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Reforma judicial: pedirán que la Corte Suprema la anule

Martes, 21 de mayo de 2013 08:50

El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez presentará una apelación ante la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal por el rechazo “in límine” de la jueza Cecilia Madariaga de Negre, ante su denuncia.
“Parece que ha empezado a funcionar la reforma judicial, porque los jueces subrogantes del fuero Contencioso Administrativo y Federal rechazan demandas, amparos in límine sin siquiera darle trámite”, se quejó el letrado.
Aseguró que algunos magistrados “dejan de ser jueces imparciales, independientes y toman posturas en defensa del Estado sin siquiera escucharlo”.

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El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez presentará una apelación ante la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal por el rechazo “in límine” de la jueza Cecilia Madariaga de Negre, ante su denuncia.
“Parece que ha empezado a funcionar la reforma judicial, porque los jueces subrogantes del fuero Contencioso Administrativo y Federal rechazan demandas, amparos in límine sin siquiera darle trámite”, se quejó el letrado.
Aseguró que algunos magistrados “dejan de ser jueces imparciales, independientes y toman posturas en defensa del Estado sin siquiera escucharlo”.

A la par, Gil Domínguez adelantó que prepara un per salutm para llegar a la Corte Suprema. Este recurso, sancionado el año pasado por un pedido del Poder Ejecutivo, permite “saltar” instancias judiciales y acelerar los procesos judiciales.
“Queremos saber si podemos tener una acción judicial donde debatir este tema o está totalmente obturado”, enfatizó.

Para Gil Domínguez los argumentos de la jueza de primera instancia “son los mismos que los utilizados por la Corte de los 90, con la mayoría automática” y denunció que así se intenta “matar los derechos colativos que fueron incorporados con la reforma de 1994”.

En este sentido, el letrado advirtió que “hay una gravedad institucional que ha sido inferida, denunciada por los órganos que tiene como funciona controlar al Estado y han dicho que la ley que regula las medida cautelares viola los derechos humanos consagrados, entre otros, el pacto de derechos civiles y políticos”.

Gil Domínguez recordó que “en 1994 la Constitución incorporó el amparo preventivo y el habeas corpus preventivo para que en situaciones de amenaza inminente de elección de derechos, el ciudadano pudiera interponer este tipo de acciones para evitar que estas amenazas se concreten en una lesión”.

El constitucionalista usó un claro ejemplo para sostener su denuncia: “El ciudadano frente a un peligro de desaparición forzada de persona tendría que esperar que una persona sea desaparecida de forma forzada por el Estado para interponer un habeas corpus; de igual manera si corre peligro la libertad de expresión, que tiene que esperar uno, que se concrete el acto estatal para interponer un amparo; no, uno lo puede interponer antes el amparo”.

Agregó que la Constitución es clara: “uno puede interponer un acción de amparo contra todo acto Estatal, que genere una inminente amenaza y lesión de los derechos; esto figura en la modificación de 1994 pero nunca se ha utilizado y cuando uno lo propone parece que hay muchos jueces que quieren mirar para otro lado”.
 

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