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Dudas sobre los créditos de la Anses

Consultorio de la Seguridad Social.
Sabado, 12 de octubre de 2019 01:05

Rosalía Cruz (Cafayate): estoy jubilada con la mínima y quisiera saber cuánto podría pedir del préstamo de Anses.
Buen día Rosalía. Si bien es cierto que se puede solicitar un crédito Anses de hasta $200.000 existe una restricción y es que el monto de la cuota no puede exceder el 30% del ingreso mensual. Es decir que se requieren beneficios previsionales mayores para poder acceder al máximo crédito. 
Recordemos que la jubilación mínima actualmente asciende a $12.937, por lo cual las cuotas que pagará no deberán superar los $3.881 (el 30%). En conclusión Ud. podrá acceder a un préstamo de hasta $80.000 y, si elige un plazo de devolución de 48 meses, le descontarán mensualmente $3.468.

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Rosalía Cruz (Cafayate): estoy jubilada con la mínima y quisiera saber cuánto podría pedir del préstamo de Anses.
Buen día Rosalía. Si bien es cierto que se puede solicitar un crédito Anses de hasta $200.000 existe una restricción y es que el monto de la cuota no puede exceder el 30% del ingreso mensual. Es decir que se requieren beneficios previsionales mayores para poder acceder al máximo crédito. 
Recordemos que la jubilación mínima actualmente asciende a $12.937, por lo cual las cuotas que pagará no deberán superar los $3.881 (el 30%). En conclusión Ud. podrá acceder a un préstamo de hasta $80.000 y, si elige un plazo de devolución de 48 meses, le descontarán mensualmente $3.468.

Oscar Robledo (Capital): la semana que viene cobro mi jubilación y quisiera saber si voy a recibir el plus que se anunció vinculado al 82% del salario mínimo.
Buen día Oscar. Efectivamente, en octubre y noviembre algunos jubilados recibirán un adicional que surge de la ley 27.426, la reforma previsional de diciembre de 2017. De acuerdo a esta norma, el Estado nacional garantiza a los beneficiarios que acrediten treinta (30) años o más de servicios con aportes efectivos, el pago de un suplemento dinerario hasta alcanzar un haber previsional equivalente 82% del valor del salario mínimo vital y móvil (SMVM).
En la práctica en estos dos años de vigencia la garantía se ha hecho efectiva en contadas ocasiones porque la jubilación mínima casi siempre ha superado el 82% del SMVM, el cual viene muy atrasado. Sin embargo, luego de reunido el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario, se dieron aumentos escalonados en el SMVM que, en octubre, alcanzó los $16.875. Lo cierto es que este mes los jubilados de la mínima recibirán $900 por octubre y $54 retroactivos de agosto. El mes próximo recibirán otros $900. Pero en diciembre, con el aumento de la ley de movilidad, la garantía no se pagará porque la jubilación quedará, una vez más, por encima del 82%.
A este adicional van a recibirlo sólo aquellos beneficiarios que no hayan utilizado moratorias. Por lo tanto, es de un alcance limitado y en nuestra provincia llegará a aproximadamente 15 mil personas. Habrá que chequear el recibo de cobro y verificar algún ítem con la leyenda “suplemento dinerario”.

Roberto Alanís (Metán): en noviembre cumplo los 65 años, tengo solo aportes de mi juventud, entre 1975 y 1980. ¿Podré jubilarme?
Buen día Roberto. Para los varones aún está vigente un plan de pagos para regularizar deudas previsionales hasta el año 1993. En su caso, como ha nacido en 1954 podrá cancelar deudas desde noviembre de 1972 (sus 18 años) hasta septiembre de 1993 (fecha tope), es decir casi 21 años de aportes, lo cual resulta insuficiente para jubilarse. 
Sin embargo puede acceder a la pensión universal para el adulto mayor (PUAM) que no exige aportes. Los requisitos son: 65 años o más (para varones y mujeres), ser argentino o naturalizado con 10 años de residencia en el país (anteriores a la solicitud), o extranjero con una residencia mínima de 20 años. Se exige no cobrar ni tener derecho a ninguna jubilación o pensión de un organismo nacional o de cajas o institutos provinciales o municipales, ni seguro de desempleo.
La cobertura de la PUAM equivale al 80% de una jubilación mínima ($10.349), recibirá asignaciones familiares y obra social (PAMI). Un dato a tener en cuenta es que este beneficio no deriva en pensión.
 

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