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El creciente hostigamiento a la oposición y la descalificación a exfuncionarios por parte del gobierno generó un clima político donde la regla es el apartamiento y denostación de quienes tienen alguna diferencia con el presidente de la Nación.
En este clima, la discusión política de los seis primeros meses del gobierno del presidente Milei decantó en un tema sustancial: la tensa relación institucional entre los poderes del estado, en particular entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo.
Decimos sustancial, porque se acabaron las réplicas a los insultos e improperios y empezaron a sucederse hechos políticos, que a modo de respuesta marcan el espacio donde deben discutirse los asuntos que deciden sobre la hacienda pública y la convivencia política.
Uno de estos hechos políticos fue la sanción de la "Ley 24.241 del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones. Modificación", sancionada con los dos tercios de los votos. Es decir, con 160 votos afirmativos y 72 negativos del total de 232 presentes.
La repuesta del gobierno fue declarar que vetará esta ley y cualquier otra que atente contra el déficit fiscal.
Esta es la realpolitik que, en una de sus acepciones, se refiere a la postura que adopta un país cuando protege sus intereses nacionales. En este caso, el interés fue el de proteger a un sector al que se le licúo más de 30% de sus haberes para enjugar el gasto público.
Esta política realista, llevada adelante por los dos tercios de los legisladores es igual al número que se necesita para insistir ante un eventual veto presidencial.
Hasta aquí los hechos, de ellos surgen varías preguntas: ¿el veto presidencial será efectivo y no habrá ley? Ante un eventual veto ¿podrá insistir con la ley el congreso?, ¿se logrará reunir nuevamente los dos tercios para insistir?, ¿esta situación denota fragilidad política del gobierno?
Una aproximación a las repuestas de estos interrogantes, la podríamos encontrar recordando los antecedentes de los vetos presidenciales, el proceso del veto y cuál es el espíritu de la facultad presidencial del veto.
Vetos presidenciales
El veto presidencial es una prerrogativa del presidente de la Nación que fue usada, en los últimos cuarenta años, por todos los presidentes, a saber:
* Carlos Saul Menem: desde 1989 a 1999, vetó 195 leyes.
* Raúl Alfonsín, desde 1983 al 1988, vetó 49 leyes.
* Fernando De la Rúa, desde 1999 a 2001, vetó 46 leyes.
* Eduardo Duhalde, desde 2002 a 2003 vetó 37 leyes.
* Néstor Kirchner desde 2003 a 2007, vetó 38 leyes
* Cristina Fernández de Kirchner desde el 2007 al 2015 vetó 21 leyes.
* Mauricio Macri desde el 2015 al 2019 vetó 7 leyes.
* Alberto Fernández dese el 2019 al 2023 vetó 1 ley.
El proceso de observación de las leyes o veto: como sabemos, por el proceso de formación y sanción de las leyes, una vez que el Congreso sanciona un proyecto de ley, esta pasa al Poder Ejecutivo. El poder ejecutivo tiene diez días para promulgarla y hacerla publicar en el boletín oficial o bien para vetarla en forma parcial o total. Si la veta, la ley vuelve a la Cámara de origen y luego pasará a la Cámara revisora. Ante un veto del poder ejecutivo, el Congreso tiene dos posibilidades: aceptar el veto o insistir. Si acepta el veto, es como si el proyecto nunca existió y no se puede volver a presentar durante las sesiones de este mismo año. Si el Congreso insiste, con dos tercios de ambas cámaras, el veto queda desactivado, se ratificará el proyecto inicial y este se convierte en ley. El poder ejecutivo está obligado a promulgarlo y publicarlo.
En síntesis, el hecho de que una ley sea vetada no quiere decir que no pueda ser aprobada.
El espíritu del veto
En su origen, el veto presidencial se pensó como una facultad para obligar el consenso entre los poderes ejecutivos y legislativos. El presidente cuando veta una ley lo debe hacer de forma fundada y razonada, explicitando los argumentos. Además, el veto debe ser utilizado en determinadas circunstancias.
En este sentido, un argumento principal para utilizar el veto podría ser que al impedir la sanción de una ley – aprobada por el congreso – se estaría protegiendo los derechos del estado o de las personas. Cuando el veto se refiere a derechos, es factible que la justicia lo controle. Además, el poder ejecutivo no puede utilizar el veto de manera automática para obstruir el congreso.
El estratégico tercio
El recurso político para mantener vigente el veto presidencial, va de la mano de tener más de un tercio de los legisladores propios en el Congreso. Este número impide que el congreso reúna los dos tercios necesarios para insistir con una ley sancionada y vetada por el poder ejecutivo.
La ausencia de este recurso político, el de bloquear con legisladores propios, implica restricciones que no tuvieron ninguno de los presidentes en los últimos cuarenta años de democracia en Argentina. Esta limitación la tuvieron, también, otros presidentes en la región; tales como el expresidente peruano Pedro Castillo en 2022, el expresidente ecuatoriano Jorge Glas en 2018, la expresidenta brasilera Dilma Rousseff en 2016, el expresidente Guatemalteco Otto Pérez en 2015 y el expresidente paraguayo Fernando Lugo en 2012.
Todos ellos fueron destituidos, luego de poner en marcha los procesos de destitución previstos en la constitución de sus respectivos países.
Las limitaciones políticas
En suma, la sanción de la "Ley 24.241 del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones. Modificación", sancionada con los dos tercios de los votos y la aprobación de Ley Bases con las reformas realizadas por el senado, denota la voluntad de acuerdo de los legisladores.
En este sentido, remarcando la voluntad de acuerdo del congreso, no debemos ignorar las limitaciones políticas del presidente de la Nación y reconocer una marca de origen del actual gobierno: no cuenta con el tercio de diputados propios para bloquear insistencias ante un veto o ante la nominación de un presidente de comisión de la cámara de diputados.
Un ejemplo de estas restricciones fue la nominación del presidente de la Comisión de Juicio Político que, por la impericia propia y por el oportunismo de la oposición, se resolvió con la designación de una diputada que no contaba con la anuencia de la LLA.
Esta nominación fue tildada de ilegal por el presidente de la Cámara de Diputados, pero la verdadera causa fue que esta comisión es la llave de la puerta de entrada a un juicio político y no puede ser presidida por quien no tiene la confianza presidencial.
En síntesis, la realpolitik intima a oficialistas y opositores a no ignorar la realidad política, porque "Toda realidad ignorada prepara su venganza" como nos recuerda Ortega y Gasset en uno de los párrafos finales del «Epílogo para ingleses» de su Rebelión de las masas.