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La Justicia rechaza un planteo de Jaime

Viernes, 09 de agosto de 2013 16:52

 La Cámara Federal de Casación Penal rechazó hoy un pedido del exsecretario de transporte Ricardo Jaime para que se declare inconstitucional el delito de "enriquecimiento ilícito", por el cual es investigado junto a su familia.

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 La Cámara Federal de Casación Penal rechazó hoy un pedido del exsecretario de transporte Ricardo Jaime para que se declare inconstitucional el delito de "enriquecimiento ilícito", por el cual es investigado junto a su familia.

Los jueces Liliana Catucci, Mariano Borinsky y Eduardo Riggi,  de la Sala III, no hicieron lugar al pedido del defensor de  Jaime, por considerarlo "inadmisible". A Jaime se lo acusa en esta causa de ser propietario de un yate de lujo, lo que él negó en el informe de su evolución patrimonial tras su paso por la función pública en los gobiernos de Néstor y
Cristina Kirchner. En la resolución, el Tribunal advirtió que el planteo de la  defensa "no ha logrado demostrar que el caso en estudio comporte  la alegada violación a garantías constitucionales" y remarcó que tampoco fue presentado contra "sentencias firmes" o equiparables a tales.

El abogado de Jaime pidió la inconstitucionalidad de la figura  penal de enriquecimiento ilícito al justificar que la misma
vulnera el derecho a defensa al "invertir la carga de la prueba", ya que el imputado está obligado a demostrar su inocencia. Días atrás, el exfuncionario, a quien se lo investiga en otras dos causas judiciales por dádivas y por su responsabilidad en la  tragedia ferroviaria de Once, presentó -ante la intimidación del  juez federal Sebastián Casanello- un informe patrimonial de su situación, en la cual negó ser propietario del yate que se le adjudica.

En la investigación por enriquecimiento ilícito, que comprende  no sólo a Jaime sino también a su exmujer Silvia Reyss y dos de  sus hijas, el fiscal Carlos Rívolo pidió la indagatoria del exfuncionario. "No se advierte en el caso que un requerimiento judicial para  que un funcionario público justifique el origen de su patrimonio o cause un gravamen insuficiente de tardía o imposible reparación ulterior", sostuvo en su voto la jueza Catucci.El artículo 268 del Código Penal establece que "será reprimido con reclusión o prisión de dos a seis años, multa del 50 al 100 por ciento del valor del enriquecimiento e inhabilitación absoluta perpetua, el que al ser debidamente requerido, no justificare la procedencia de un enriquecimiento patrimonial apreciable suyo o de persona interpuesta para disimularlo, ocurrido con posterioridad a la asunción de un cargo o empleo público y hasta dos años después de haber cesado en su desempeño". 

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