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Un ?sensei? español condenado a 302 años por corromper niños

Lunes, 18 de marzo de 2013 16:16

El pasado fin de semana, la Audiencia de Las Palmas, en España,condenó al principal imputado en lo que la prensa ibérica dio en llamar “El caso Kárate', Fernando Torres Baena, a 302 años de cárcel, como autor de 35 delitos de abuso sexual y otros 13 de corrupción de menores. Sin embargo, por la jurisprudencia española, sólo cumplirá 20 años. 

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El pasado fin de semana, la Audiencia de Las Palmas, en España,condenó al principal imputado en lo que la prensa ibérica dio en llamar “El caso Kárate', Fernando Torres Baena, a 302 años de cárcel, como autor de 35 delitos de abuso sexual y otros 13 de corrupción de menores. Sin embargo, por la jurisprudencia española, sólo cumplirá 20 años. 

La sentencia del mayor proceso por pederastia juzgado hasta la fecha en España y leída en vista pública por el magistrado Salvador Alba,condena además a 148 años de prisión a María José González, esposa de Torres Baena y monitora de su academia de artes marciales, y a126 años a Ivonne González, profesora de kárate del mismo centro.

El tribunal encuentra culpables a ambas de múltiples delitos de corrupción de menores y abusos sexuales. La Audiencia de Las Palmas subrayó que este sumario recoge un caso de "megaabusos", "sin precedentes en la historia jurisprudencial del país", en el que medio centenar de personas fueron sometidas "a relaciones sexuales indiscriminadas, daba igual la edad o el sexo", durante cerca de 20 años.
El tribunal considera que estos hechos merecen "el máximo castigo" previsto en el Código Penal y, además, "exhorta" a los legisladores a endurecer el castigo para este tipo de delitos, por entender que la condena máxima que cumplirán Torres Baena, Ivonne González o María José González (20 años de prisión) "resulta insuficiente".

Un "depredador sexual"

La Audiencia de Las Palmas considera probado que Torres Baena se comportó con los alumnos de su academia de artes marciales como "un depredador sexual" y organizó con ellos"auténticas orgías" sin importad su edad o género.
Así consta en los hechos probados de la sentencia, que constata que Torres Baena, ex campeón nacional de kárate, se aprovechó de su "condición de héroe deportivo" y de su "ascendencia emocional" sobre sus alumnos, muchos de ellos menores de edad, para "doblegar su voluntad" y satisfacer con ellos sus "deseos lúbricos".
El tribunal también considera probado que participaron en ese tipo de prácticas su esposa, María José González, y la monitora Ivonne González, pero no así el cuarto acusado, Juan Luis Benítez.
La sentencia entiende que Torres Baena, su esposa e Ivonne González seguían un "plan preconcebido" para abusar de un grupo de alumnos, a los que presentaban como "los elegidos".
Los procesados generaban "miedo y respeto" sobre sus alumnos, a los que "abroncaban" y obligaban a "entrenar horas y horas" si se negaban a mantener relaciones sexuales.
"El acceso de los acusados a las relaciones sexuales no se producía de modo inminente o espontáneo, sino que con carácter previo eran sometidos a charlas sexuales por parte de Fernando Torres Baena y María José González", continúa el relato judicial.
Torres Baena, asegura el magistrado ponente, captaba a sus víctimas "desde muy temprana edad" e instruía a sus elegidos sobre cómo "la práctica del sexo en el más amplio sentido de la palabra", con todo tipo de prácticas, heterosexuales, homosexuales, o en grupo, "mejoraría su vida" y les haría "mejores luchadores".
También aprovechaba su ascendencia como 'sensei' (maestro de artes marciales) de prestigio internacional para anular los vínculos con sus familias, diciéndoles que sus padres "no eran nada".
La sentencia estima probado que Torres Baena organizó una estructura "marcial" y "jerarquizada", en la que "nadie osaba discutirle" y en la que las procesadas Ivonne y María José González colaboraban a "doblegar la voluntad de las víctimas".

Mujeres con 'ascendencia sobre los menores'

Las dos mujeres "tenían una clara ascendencia sobre los menores", como "mano derecha del sensei", sin que puedan alegar que se limitaban a cumplir las órdenes de Fernando Torres Baena en contra de su voluntad. "Antes bien, María José e Ivonne tenían iniciativa en la práctica de esas relaciones sexuales", añade el fallo.
La Audiencia de Las Palmas entiende que las víctimas de estos abusos fueron sometidos a todo tipo de prácticas, desde "sexo anal con Torres Baena hasta tríos, cuartetos o sexo indiscriminado".
El tribunal considera que esas prácticas se prolongaron durante unos 20 años, en una dinámica que hubiera sido "imposible" sin la colaboración de las dos procesadas con Fernando Torres Baena.
Fernando Torres, María José González e Ivonne González son, por ello,coautores de múltiples delitos de abusos sexuales, ha adelantado el magistrado ponente.

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