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La fiscal que fue más fuerte que la corrupción

La destituyeron por lograr la condena a prisión del ex gobernador entrerriano Sergio Urribarri. No se rindió.
Viernes, 13 de marzo de 2026 01:11
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Cecilia Andrea Goyeneche integra el Ministerio Público Fiscal de la Provincia de Entre Ríos. Ocupa el cargo de Procuradora Adjunta Anticorrupción desde antes del año 2021. En una de las causas en las que intervino, el ex gobernador de la Provincia, Sergio Urribarri fue investigado en su fiscalía; luego la causa fue elevada a juicio; fue condenado; parte de su condena la cumplió privado de su libertad.

El 30 de noviembre del año 2021, el Jurado de Enjuiciamiento de la Provincia destituyó a Goyeneche de su cargo. Ella recurrió ante el Superior Tribunal de Justicia local, que rechazó la impugnación. Entonces, debió acudir como última opción ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, mediante el recurso extraordinario. El día 6 de diciembre del año 2024, el más Alto Tribunal resolvió a su favor y anuló todo lo actuado en el caso, a partir de la integración del primer órgano juzgador -el Jurado de Enjuiciamiento-; ordenó que las actuaciones bajen al tribunal de origen a fin de que se dictara un nuevo pronunciamiento, con arreglo a lo resuelto por el Superior.

Desde entonces, el tiempo pasó y recién el 27 de febrero de este año, el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, integrado por conjueces, porque los titulares se excusaron, dictó sentencia y anuló la destitución de la fiscal Goyeneche. Entre otros motivos, en la nueva sentencia se dijo que durante la actuación del Jurado que desplazó a la fiscal se violaron gravemente las reglas del debido proceso y la garantía de defensa en juicio, porque el tribunal que juzgó el caso no fue imparcial.

Específicamente sobre el último aspecto, el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos dijo que dos de los integrantes del Jurado ya habían intervenido como jueces en distintas etapas en una causa por la que se denunció a la fiscal. Otro de los integrantes no debió intervenir porque ya lo había hecho en un proceso de amparo, en el se discutía el mismo tema que en el jurado. Ese mismo juez tampoco debió intervenir porque, en una causa anterior, la fiscal Goyeneche había acusado a uno de los hijos de ese magistrado por varios delitos de corrupción.

Además, en la sentencia se objetó que, al principio del proceso de enjuiciamiento, se había apartado a todo el Ministerio Público Fiscal de la Provincia por "falta de objetividad" y se dispuso que actuara como fiscal ad-hoc un abogado de la lista de conjueces. Esa decisión fue calificada de manifiestamente ilegítima y arbitraria. En síntesis, se anuló todo el proceso de enjuiciamiento porque el jurado era parcial y porque el órgano acusador era ilegal.

La fiscal había sido denunciada por varios abogados de la matrícula, quienes le cuestionaron no haberse apartado de una causa conocida en la Provincia como la de los "contratos truchos" (sic), en la que estaba involucrado un abogado amigo del marido de la fiscal. También la cuestionaron porque ella y su marido habían comprado dos propiedades de una construcción en pozo. Esto se supo cuando se ordenó un embargo sobre los departamentos.

Antes de ser denunciada, la fiscal había investigado al exgobernador Sergio Urribarri. En el caso de los contratos, se investigó el desvío de fondos de la Legislatura de Entre Ríos a la política, mediante la contratación ficticia de personal. En el mismo año en el que se pidió su destitución, el exgobernador fue condenado a ocho años de prisión por causas popularmente conocidas como "la de la vaca", la del "sueño entrerriano"; por la contratación injustificada de publicidad en medios nacionales y lo que es más, por la instalación de paradores turísticos en Mar del Plata, en plena temporada veraniega, con el objetivo de instalar la precandidatura presidencial del mismo Urribarri. Tres años después, en 2025, fue liberado de su prisión.

Estos más de cuatro años de la fiscal transcurrieron en su mayor parte pidiendo justicia para su caso. Obviamente, se presentó el recurso correspondiente ante el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia y además, se hicieron presentaciones ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Relatoría de la Organización de las Naciones Unidas.

Lo más importante, Goyeneche recurrió la sentencia adversa del Superior Tribunal local, ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Como corresponde, algunos de los motivos para recurrir no fueron admitidos en la máxima instancia porque no estaban lo suficientemente expuestos o bien, demostrados. La Corte Suprema es muy exigente con las formalidades en esa clase de exposiciones de las partes que piden su intervención.

En cambio, la Corte sí compartió lo que se dijo respecto de la decisión ilegal que tomara el Jurado sobre el fiscal de ese caso. En efecto, dispuso que todo el Ministerio Público Fiscal de Entre Ríos no podía actuar libremente; entonces, habría un fiscal ad-hoc, que fue un abogado elegido de la lista de conjueces del Superior Tribunal.

También compartió que varios de los integrantes del Jurado debieron haberse excusado de intervenir en el caso contra la fiscal, por distintos motivos: por haber intervenido en causas relacionadas, por ejemplo, una acción de amparo; porque la fiscal había acusado a un hijo de otro de los jueces; porque otros dos jueces incurrieron en prejuzgamiento, en la evaluación inicial que hicieron para iniciar el proceso de enjuiciamiento; finalmente, porque otros dos jueces intervinieron en la causa conocida como "Beckman", por la que luego se denunció a la fiscal.

Llegados a este lugar de esta nota, el lector debe saber que, como regla, los enjuiciamientos de jueces y fiscales provinciales no son tratados en el más Alto Tribunal, que prefiere dejar todo ese tema en manos de las cortes de las provincias. Sólo lo hace en casos de extrema gravedad, como último refugio de los ciudadanos en contra de las arbitrariedades, las sinrazones y el desvío de poder, como parece haber sucedido en este caso.

Para expresarlo con más propiedad, la Corte Suprema fue muy crítica con el máximo tribunal entrerriano, al que le cuestionó el excesivo rigor formal con que rechazó ciertos argumentos sólidos de la fiscal, que se relacionaban, nada menos, con claros preceptos constitucionales: el debido proceso regular y legal, la garantía de la defensa en juicio y la imparcialidad del juzgador.

Al quedar sin sustento la iniciación del proceso de enjuiciamiento desde sus mismos orígenes, por lo sucedido con varios de sus integrantes; y lo que se dispuso como creación pretoriana sobre el fiscal del caso, la Corte anuló todo lo actuado y ordenó dictar una nueva resolución, que respete sus argumentos. Como es habitual, la Corte no se pronunció sobre el fondo del asunto, es decir, si la fiscal estuvo incursa en la irregularidad que se le atribuyera.

Tal como se dijo al principio de esta nota, el 27 de febrero pasado, el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos, integrado por nuevos conjueces -los que intervinieron antes se excusaron- dictó una nueva sentencia en la que, por los motivos ya expuestos, anuló lo resuelto por el Jurado.

Lo que siguió es más reciente. El actual Procurador General de Entre Ríos reinstaló a Goyeneche en el cargo de procuradora adjunta y ya está nuevamente en funciones. Rodeada de colegas fiscales locales y de otras provincias, prometió continuar las investigaciones de corrupción y coordinar los juicios en marcha. No descartó intervenir ella misma como fiscal en algunos de esos juicios.

La historia que ponemos hoy en consideración del lector tuvo final feliz, no sólo porque se hizo justicia. Nos interesa destacar la firmeza de las convicciones de la fiscal, su resiliencia y su fe en el derecho, como herramienta básica de la convivencia social. Ha de reconocerse la seriedad con que la Corte Suprema de Justicia de la Nación trató y resolvió este caso.

No es la primera vez en que, implícitamente, el más Alto Tribunal eleva las exigencias a ciertas decisiones de superiores tribunales provinciales que revelan una proximidad no recomendable a la voluntad de la política local. Los antecedentes más recientes fueron los casos de San Juan y Tucumán, en los cuales, si bien sobre cuestiones electorales, la Corte envió el claro mensaje dejando muy alta la vara de la independencia con que se debe obrar cuando enfrente está el poder local.

Los que saben dicen que la fiscal Goyeneche fue la primera funcionaria que logró ser repuesta en el cargo, después de haber sido destituida como consecuencia de sentencias judiciales.

 

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