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Respuestas previsionales

Domingo, 08 de diciembre de 2024 01:23
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En su columna semanal, Ernesto Martínez responde a consultas clave de jubilados y beneficiarios sobre trámites y derechos vinculados a pensiones, subsidios de PAMI y asignaciones universales. En esta edición, aborda temas como la suspensión de pensiones no contributivas por discapacidad, los requisitos para acceder al descuento del 100% en medicamentos de PAMI, y el plazo límite para la presentación de la libreta de la Asignación Universal por Hijo (AUH).

Katia Sanjinés: Mi papa cobra una pensión por discapacidad, Pero ahora parece que se la han suspendido y no sabemos bien porqué. Le agradezco si puede ayudarnos.

Buen día Katia. De acuerdo a diversas normas, una de las más recientes el Decreto 843/24, se comenzaron a realizar cruces de datos sobre las Pensiónes No Contributivas por Invalidez Laboral que se encuentran sujetas tanto a revisión y/o auditoría médica como socioeconómica.

ANSES comienza a realizar cruces de datos para verificar ingresos y bienes no sólo del titular de la pensión, sino también de su grupo familiar. El beneficiario no puede tener familiares que estén obligados a brindarle atención alimentaria. O bien, en caso de tenerlos, éstos tienen que estar imposibilitados de hacerlo. Otra cuestión a tener presente es la incompatibilidad de la invalidez con el empleo formal: cualquier actividad laboral registrada será motivo de baja del beneficio. Algo que es nuevo, es que se va a comenzar a cruzar son los movimientos financieros significativos a través de billeteras virtuales y tarjetas de crédito. Finalmente, está la obligación de residencia: los titulares de pensiones no contributivas no pueden permanecer fuera del país por más de tres meses consecutivos. Si exceden ese plazo ANSES suspende el beneficio. En estos casos es importante reclamar ante la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) para que se revise el caso. Se determinará si hay alguna justificación, si se trató de un error o si efectivamente se incumplieron las condiciones.

"PAMI simplificó el trámite del subsidio social, eliminando la declaración jurada"

Mirta Sajama: Por mi haber de jubilación PAMI me va a quitar el descuento en los remedios. Quisiera saber en que quedó el subsidio social. A mí se complica hacer esos trámites.

Buen día Mirta. Después de las numerosas críticas, PAMI decidió simplificar el trámite del subsidio social para mantener el descuento del 100%. Desde el viernes pasado, ya no es necesario descargar, completar y cargar la declaración jurada. Solo debe acercarse a la agencia de PAMI con DNI y credencial, y si está en condiciones de recibir el subsidio social, lo tramita en el momento. Si requiere hasta 4 medicamentos y le corresponde el subsidio, se le aprueba y puede ir directamente a la farmacia a retirarlos. En caso de necesitar 5 o más medicamentos debe acercarse a la agencia con el formulario completado por el médico de cabecera que respalde la solicitud. También se puede hacer el trámite por página web.

"La Anses evalúa ingresos, bienes y movimientos financieros para mantener pensiones".

Sabrina Campos: Quisiera saber si se mantiene el plazo para presentar la libreta de la asignación universal. A mi se me complica porque trabajo en una casa cuidando un chico con discapacidad.

Buen día Sabrina. Hay tiempo hasta el 31 de diciembre para presentar la libreta de la AUH. Si la presenta acreditando asistencia escolar, controles médicos y vacunas al día le acreditarán el 20% acumulado del año anterior. Le sugiero hacerlo a la brevedad. Se puede hacer de manera presencial sin turno en cualquier oficina de ANSES. Aunque quizás le resulte más cómodo hacerlo de manera virtual desde su casa.

Para hacer el trámite online hay que ingresar página Mi ANSES con CUIL y Clave de la Seguridad Social, seleccionar la opción «Libreta AUH», descargar y completar el formulario y así generar la Libreta e imprimirla. El siguiente paso es la certificación de los datos, es decir llevar el formulario a la escuela y al centro de salud para que lo completen y sellen. Finalmente debe "subir" la Libreta cargando una foto nítida del documento certificado en la misma página de ANSES. Diciembre es el último mes para tramitar el 20% de retención. Vencidos el plazo se perderán esos fondos.

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