede ser imputado por un delito.

Este es uno de los temas que se reinstalan en la agenda pública periódicamente y que resurgió en este año electoral, a partir de la propuesta de sectores que consideran que poder juzgar y encarcelar más temprano es una solución a problemas como la inseguridad.

Actualmente la edad de imputabilidad es a partir de los 16 años, aunque hasta los 18 años los acusados reciben un tratamiento que debería ser diferente al de los adultos y darse en el marco de la justicia penal juvenil.

La jueza penal juvenil Nº 1, Tatiana Dip Torres, señaló que las estadísticas a nivel nacional marcan que la mayoría de los chicos en conflicto con la ley penal no cometieron delitos de extrema gravedad y que la mayoría tiene acusaciones por delitos contra la propiedad, como robos.

"Lo que se planteaba en su momento es poder hacer una baja de la edad de imputabilidad en delitos graves o el más grave que establece el Código Penal, que es el homicidio. Es un debate que ha quedado abierto y me parece que estaría bueno poder retomarlo, sobre todo en lo que tiene que ver con la visión de una justicia más restaurativa, que no lo establece la ley nacional, que sí lo establecen los estándares internacionales y deberíamos acoplarnos a esas nuevas visiones", dijo Dip Torres.

Con respecto al tratamiento de los menores de 16 años que cometen delitos, el Código Procesal Juvenil que empezó a regir en Salta implica algunos cambios.

"En el caso de que un adolescente de menos de 16 años cometa un delito, el juez no va archivar las actuaciones como si no hubiera pasado nada, sino que la ley ha adoptado el criterio de que el juez tiene que investigar para determinar si el hecho o lo que se ha denunciado ha ocurrido o no", explicó Carina Quinteros.

Para estos casos se prevé un proceso en el que un juez va a ordenar informes interdisciplinarios para conocer cuál es la situación social del adolescente y su grado de madurez.

"Se les va a dar la oportunidad de que ejerzan su derecho a ser oído, o sea, de que voluntariamente pueda presentarse ante el juez y decir, ´bueno, yo he cometido o no he cometido este hecho que se me atribuye", sostuvo la asesora No es una audiencia de imputación ni una audiencia indagatoria, como ocurre con las personas mayores de edad, sino una oportunidad para que los escuchen.

La asesora planteó que no dar la oportunidad de que el adolescente acusado de un delito pueda expresarse sería apartarse del espíritu de la Convención sobre los Derechos del Niño.

Una vez que el juez tenga la posibilidad de escuchar a la víctima, debe establecer si el hecho se cometió o no, más allá de que el acusado sea no punible.

Cuando se determina que sí hubo un delito, el juez tiene la facultad de disponer medidas socioeducativas después de haber hecho un abordaje social e interdisciplinario.

Para aplicar el nuevo código se creó una fiscalía penal juvenil que se suma a otras dos que ya existían. Se debe abrir una más, para la cual ya se está concursando el cargo.

La ley prevé la creación de juzgados especializados en el interior. Ahora los jueces de menores que trabajan en el interior pasarán a ser jueces penales juveniles con funciones de jueces de garantías.

En las causas en las que hay mayores y menores de 18 años acusados, investiga el fiscal de adultos. Los jueces penales juveniles intervienen en relación los pedidos de privación de la libertad de adolescentes.

 

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