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Advierten sobre una "posible publicidad engañosa" de la AFIP

Contadores salteños afirman que el organismo recaudador boicotea el ejercicio de la profesión.
Viernes, 12 de julio de 2019 02:32

La temeraria frase de que "a todos les llegará su Uber" sobrevuela entre los contadores salteños. Los puso en alerta la puesta en marcha del plan de recategorización de los monotributistas en la AFIP a través de la página web o con una aplicación de celular del organismo y de otros trámites que se les "facilita" a los contribuyentes por las mismas vías virtuales.

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La temeraria frase de que "a todos les llegará su Uber" sobrevuela entre los contadores salteños. Los puso en alerta la puesta en marcha del plan de recategorización de los monotributistas en la AFIP a través de la página web o con una aplicación de celular del organismo y de otros trámites que se les "facilita" a los contribuyentes por las mismas vías virtuales.

Es que el mismo temor que tienen los taxistas de perder sus fuentes laborales por una app como Uber lo sienten también los profesionales de ciencias económicas, quienes advierten que existe una posible "publicidad engañosa" de parte de la AFIP al promocionar la prescindencia de sus conocimientos y servicios en complejos trámites tributarios.

"Habiendo tomado conocimiento de una posible difusión de la AFIP de publicidad que invita a los contribuyentes a realizar por sus propios medios tareas tales como la recategorización de monotributo, entre otras, este Consejo Profesional de Ciencias Económicas considera que se trataría de publicidad engañosa, ya que la misma no consiste en seguir una guía paso a paso de una página de internet o una aplicación de celular, sino que conlleva tiempo de análisis de cada caso en particular conforme a la normativa vigente (leyes, decretos y resoluciones generales), que debe ser correctamente interpretada y aplicada", recalcaron en una solicitada publicada por la comisión directiva de la entidad local que representa a contadores, licenciados en Economía, licenciado en Administración y actuarios.

La institución remarcó, además, que para realizar trámites como la recategorización de monotributo se deben tener en cuenta "factores tales como la actividad y operatoria del contribuyente, por lo que es aconsejable y necesaria la participación y el asesoramiento de un profesional matriculado, evitando así los riesgos de ser excluido del monotributo y de tener que afrontar los costos en multas y sanciones".

En la misma línea, Jorge Paganetti, vicepresidente del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Salta, afirmó en diálogo con El Tribuno que es "imposible" reemplazar el conocimiento profesional de los contadores con tecnología.

"La tecnología es software y hardware, pero a las leyes hay que interpretarlas. La computadora y la tecnología no interpretan leyes", sostuvo el directivo.

En el caso de la recategorización de monotributo, que el plazo para hacer ese trámite vence el 22 de julio, Paganetti alertó que si el contribuyente se equivoca en la inscripción de su categoría podría verse obligado a pagar por algo que no corresponde.

"Porque para poder entrar en la recategorización tenés que tener conocimiento de lo que dice la ley y la reglamentación de la AFIP. Si se comete un error en la recategorización te pueden excluir del monotributo y pasar a ser responsable inscripto de oficio y si el contribuyente no se da cuenta se puede generar deudas realmente impagables", explicó el contador.

Aclaró que los honorarios de un contador para los trámites en la AFIP no son inaccesibles. "No es que no se puede recategorizar porque el costo de un contador es caro. Muchas veces colaboramos en asesorar gratuitamente desde la institución, pero que no se diga que cualquiera puede hacerlo. Dentro de nuestra profesión tuvimos que emplear varios años en la universidad y permanentemente tenemos que capacitarnos para actualizarnos".

Cambiar de categoría, hasta el 22

Hasta el 22 de julio rige el plazo para la recategorización en el monotributo. Los contribuyentes que están alcanzados por la recategorización son aquellos cuyos parámetros sean superiores o inferiores a la categoría declarada en la presentación anterior y los que pueden permanecer en la misma categoría no tendrán que realizar ninguna gestión. La AFIP podrá recategorizar de oficio.
 

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