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28 de Marzo,  Salta, Centro, Argentina
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Los grandes temas de "Nuestra tierra", de Lucrecia Martel

Un documental impactante sobre el asesinato de un líder indígena y las heridas a otros dos mientras defendían sus derechos sobre la tierra.  
Sabado, 28 de marzo de 2026 01:24
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Hace ya unos diecisiete años, el día 12 de noviembre del año 2.009, en un paraje conocido como "El Chorro", en la provincia de Tucumán, tres personas jalaron los gatillos de sus armas de fuego e hirieron a otras tres personas, mayores de edad, del sexo masculino. Todos se conocían desde antes, porque entre ellos había un conflicto de intereses. Las víctimas eran integrantes de una comunidad indígena, que invocaban la propiedad ancestral del paraje; uno de los tiradores decía ser el propietario del lugar; y los otros dos, policías retirados de la misma provincia, fueron sus acompañantes.

La comunidad indígena se llama Chuschugasta y su origen está en el pueblo diaguita. El paraje "El Chorro", está a unos treinta kilómetros al oeste de la ruta nacional n°9, a la altura de Choromoro, Departamento Trancas, en Tucumán. Una cantera de lajas que hay en el lugar fue el motivo de la disputa. Darío Luis Amín, quien dice tener títulos de propiedad sobre parte de las tierras, dijo que pensaba aportarlas para un emprendimiento minero.

Aquel día de noviembre, Amín y sus acompañantes, Luis Alberto Gómez y Eduardo Valdivieso Sassi, llegaron al lugar en una camioneta. Algunos de los comuneros los estaban esperando y otros, fueron llegando después. La discusión empezó rápidamente y cada parte defendía lo que creía como propio. Hubo gritos e insultos. Después empezaron los disparos de armas de fuego. Según pudo reconstruirse, el primero en disparar fue Gómez, hiriendo a Andrés Mamaní en el abdomen; luego Amín disparó contra Chocobar, hiriéndolo en una pierna; Valdivieso lo hizo contra la otra víctima, Emilio Mamaní; el disparo lo hirió en una pierna.

Chocobar se desangró en el lugar. Andrés Mamaní estuvo internado varios meses en terapia intensiva y debió ser intervenido quirúrgicamente doce veces, por su herida en el abdomen. La otra víctima pudo recuperarse en menos tiempo.

Recién en el año 2018, se hizo el juicio oral y público para resolver el caso. Intervino la Sala IV del Tribunal de Juicio de la ciudad de Tucumán, integrado por los jueces Wendy Kassar -presidente-, Emilio Páez de la Torre y Gustavo Romagnoli. Como fiscal, intervino Marta Jerez. En la querella, el abogado Pablo Gargiulo. Los abogados defensores fueron: Andrada Barone, defensora de Gómez; Gloria Jansen y Julieta Jorvet defendieron a Amín; Rosa Nosetti, Defensora Oficial, abogó por Valdivieso Sassi.

Los tres imputados fueron condenados. Amín, a veintidós (22) años de prisión; Gómez, a dieciocho (18) años de prisión; y Valdivieso Sasi, a diez (10) años de prisión. Quedaron detenidos.

En el mes de julio del año 2020, otro tribunal provincial determinó el cese de las prisiones preventivas de los imputados, tras considerar que habían pasado veinticuatro (24) meses sin que la sentencia que los condenara quedara firme. Fueron liberados bajo caución. Posteriormente, la Corte de Justicia de la provincia confirmó la sentencia condenatoria, con un voto en disidencia. La defensa de los imputados llegó hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que en el año 2025 rechazó los recursos y dejó firme la condena de los tres imputados. Para entonces, Amín había fallecido en el año 2020, por Covid 19. Los ex policías fueron detenidos nuevamente para cumplir sus condenas.

Un documento excepcional

La cineasta salteña Lucrecia Martel registró el episodio en el documental Nuestra Tierra, una coproducción internacional entre Argentina, Estados Unidos, México, Francia, Países Bajos y Dinamarca.

La realizadora, en declaraciones periodísticas, dijo que el proyecto de "Nuestra tierra", le llevó catorce años. A manera de presentación, dijo que en la película se expone y a la vez, se establece una postura sobre la propiedad de las tierras de las comunidades originarias, sobre la interminable lucha entre poderosos y humildes y también sobre el funcionamiento de la justicia en general, y de la penal en particular. El espectador que pudo verla, coincidirá en que esos fueron los grandes temas de los que se ocupa.

El hecho, en su mayor parte, fue registrado con una máquina sencilla del año 2009. Martel admitió que esas imágenes previas al homicidio la impactaron en lo personal, a la vez que considera que a cualquiera que las vea le producirán una impresión de injusticia e impunidad. El autor de la filmación fue un integrante de la comunidad. Se cree que es el primer caso de violencia contra una comunidad aborigen que fue filmado.

La realizadora dice lo que piensa sobre el despojo de la tierra a los indígenas en nuestro país, que empezó cuando lo que era de las comunidades paso a ser fiscal, lo que consolidó tanto el despojo y luego el racismo.

Si bien es un tema probablemente anterior, las campañas militares para ampliar el territorio, primero a las órdenes de Juan Manuel de Rosas y luego, con Julio Argentino Roca, fueron producto de decisiones políticas tomadas en el más alto nivel del poder.

Buena parte del documental está dedicada a mostrar cómo viven hombres, mujeres y niños en la comunidad, con la humildad y la austeridad a la vista; dónde estudian; y qué pasa cuando se enamoran: son capaces de soñar un futuro compartido, aun en sus limitadas posibilidades.

En la Constitución de 1853, el tema indígena fue materia regulada en el texto. En efecto, el artículo 64 inciso 15, luego 67 inciso 15, por la Reforma de 1860, decía que una de las atribuciones del Congreso era proveer a la seguridad de las fronteras, conservar el trato pacífico con los indios y promover su conversión al catolicismo.

"En 2020, otro tribunal determinó el cese de las prisiones preventivas".

Esa definición política se acentuó mucho más cuando la Constitución fue reformada en el año 1994. Allí se admitió en forma expresa la existencia de los pueblos indígenas argentinos; el derecho al respeto a su identidad étnica y cultural; el derecho a una educación bilingüe e intercultural; el derecho a la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan y a la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano; el derecho a participar en la gestión referida a los recursos naturales y a los demás intereses que los afecten.

Además, la cuestión indígena fue el objeto de regulación de tres leyes del Congreso de la Nación. Sucesivamente, se sancionaron las leyes 23302, sobre política indígena y apoyo a las comunidades aborígenes; 25799, que tuvo los mismos objetivos que la anterior; 26160, de emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas originarias del país. La primera y la última tienen decreto reglamentario.

Los derechos y el poder

El enfrentamiento de las partes antagónicas de este caso conduce al segundo tema que Martel expone muy bien y es que de un lado está el que cree ser el propietario, que tiene el poder que de ello emana y que, además, está cerca de los poderosos, que en estos hechos son dos policías retirados; además, estaban más cerca del poder que las víctimas la mayoría de los testigos propuestos por la defensa que declararon en el juicio oral, que dijeron ser empleados públicos en remotas localidades tucumanas.

El trato desigual y hasta discriminatorio hacia los descendientes de indígenas se muestra muy bien en las audiencias de debate, en especial, de parte de las defensoras de los imputados, que fácilmente se ganaron el contenido repudio del público que asistió a la función.

Nos falta el último de los grandes temas de "Nuestra tierra". El funcionamiento de la justicia en la Argentina en una de sus provincias, en especial, la justicia penal. Pocas veces se vio un juicio oral argentino con un buen sonido; con primeros planos de los jueces, de las partes, de los imputados - uno era demasiado extrovertido, lo que lo convierte en presa fácil para las partes contrarias - y de los testigos.

La justicia penal argentina tiene varias y conocidas deficiencias, que el paso del tiempo, de las reformas procesales, de las publicaciones y aun de cursos y de clases, no se consigue revertir. Una es su reconocida lentitud. Este caso sucedió en el año 2009. El juicio oral recién se hizo en el año 2018. Recursos mediante, finalizó en el año 2025, con la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Recién después de dieciocho años se hizo justicia. Nadie puede decir que eso sea un "plazo razonable", incluso siguiendo claras sentencias y directivas del más Alto Tribunal del país.

Ver "Nuestra tierra" siempre será una buena elección. Bien escrita, bien fotografiada, con buena dirección musical y una dirección a la altura de los antecedentes de Martel. Nada se dirá sobre la forma en que ella resuelve la secuencia fílmica del momento exacto de los disparos. Ni de la reacción de una de las abogadas cuando advierte por qué se filmaban las audiencias y todos los intervinientes usaban micrófonos en la sala. Eso sería spoilear. ¿Y el público? Apenas empiezan a encenderse las luces de la sala, y en el fondo negro de la pantalla aparecen el nombre de la directora y luego del staff se pone de pie y aplaude. Todos aplaudimos.

 

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